Convenio Colectivo de Emp...81) de BOE

Última revisión
16/08/2006

-. Convenio Colectivo de Empresa de TAP AIR PORTUGAL, S.A. (90005042011981) de BOE

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Convenio afectado por

RESOLUCION de 26 de julio de 2006, de la Direccion General de Trabajo, por la que se dispone la inscripcion en el registro y publicacion del acta con los acuerdos de prorroga y revision salarial para el año 2006 del Convenio colectivo de Tap-Air Portugal, S. A. Codigo de Convenio n.º9005042. (Boletín Oficial del Estado num. 194 de 15/08/2006)

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.–Ordenar la inscripción de la citada acta en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.–Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 26 de julio de 2006.–El Director General de Trabajo, Esteban Rodríguez Vera.

ACTA III NEGOCIACIÓN CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA TAP AIR PORTUGAL (NIF: A 0401003I)

En Madrid, en la Sede social de Madrid sita en la plaza de los Mostenses nr. 13, 6.ª pl., a las 1145 hrs del 2 de junio de 2006, se reúnen los representantes de la parte empresarial, Dr. João Falcato (DNI portugués: 05.559.457), D. Victoria William (DNI 43.248.258-R) y D. Orlando Cobos (DNI 43.247.463-B), y los representantes de los trabajadores, D. Carmen Sánchez Cañizal (DNI 07.752.222-A), D. Silvia Clariana (DNI 43.425.489-V), D. Enrique Casas (DNI 830.894-L), D. Jesús Cabezas (DNI 09.716.316 N) y como asesor D. Antonio Ramos (DNI 23.195.214-J).

Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad y legitimación necesaria para negociar el citado Convenio.

Abre la reunión D.ªOrlando Cobos dando lectura al acta nr. 2 de fecha 27 de abril de 2006, que se lee, aprueba y firma.

Seguidamente se analiza las propuestas de la empresa y los trabajadores, culminando con el siguiente acuerdo:

1. Se prorroga el vigente Convenio Colectivo hasta el final de 2006, reiniciándose la negociación de la totalidad del Convenio en enero de 2007

2. Subida salarial del 3.1% porcentual, con retroactividad del 1 de abril de 2006, incidiendo esta subida en el salario base y todos los subsi dios percibidos, con excepción del subsidio de comidas que será fijado en 6,85 eur, dando por cerrado las negociaciones del año 2006, en referencia al IPC de 2005

3. Se acuerda cambiar en la formula de cálculo de la hora extraordinaria, los 273 días laborables actualmente indicados por 1.950 hrs, y se hará una reducción progresiva de 100 hrs/año hasta llegar a 1.650 hrs.

4. La empresa aplicará el 0,68% de la masa salarial a méritos y correcciones de integraciones. Compitiendo dicha gestión a decisión exclusiva de la Empresa, que posteriormente dará conocimiento a los representantes de los trabajadores.

5. Estos valores serán abonados en la nómina del mes de junio de 2006

6. Alteración de la jornada laboral en las oficinas de ciudad y carga:

La empresa se compromete analizar las posibilidades de reducción de la jornada laboral, dando respuesta en un plazo de una semana a contar desde la fecha de la firma de este Acta.

La empresa mantendrá vigente este año 2006 el horario de verano del año anterior, comprometiéndose a informar en el plazo de una semana.

7. Dependiendo de la disponibilidad de personal, la empresa compensará o pagará los días 1.ºde Mayo y Día de la comunidad respectiva

8. Aquellos trabajadores que sean solicitados por la Empresa para realizar trabajo en su día de descanso o festivo, serán en el año 2006 remunerados como horas extraordinarias.

9. La empresa en base a la Ley y de forma individual, se compromete al estudio de la aplicación de Ley de Prejubilación Parcial.

Se anexa a esta acta, la tabla salarial actual de acuerdo con el punto 2 anterior.

Dando así por cerrada las negociaciones del Convenio Colectivo que estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2006, quedando automáticamente denunciado a partir de esta fecha.

No habiendo más asuntos que tratar se da por concluida la reunión a las 14,30 hrs del día de la fecha.

Representantes de la empresa: D. Victoria William. Dr. João Falcato. D. Orlando Cobos.

Representantes de los trabajadores: D. Silvia Clariana. D. Carmen Sánchez. D. Enrique Casas. D. Jesús Cabezas. D. Antonio Ramos.

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

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