Última revisión
Tributación Autonómica de Aragón
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 25/01/2023
La Comunidad Autónoma de Aragón tiene atribuidas facultades normativas, con el alcance y condiciones establecidos en las leyes reguladoras de la cesión de tributos del Estado a las Comunidades Autónomas de régimen común, sobre determinados tributos. Asimismo, es preciso tener en cuenta que existen determinados tributos autonómicos propios.
Tribuntación autonómica Aragón
En virtud de lo determinado en la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón se CEDE a la Comunidad Autónoma de Aragón, el rendimiento de los siguientes tributos:
Rendimientos Cedidos | % Cesión |
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas | 50% |
Impuesto sobre el Patrimonio | 100% |
Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones | 100% |
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados | 100% |
Tributos sobre el Juego | 100% |
Impuesto sobre el Valor Añadido | 50% |
Impuesto Especial sobre la Cerveza | 58% |
Impuesto Especial sobre el Vino y Bebidas Fermentadas | 58% |
Impuesto Especial sobre Productos Intermedios | 58% |
Impuesto Especial sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas | 58% |
Impuesto Especial sobre Hidrocarburos | 58% |
Impuesto Especial sobre las Labores del Tabaco | 58% |
Impuesto Especial sobre la Electricidad | 100% |
Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte | 100% |
Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos | 100% |
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Principales tributos sobre los que tiene COMPETENCIAS NORMATIVAS (artículo 000-2 del
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS
Escala autonómica Deducciones
IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO
Mínimo exento Bonificaciones
IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES
IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS
Tipos de gravamen Bonificaciones
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Asimismo, es preciso tener en cuenta que existen determinados TRIBUTOS PROPIOS, entre los que se encuentran los siguientes:
Tributos Autonómicos PROPIOS |
Impuesto sobre la contaminación de las aguas; regulado en los artículos 79 a 91 de la Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón |
Impuesto sobre el daño medioambiental causado por la emisión de gases contaminantes a la atmósfera; regulado en los artículos 7 a 14 del |
Impuesto sobre el daño medioambiental causado por las grandes áreas de venta; regulado en los artículos 15 a 22 del |
Impuesto medioambiental sobre determinados usos y aprovechamientos del agua embalsada; regulado en los artículos 23 a 27 del |
Impuesto medioambiental sobre las instalaciones de transporte de energía eléctrica de alta tensión; regulado en los artículos 28 a 32 del |
Impuesto medioambiental sobre las instalaciones de transporte por cable; regulado en los artículos 33 a 38 del |
Tasas |