Última revisión
Sociedad Cooperativa
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Orden: mercantil
Fecha última revisión: 28/01/2016
Las sociedades cooperativas son empresas que cuentan con un régimen especial y propio. El @@1@@##
A partir de esta definición y de otros preceptos de esa ley se puede caracterizar a las cooperativas como (art. 4 de
- Una sociedad que lleva a cabo una actividad empresarial a favor de sus socios aunque también puede ejercitarla con terceros no socios
- Tanto su capital como el número de socios pueden variar a lo largo de la vida de la sociedad
- Con independencia de las ventajas que los socios obtengan de la actividad de la sociedad, los eventuales beneficios que pueda alcanzar la sociedad se repartirán entre los socios en función de la actividad desempeñada en ésta, mientras que los resultados de las operaciones con terceros se imputan a un fondo de reserva. Por regla general los socios no responden personalmente a las deudas sociales.
- Se puede dedicar a cualquier actividad económica lícita.
- Su estructura y funcionamiento serán democráticos.
Con la publicación (BOE 11/02/2015) del Real Decreto 44/2015, de 2 de febrero, por el que se regulan las especificaciones y condiciones para el empleo del Documento Único Electrónico (DUE) para la puesta en marcha de sociedades cooperativas, sociedades civiles, comunidades de bienes, sociedades limitadas laborales y emprendedores de responsabilidad limitada mediante el sistema de tramitación telemática, se permitirá la creación de empresas de manera integrada por medios electrónicos y en un solo procedimiento.
Hasta ahora se utilizaba para la constitución de la sociedad limitada Nueva Empresa y puesta en marcha de sociedades de responsabilidad limitada y de las empresas individuales, sin embargo, a partir del 11 de mayo de 2015 (fecha de entrada en vigor) se permite que las cooperativas, sociedades civiles, sociedades limitadas laborales y comunidades de bienes utilicen el procedimiento electrónico del sistema del Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE) para llevar a cabo los trámites de creación de su empresa mediante la utilización del DUE.