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La presunción de continuidad de la posesión de derechos reales
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Orden: civil
Fecha última revisión: 05/10/2016
La presunción de continuidad de la posesión de derechos reales consiste en que si se demuestra la posesión en una determinada fecha anterior y se demuestra la posesión en la fecha actual, se entiende que en el tiempo intermedio también se ha poseído sin necesidad de demostrar esa posesión; y al que hubiese perdido la posesión de forma injusta se le otorga el beneficio de que se entiende que ha poseído también durante el tiempo en que ha sido privado del derecho legítimo de poseer.
La presunción la continuidad de la posesión de derechos reales viene establecida en el art. 459 de
Esta presunción, a efectos de la usucapión (art. 609 de