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Última revisión
26/01/2024

Exención IP patrimonios protegidos contribuyentes con discapacidad Castilla y León

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Orden: fiscal

Fecha última revisión: 26/01/2024


Castilla y León establece una exención autonómica en el Impuesto sobre el Patrimonio, prevista en el artículo 11 del Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, en caso de patrimonios especialmente protegidos de contribuyentes con discapacidad. En este tema se estudia en qué términos resultará de aplicación.


Resumen

El Impuesto sobre el Patrimonio es un tributo de carácter directo y naturaleza personal que grava el patrimonio neto de las personas físicas.

En dicho ámbito, además de las exenciones generales previstas a nivel estatal en el artículo 4 de la LIP, hay que tener en cuenta que, para los contribuyentes residentes en su territorio, Castilla y León regula una exención de los patrimonios especialmente protegidos de contribuyentes con discapacidad.

Explicación técnica

El Impuesto sobre el Patrimonio se regula a nivel estatal en la Ley 19/1991, de 6 de junio, y su reglamento. Además, en Castilla y León debe atenderse al Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, que se refiere al Impuesto sobre el Patrimonio en su artículo 11.

La Comunidad Autónoma de Castilla y León regula en el artículo 11 del Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, en el ámbito del Impuesto sobre el Patrimonio, una exención de los patrimonios especialmente protegidos de contribuyentes con discapacidad.

Así, para contribuyentes residentes en esta comunidad autónoma, estarán exentos de dicho impuesto los bienes y derechos de contenido económico computados para la determinación de la base imponible que formen parte del patrimonio especialmente protegido del contribuyente, constituido al amparo de la Ley 41/2003, de Protección Patrimonial de las personas con discapacidad y de modificación del Código Civil, de la Ley de Enjuiciamiento Civil y de la normativa tributaria con esta finalidad.

Referencia normativa

Artículos 25, 31 y 47 de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias

Artículo 11 del Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos.


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