Distinción entre agresión sexual y abuso sexual
Temas
Distinción entre agresión...uso sexual
Ver Indice
»

Última revisión
08/09/2022

Distinción entre agresión sexual y abuso sexual

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min

Relacionados:

Estado: DEROGADO desde 07 de Octubre de 2022

Orden: penal

Fecha última revisión: 08/09/2022


Dentro de las novedades que trae consigo la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual (en vigor el 07/10/2022) la desaparición de la distinción entre agresión y abuso sexual, es decir, el delito de abuso sexual deja de existir en nuestro Código Penal, considerándose agresiones sexuales todas aquellas conductas que atenten contra la libertad sexual sin consentimiento de la otra persona.

Desaparición del delito de abuso sexual. ¿En qué se distinguían el abuso sexual y la agresión sexual?

Por la publicación de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, con entrada en vigor el 07/10/2022, el delito de abuso sexual deja de estar tipificado en el Código Penal, pasando a ser considerado agresión sexual todas aquellas conductas que atenten contra la libertad sexual sin consentimiento de la otra persona.

Sobre la diferenciación entre el (derogado) abuso sexual y la agresión sexual, podemos hacer mención de la sentencia n.º 13/2019, dictada por el Tribunal Supremo, de 17 de enero de 2019, ECLI:ES:TS:2019:39, por la que se señala que se explica que el artículo 178 del C.P. (agresión sexual) implica el uso de violencia o intimidación en el ataque a la libertad sexual de una persona, mientras que el artículo 181 C.P. (abuso sexual hasta el 07/10/2022) es un ataque a la libertad sexual de una persona sin violencia o intimidación, sin que en ninguno de los dos medie consentimiento.

Para que se entienda que existe una agresión sexual no se exige un resultado lesivo con el empleo de la violencia, sino su mero uso sobre alguna parte del cuerpo de la víctima para someterla y vencer su oposición, por lo que valdría cogerle de las muñecas, o brazo de forma fuerte para que no se pueda mover, o escapar y atacar a su libertad sexual. El empleo de la violencia se evidencia por los siguientes factores:

  1. Ausencia de consentimiento de las víctimas manifestada claramente en los hechos probados.
  2. Empleo de violencia o intimidación.
  3. Actos que suponen ataque a la libertad sexual de la víctima.

Conseguir o no el objetivo inicial perseguido por el agresor lo que conlleva es la posible aplicación de la tentativa, pero no degrada la acción para que sea considerada como un abuso sexual, ya que no requiere este caso ningún tipo de violencia o intimidación.

LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS

La perspectiva de género en la ley del «solo sí es sí»
Disponible

La perspectiva de género en la ley del «solo sí es sí»

V.V.A.A

34.00€

32.30€

+ Información

La justicia en la sociedad 4.0: nuevos retos para el siglo XXI
Disponible

La justicia en la sociedad 4.0: nuevos retos para el siglo XXI

V.V.A.A

55.25€

52.49€

+ Información

Menores y delitos
Disponible

Menores y delitos

Alfredo Abadías Selma

21.25€

20.19€

+ Información

Ciberdelincuencia: temas prácticos para su estudio
Disponible

Ciberdelincuencia: temas prácticos para su estudio

V.V.A.A

17.00€

16.15€

+ Información

Las agresiones sexuales
Disponible

Las agresiones sexuales

Dpto. Documentación Iberley

6.83€

6.49€

+ Información