Última revisión
Deducción IRPF familias numerosas Castilla La Mancha
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 25/01/2024
Castilla-La Mancha es una comunidad autónoma que regula deducciones propias de IRPF para los contribuyentes que tengan su residencia habitual en este territorio, entre las que se encuentra la deducción por familia numerosa.
EJERCICIO 2023
PLAZO DE PRESENTACIÓN: ABRIL - JULIO 2024
Resumen
Para contribuyentes con residencia habitual en Castilla-La Mancha se reconoce una deducción en la cuota íntegra autonómica del IRPF por familia numerosa de 200 euros para familias numerosas de categoría general y 400 euros para aquéllas de categoría especial.
No obstante, las deducciones serán de 300 euros y 900 euros, respectivamente, cuando alguno de los cónyuges o descendientes a los que sea de aplicación el mínimo personal y familiar del impuesto, tenga acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 65 % y generen el derecho a la aplicación del mínimo por discapacidad.
Para poder aplicar la deducción deben cumplirse, no obstante, determinados requisitos.
Explicación técnica
Castilla-La Mancha regula deducciones propias de aplicación a los contribuyentes que tengan su residencia habitual en este territorio, entre las que se encuentra la deducción por familia numerosa.
Tal y como señala el artículo 2 de la
- Familias numerosas de categoría general: 200 euros.
- Familias numerosas de categoría especial: 400 euros.
No obstante, las deducciones serán de 300 euros y 900 euros, respectivamente, cuando alguno de los cónyuges o descendientes a los que sea de aplicación el mínimo personal y familiar del impuesto tenga acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 65 % y generen el derecho a la aplicación del mínimo por discapacidad establecido en la
Conforme al artículo 13 de la
- 27.000 euros en tributación individual.
- 36.000 euros en tributación conjunta.
Esta deducción es incompatible con la prevista en el artículo 9 ter de la
Para la aplicación de esta deducción se tendrán en cuenta las normas para la aplicación del mínimo del contribuyente, por descendientes, ascendientes y discapacidad contenidas en la
La cuota líquida autonómica será el resultado de disminuir la cuota íntegra autonómica en la suma de (artículo 77 de la
- El 50 % del importe total de las deducciones previstas en los apdos. 2, 3, 4 y 5 del artículo 68 de la
LIRPF , con los límites y requisitos de situación patrimonial previstos en los artículos 69 y 70 de laLIRPF . - El importe de las deducciones establecidas por la comunidad autónoma en el ejercicio de las competencias previstas en la
Ley 22/2009, de 18 de diciembre .
No pudiendo resultar negativo el resultado de las operaciones anteriores.
Referencia normativa
Artículos 3 y 77 de la
Artículo 46 de la
Artículos 2 y 13 de la