Última revisión
28/06/2021
Cuenta 475. Hacienda Pública, acreedora por conceptos fiscales
Relacionados:
Estado: VIGENTE
Orden: contable
Fecha última revisión: 28/06/2021
Cuenta 475 "hacienda pública, acreedora por conceptos fiscales": se recoge el importe de los tributos a favor de las Administraciones Públicas pendientes de pago, tanto si la empresa es contribuyente como si es sustituto del mismo o retenedor.
Hacienda Pública, acreedora por conceptos fiscales
En esta cuenta 475 "hacienda pública, acreedora por conceptos fiscales" se recoge el importe de los tributos a favor de las Administraciones Públicas pendientes de pago, tanto si la empresa es contribuyente como si es sustituto del mismo o retenedor.
Cabe destacar que en el cuadro de cuentas propuesto en el PGC se señala que esta cuenta habrá de figurar en el Pasivo Balance, nosotros concretamos que será en el Pasivo Corriente del Balance.
El contenido y movimiento de las citadas cuentas de cuatro cifras o subcuentas son los indicados en sus respectivos apartados.
Subcuenta 4750 Hacienda pública acreedora por IVA
En esta subcuenta se registrará el exceso en cada periodo impositivo del IVA repercutido sobre el IVA soportado deducible. El movimiento de estas cuentas será
Se abonará:
- Al terminar cada periodo de liquidación por el importe del mencionado exceso, con cargo a la cuenta 477.
Se cargará:
- Por el importe del mencionado exceso, cuando se efectúa su pago, con abono a cuentas del subgrupo 57.
CUESTIÓN
Al final del periodo, el IVA soportado asciende a 3.250€ mientras que el IVA repercutido a 5.654€ ¿Cuál será el asiento a efectuar?
Cuenta y Concepto | Debe | Haber |
477 HP IVA Repercutido | 5.654 € | |
472 HP IVA Soportado | 3.250 € | |
4750 Hacienda pública acreedora por IVA | 2.404 € |
Subcuenta 4751 Hacienda pública acreedora por retenciones practicadas
En esta subcuenta se registran los importes por las retenciones tributarias efectuadas pendiente de pago a la Hacienda Pública.
Se abonará:
- Al devengo del tributo, cuando la empresa sea sustituto del contribuyente o retenedor, con cargo a cuentas de los grupos 4, 5 ó 6.
Se cargará:
- Cuando se efectúe su pago, con abono a cuentas del subgrupo 57.
CUESTIÓN
La nómina de un trabajador es de 1.800€ con una retención de IRPF del 15%. Las aportaciones a la Seguridad social por parte de la empresa 500 € y por parte del trabajador 200€.
Cuenta y Concepto | Debe | Haber |
640 Sueldos y salarios | 1.500 € | |
642 Seguridad Social a cargo de la empresa | 500 € | |
476 Organismos SS acreedores | 700 € | |
4751 Hacienda Pública acreedora por retenciones practicadas | 225 € | |
572 Bancos | 1.075 € |
Subcuenta 4752 Hacienda pública acreedora por impuesto sobre sociedades
Es el importe pendiente del impuesto sobre sociedades a pagar.
Se abonará:
- Por la cuota a ingresar con cargo generalmente a la cuenta 6300, y en su caso, a la cuenta 8300.
Se cargará:
- Cuando se efectúe su pago, con abono a cuentas del subgrupo 57.
CUESTIÓN
Una sociedad tiene un beneficio durante el ejercicio de 50.000 €, habiendo realizado pagos a cuenta por importe de 5.000 €. El tipo impositivo es del 25%
Cuenta y Concepto | Debe | Haber |
630 Impuesto sobre beneficios | 12.500 € | |
4752 HP acreedora por impuesto sobre sociedades | 7.500 € | |
473 HP retenciones y pagos a cuenta | 5.000 € |
Subcuenta 4758 Hacienda pública acreedora por subvenciones a reintegrar
En esta subcuenta se reflejarán las deudas con la Hacienda Pública por subvenciones a devolver.
Se abonará:
- Por el importe de la subvención que deba ser reintegrada, con cargo, generalmente a las cuentas 172 ó 522.
Se cargará:
- Al reintegro, con abono a cuentas del subgrupo 57.
CUESTIÓN
Una empresa recibe una subvención con carácter de 10.000 €, inicialmente con carácter reintegrable.
Cuenta y Concepto | Debe | Haber |
4758 Hacienda pública acreedora por subvenciones a reintegrar | 10.000 € | |
522 Deudas a corto plazo transformables en subvenciones, donaciones y legados | 10.000 € |
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