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Última revisión
31/12/2020

Características del contrato de trabajo retribuido a la parte

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Orden: laboral

Fecha última revisión: 31/12/2020


Contrato de trabajo "a la parte"

La mayor característica de este contrato de trabajo reside en el sistema retributivo ya que éste consiste en una parte o porción del producto obtenido por el empresario.

Este sistema de aparcerías laborales aparece fundamentalmente en los trabajos agrícolas y en los marítimo-pesqueros.

Aunque la aplicación del citado sistema presenta una gran variedad según usos y costumbres de cada lugar, hay un modelo general basado en los siguientes conceptos:

Parte o "quiñón"

Es la unidad de retribución que sirve para graduar la retribución de los trabajadores.

Su valor depende del "monte mayor", de los gastos que se deduzcan de éste, del número de trabajadores y de las partes asignadas a cada uno (Reglamentación del Trabajo de 28 de octubre de 1946).

Monte mayor o "Montón"

La remuneración va en consonancia con el importe total bruto de la pesca capturada por cada embarcación (Orden de 26 de julio de 1963 por la que se aprueba la Reglamentación Nacional de Trabajo en la industria de la Pesca de Cerco y otras Artes).

Monte menor

Es el resultado de detraer del monte mayor los gastos de explotación y los derivados de la aplicación de las ordenanzas laborales.

Se suele distinguir entre monte menor de la tripulación (50 por 100) y monte menor del armador (50 por 100).

La legislación vigente (Orden 26 de julio 1963), reserva la denominación de "monte menor" a la parte que corresponde a la tripulación.

El convenio colectivo de la pesca aplicable regulará el sistema a la parte estipulando.

Tanto la parte de la gente (o monte menor de la tripulación) como la del dueño (monte menor del armador) asumen la retribución de una serie de funciones desarrolladas a bordo (la mayoría de los tripulantes además de su parte perciben con carácter complementario partes o fracciones de parte). Como son:

De la parte de la tripulación se retribuye adicionalmente puestos como:

Corcho, plomo, virador, nieve y cocina.

El armador asume la retribución de las denominadas partes técnicas como:

Patrones, motoristas, luceros, boteros o rederos.

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