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Modelo 123 IRPF. Declaración-liquidación. Retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos del capital mobiliario y sobre determinadas rentas. Bizkaia
Orden: fiscal
Ultima revisión: 01/01/2023
Formatos
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Modelo 123. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades y sobre la Renta de no Residentes. Declaración-liquidación. Retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos del capital mobiliario y sobre determinadas rentas.
DESTINATARIOS
Estarán obligadas a presentar el modelo 123 las personas físicas, personas jurídicas y demás entidades, incluidas las Administraciones públicas, que estando obligadas a retener o a ingresar a cuenta por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, por el Impuesto sobre Sociedades y por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes) satisfagan alguna de las rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
El modelo 123, con carácter general, deberá presentarse durante los veinticinco primeros días naturales de los meses de abril, julio, octubre y enero, por las cantidades retenidas y los ingresos a cuenta que correspondan al trimestre natural inmediato anterior. No obstante, cuando se trate de retenedores o de personas o entidades obligadas en las que concurran las circunstancias a que se refieren los números 1.º y 2.º del apartado 3 del artículo 71 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido (grandes empresas), se presentará durante los veinticinco primeros días naturales de cada mes, en relación a las cantidades retenidas y los ingresos a cuenta que correspondan al mes inmediato anterior, excepto la autoliquidación correspondiente al mes de julio, que se presentará durante el mes de agosto y los veinticinco primeros días naturales del mes de septiembre inmediato posterior.
El modelo 123 se utilizará, con carácter general, para la declaración-liquidación de las retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas y rendimientos del capital mobiliario, cuando tales retenciones o ingresos a cuenta no deban ser declaradas en los modelos 124, 126 ó 128.
FORMA DE PRESENTACIÓN
- Presencial.
NORMATIVA
ORDEN FORAL 1330/2000, de 27 de abril, por la que se aprueban los modelos 123, 124, 126 y 128, en pesetas y en euros, de declaración-liquidación de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes, correspondiente a establecimientos permanentes, en relación con las rentas o rendimientos del capital mobiliario
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