Subvenciones para el programa de empleo con apoyo como medida de fomento de empl...rdinario de trabajo.
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Subvenciones para el prog...e trabajo.

Última revisión
12/06/2024

Subvenciones para el programa de empleo con apoyo como medida de fomento de empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.

Tiempo de lectura: 3 min

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EXTRACTO de la Orden EEI/598/2024, de 30 de mayo, por la que se convocan para el año 2024 las subvenciones previstas en la Orden EIE/792/2018, de 9 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el programa de empleo con apoyo como medida de fomento de empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo. - Boletín Oficial de Aragón de 12/06/2024

Plazo de la solicitud:ABIERTO, 13/06/2024 hasta 21/10/2024

Beneficiarios: Asociaciones y economía social

Tipo: Convocatorias

Boletín: Boletín Oficial de Aragón

Cuantía: -

BDNS (Indetif.): 765319

Categorías: Empleo y contratación, Servicios Sociales, Economía Social, Empresa, Industria

Finalidad:

La finalidad de estas subvenciones es favorecer la integración laboral en el mercado ordinario de trabajo de personas con discapacidad con mayores dificultades de inserción. Para alcanzar dicha finalidad, las subvenciones sufragarán los gastos de contratación de preparadores laborales, los costes indirectos y las acciones de prospección llevadas a cabo por las entidades beneficiarias.


Requisitos:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones que se convocan por medio de esta Orden, las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 5 de la Orden EIE/792/2018, de 9 de mayo y que, como entidades promotoras, suscriban un convenio de colaboración con una empresa colaboradora en los términos establecidos en los artículos 8 y 9 de dicha Orden.
Resumen:
La finalidad de estas subvenciones es favorecer la integración laboral en el mercado ordinario de trabajo de personas con discapacidad con mayores dificultades de inserción. Para alcanzar dicha finalidad, las subvenciones sufragarán los gastos de contratación de preparadores laborales, los costes indirectos y las acciones de prospección llevadas a cabo por las entidades beneficiarias.



BDNS (Identif.): 765319

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/765319).

Primero.- Entidades beneficiarias.

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones que se convocan por medio de esta Orden, las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 5 de la Orden EIE/792/2018, de 9 de mayo y que, como entidades promotoras, suscriban un convenio de colaboración con una empresa colaboradora en los términos establecidos en los artículos 8 y 9 de dicha Orden.

Segundo.- Objeto de la convocatoria.

La finalidad de estas subvenciones es favorecer la integración laboral en el mercado ordinario de trabajo de personas con discapacidad con mayores dificultades de inserción. Para alcanzar dicha finalidad, las subvenciones sufragarán los gastos de contratación de preparadores laborales, los costes indirectos y las acciones de prospección llevadas a cabo por las entidades beneficiarias.

Tercero.- Bases reguladoras de las subvenciones.

Las bases reguladoras para la concesión de estas subvenciones se establecen en la Orden EIE/792/2018, de 9 de mayo, por la que se por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el programa de empleo con apoyo como medida de fomento de empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo ("Boletín Oficial de Aragón", número 98, de 23 de mayo de 2018).

https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1021000444141

Cuarto.- Cuantía.

1. La financiación de estas subvenciones estará constituida por fondos de empleo de ámbito estatal transferidos por la Administración General del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en el marco de la distribución territorial de fondos a las Comunidades Autónomas a través de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.

2. Las subvenciones convocadas se financiarán con cargo a la partida presupuestaria 51016/G/3221/480540/33005 del presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de Empleo y denominada "Empleo con apoyo", asignando a este fin un importe total de cien mil euros (100.000 ).

Quinto.- Plazos de solicitud.

1. De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Orden EIE/792/2018, de 9 de mayo, el plazo de solicitud es de quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la firma del convenio o acuerdo de prórrogas del mismo, regulados ambos en el artículo 8 y 9.1 respectivamente de la citada Orden.

2. Para aquellos supuestos subvencionables en los que el inicio del plazo de presentación de la solicitud se hubiese producido entre el 1 de octubre de 2023 y la fecha de entrada en vigor de esta convocatoria, el plazo de solicitud se computará a partir del día siguiente a la publicación de esta Orden en el "Boletín Oficial de Aragón".

Sexto.- Otros datos.

1. Las solicitudes de subvenciones se dirigirán a la persona titular de la Dirección Gerencia del Instituto Aragonés de Empleo, presentándose a través de la Sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón en la dirección electrónica: https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/programa-empleo-apoyo-medida-fomento-empleo-personas-discapacidad-mercado-ordinario o incluyendo en el buscador de trámites la denominación "Subvenciones para el programa de empleo con apoyo".

2. El uso de dicho modelo de solicitud será obligatorio conforme a lo establecido en el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 30 de mayo de 2024.- La Vicepresidenta Segunda y Consejera de Economía, Empleo e Industria, María del Mar Vaquero Perianez.

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