Subvenciones del Programa...La Mancha.

Última revisión
26/09/2024

Subvenciones del Programa Captación del Talento de Castilla-La Mancha.

Tiempo de lectura: 3 min

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Resolución de 23/09/2024, de la Viceconsejería de Empleo, Diálogo Social y Seguridad y Salud Laboral, de la Dirección General de Empleo y de la Dirección General de Autónomos, Trabajo y Economía Social, por la que se publica el crédito disponible, en el ejercicio 2024, para atender a las obligaciones de contenido económico que se derivan de la concesión de las ayudas previstas en el Decreto 45/2024, de 27 de agosto, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del Programa Captación del Talento. Extracto BDNS (Identif.): 787033. [NID 2024/7623] - Diario Oficial de Castilla La-Mancha de 26/09/2024

Plazo de la solicitud:CERRADO, 27/09/2024 hasta 15/10/2024

Beneficiarios: Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos

Tipo: Convocatorias

Boletín: Diario Oficial de Castilla La-Mancha

Cuantía: Presupuesto total de la convocatoria 215.700,00 euros

BDNS (Indetif.): 787033

Categorías: Empleo y contratación, Seguridad, Servicios Sociales

Finalidad:
Ayudas previstas en el Decreto 45/2024, de 27 de agosto, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del Programa Captación del Talento. Tres líneas de subvenciones:

Línea 1 Subvenciones para la contratación indefinida: destinada a la contratación indefinida de la que podrán beneficiarse las empresas privadas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles, las entidades sin ánimo de lucro, que realicen las contrataciones, con la condición de que el contrato sea de 36 meses como mínimo desde el día de alta del contrato indefinido.

Línea 2 Subvenciones para el inicio de la actividad emprendedora: para favorecer la actividad emprendedora en zonas afectadas por despoblación

Línea 3 Bono Talento Rural: para sufragar  los gastos de traslado e instalación de personas en zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación de Castilla-La Mancha, así como en los municipios de las zonas rurales intermedias con predominio de la actividad agrícola, con población inferior a 2.000 habitantes, que hayan perdido población durante los cinco años anteriores a 1 de enero de 2021.

Requisitos:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en este decreto las personas y entidades relacionadas de forma específica para cada línea de subvención en los artículos 9, 17 y 23 del Decreto 45/2024: empresas privadas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades

civiles, las entidades sin ánimo de lucro de carácter privado o cualquier otro tipo de unidad económica que, aun

careciendo de personalidad jurídica propia o diferenciada de la de sus integrantes, pueda realizar la contratación

subvencionable.




Resumen:
Subvenciones en el marco del Programa Captación del Talento a empresas privadas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles, las entidades sin ánimo de lucro. El período subvencionable comprenderá las actuaciones realizadas desde el 15 de diciembre de 2023, hasta el 30 de septiembre de 2024.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/787033)

El presente extracto se corresponde con el mismo texto de los extractos de la convocatoria publicados con los códigos BDNS 786963 y 786982.

Primero. Beneficiarios

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en este decreto las personas y entidades relacionadas de forma específica para cada línea de subvención en los artículos 9, 17 y 23 del Decreto 45/2024, de 27 de agosto, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del Programa Captación del Talento. Para acceder a la condición de beneficiaria, las personas y entidades solicitantes deberán cumplir, además de los específicamente señalados para cada línea, los requisitos comunes previstos en el art. 4. 2 del citado Decreto.

Segundo. Objeto y actuaciones subvencionables.

La presente Resolución tiene por objeto publicar los créditos disponibles, en el ejercicio 2024, para atender a las obligaciones de contenido económico que se derivan de la concesión de las ayudas previstas en el Decreto 45/2024, de 27 de agosto, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del Programa Captación del Talento.

Las líneas de ayudas, el objeto de las mismas y las actividades subvencionables están establecidas en los artículos 8, 11, 16, 19, 22 y 25 del Decreto 45/2024, de 27 de agosto.

El período subvencionable comprenderá las actuaciones realizadas desde el 15 de diciembre de 2023, hasta el 30 de septiembre de 2024.

Tercero. Bases reguladoras

Las bases reguladoras de estas ayudas están establecidas en el Decreto 45/2024, de 27 de agosto, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del Programa Captación del Talento.

Cuarto. Financiación y cuantía de las subvenciones

El importe del crédito disponible para la Línea 1 es de 124.080 euros para el ejercicio 2024 y de 33.840,00 euros para el ejercicio 2025. La cuantía individual es la establecida en el articulo 13 del Decreto 45/2024.

El importe del crédito disponible para la Línea 2 es de 60.000 euros para el ejercicio 2024 y de 15.000,00 euros para el ejercicio 2025. La cuantía individual es la establecida en el artículo 20 del Decreto 45/2024.

El importe del crédito disponible para la Línea 3 es de 67.200 euros para el ejercicio 2024, y de 9.600,00 euros para el ejercicio 2025. La cuantía individual es la establecida en el artículo 26 del Decreto 45/2024.

Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente al de la publicación de esta resolución y su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y finalizará el 15 de octubre de 2024. Dentro del plazo anterior, las solicitudes de ayuda se presentarán teniendo en cuenta lo establecido en el apartado 2 del resuelvo cuarto de esta resolución.

En cuanto a la forma de presentación será la establecida en el apartado 3 del resuelvo cuarto de esta resolución.

Toledo, 23 de septiembre de 2024

La Viceconsejera de Empleo, Diálogo Social

y Seguridad y Salud Laboral

NURIA BERTA CHUST MARTÍNEZ

La Directora General de Empleo

MARÍA ELENA GARCÍA ZALVE

La Directora General de Autónomos,

Trabajo y Economía Social

ANA MARÍA CARMONA DUQUE

TEXTO COMPLETO DE LA RESOLUCIÓN DE 23 DE SEPTIEMBRE DE 2024

(VER PDF DE PUBLICACION)