Última revisión
16/05/2024
Subvenciones para personas emprendedoras y pymes en apoyo al inicio y consolidación de su proyecto empresarial
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Extracto de la Resolución de 13 de mayo de 2024, de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, por la que se efectúa la convocatoria de subvenciones para personas emprendedoras y pymes en apoyo al inicio y consolidación de su proyecto empresarial. [2024/4430] - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de 16/05/2024
Plazo de la solicitud:ABIERTO, 10/06/2024 hasta 10/07/2024
Beneficiarios: Empresas y autónomos
Tipo: Convocatorias
Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana
Cuantía: -
BDNS (Indetif.): 760893
Categorías: Empresa, Empleo y contratación, Medio Ambiente, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Deporte, Turismo y agencias de viajes, Hostelería y hoteles, Transporte y vehículos, Industria, Comercio y marketing, Energía, Cultura e idiomas, Servicios Sociales
a) Ser persona emprendedora, entendiendo como tal a las personas físicas (empresarios individuales), o pyme con personalidad jurídica propia, que emprenderá o ha emprendido en los últimos cinco años una actividad económica o productiva que ofrezca una ventaja competitiva. El periodo de cinco años se computará para el caso de empresarios individuales, desde la fecha de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y, para el caso de pymes, desde la fecha de inscripción en el registro mercantil de la escritura pública de constitución o en el registro que corresponda según su naturaleza.
b) Tener su domicilio social en la Comunitat Valenciana.
c) Que el proyecto empresarial esté relacionado con algún sector de actividad en auge que ofrezca oportunidades de futuro. A los efectos de esta convocatoria, se consideran actividades en auge:
- transporte, movilidad sostenible y logística, - ciberseguridad, servicios digitales, tecnológicos e inteligencia artificial
- medioambiente, desarrollo sostenible, economía circular y energías renovables, - agrario y alimentario, - mundo rural y smart cities, - actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento, - turismo y hostelería, - servicios financieros e inmobiliarios, - deporte, salud, bienestar y estética, - economía de los cuidados, - sector aeroespacial
- educación
Asimismo, previa justificación, se podrá tener en consideración otro sector en auge.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/760893)
Primero. Objeto y ámbito de la convocatoria
El objeto de la presente resolución es convocar en el ejercicio 2024, en régimen de concurrencia competitiva, la subvención destinada a personas emprendedoras y pymes en apoyo al inicio y consolidación de su proyecto empresarial.
Segundo. Financiación
Para el ejercicio 2024, las ayudas convocadas se financiarán con cargo a la línea S1464 del programa presupuestario 322B00, capítulo IV, hasta un importe global máximo estimado de 1.500.000 euros, procedentes de fondos propios de la Generalitat.
Tercero. Entidades beneficiarias
1. Podrán solicitar las subvenciones quienes cumplan los siguientes requisitos:
a) Ser persona emprendedora, entendiendo como tal a las personas físicas (empresarios individuales), o pyme con personalidad jurídica propia, que emprenderá o ha emprendido en los últimos cinco años una actividad económica o productiva que ofrezca una ventaja competitiva. El periodo de cinco años se computará para el caso de empresarios individuales, desde la fecha de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y, para el caso de pymes, desde la fecha de inscripción en el registro mercantil de la escritura pública de constitución o en el registro que corresponda según su naturaleza.
b) Tener su domicilio social en la Comunitat Valenciana.
c) Que el proyecto empresarial esté relacionado con algún sector de actividad en auge que ofrezca oportunidades de futuro. A los efectos de esta convocatoria, se consideran actividades en auge:
transporte, movilidad sostenible y logística
ciberseguridad, servicios digitales, tecnológicos e inteligencia artificial
medioambiente, desarrollo sostenible, economía circular y energías renovables
agrario y alimentario
mundo rural y smart cities
actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento
turismo y hostelería
servicios financieros e inmobiliarios
deporte, salud, bienestar y estética
economía de los cuidados
sector aeroespacial
educación
Asimismo, previa justificación, se podrá tener en consideración otro sector en auge.
2. Quedan excluidas las comunidades de bienes y las sociedades civiles sin personalidad jurídica.
Cuarto. Bases reguladoras
Orden 2/2024, de 29 de febrero, de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas a fomentar el ecosistema de emprendimiento de la Comunitat Valenciana (DOGV 9862, 01.03.2024).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 10 de junio hasta el 10 de julio de 2024, ambos días incluidos. Solo serán admitidas las solicitudes que hayan sido grabadas en el registro electrónico de la Generalitat hasta las 23:59.59 horas del último día de plazo de presentación (hora oficial peninsular española).
València, 13 de mayo de 2024. La consellera de Innovación, Industria, Comercio y Turismo: Nuria Montes de Diego.
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