Subvenciones a organizaciones sindicales por la realización de actividades de carácter sindical, 2024.
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Subvenciones a organizaci...cal, 2024.

Última revisión
17/06/2024

Subvenciones a organizaciones sindicales por la realización de actividades de carácter sindical, 2024.

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Extracto de la Resolución de 12 de Junio de 2024 de la Subsecretaría de Trabajo y Economía Social de la convocatoria para el ejercicio 2024 de concesión de subvenciones a las organizaciones sindicales en proporción a su representatividad, por la realización de actividades de carácter sindical. - Boletín Oficial del Estado de 15/06/2024

Plazo de la solicitud:ABIERTO, 16/06/2024 hasta 15/07/2024

Beneficiarios: Asociaciones y economía social

Tipo: Convocatorias

Boletín: Boletín Oficial del Estado

Cuantía: La cuantía total máxima de las subvenciones a conceder será de 17.000.000 Euros.

BDNS (Indetif.): 768060

Categorías: Economía Social, Empleo y contratación

Finalidad:
Realización de actividades de carácter sindical, incluyendo aquí la realización de cualquier tipo de actividad sindical dirigida a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales de los trabajadores.
Requisitos:
Podrán ser beneficiarios las organizaciones sindicales que cumplan los siguientes requisitos: a) Estar legalmente constituidas. b) Tener representación sindical el día 1 de enero de 2024. c) No estar incursas en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Acción subvencionable:
Ver Orden TAS/1303/2007, de 26 de abril (publicada en el Boletín Oficial del Estado nº 115 de 14 de mayo de 2007, y aplicable en cuanto no se oponga a la redacción vigente de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones).
Resumen:
El objeto de la presente convocatoria es la realización de actividades de carácter sindical, incluyendo aquí la realización de cualquier tipo de actividad sindical dirigida a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales de los trabajadores. Podrán ser beneficiarios las organizaciones sindicales que cumplan los siguientes requisitos: a) Estar legalmente constituidas. b) Tener representación sindical el día 1 de enero de 2024. c) No estar incursas en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

BDNS(Identif.):768060

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/768060)

Primero.- Beneficiarios: podrán ser beneficiarios las organizaciones sindicales que cumplan los siguientes requisitos:

a) Estar legalmente constituidas.

b) Tener representación sindical el día 1 de enero de 2024.

c) No estar incursas en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Segundo.- Objeto: realización de actividades de carácter sindical, incluyendo aquí la realización de cualquier tipo de actividad sindical dirigida a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales de los trabajadores.

Tercero.- Bases reguladoras y diario de publicación: Orden TAS/1303/2007, de 26 de abril (publicada en el Boletín Oficial del Estado nº 115 de 14 de mayo de 2007, y aplicable en cuanto no se oponga a la redacción vigente de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones).

Cuarto.- Cuantía: la cuantía total máxima de las subvenciones a conceder será de 17.000.000 Euros.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes: las organizaciones sindicales que opten a la subvención deberán presentar su solicitud en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del presente extracto de la Resolución de convocatoria.

Madrid, 12 de junio de 2024.- El Subsecretario de Trabajo y Economía Social. José Ramón del Prado Cortés.

Subvenciones a organizaciones sindicales por la realización de actividades de carácter sindical, 2024.

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