Subvenciones a ONGD junto con entidades locales o empresas de la Comunidad, para...sarrollo, para 2024.
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Subvenciones a ONGD junto...para 2024.

Última revisión
14/06/2024

Subvenciones a ONGD junto con entidades locales o empresas de la Comunidad, para la financiación de microacciones de desarrollo, para 2024.

Tiempo de lectura: 3 min

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EXTRACTO de la Orden de 11 de junio de 2024, de la Consejería de la Presidencia, de subvenciones dirigidas a ONGD de Castilla y León junto con entidades locales o empresas de la Comunidad, para la financiación de microacciones de desarrollo, para el año 2024. - Boletín Oficial de Castilla y León de 14/06/2024

Plazo de la solicitud:ABIERTO, 15/06/2024 hasta 14/07/2024

Beneficiarios: Administraciones públicas, Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos

Tipo: Convocatorias

Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León

Cuantía: La cuantía de la subvención concedida no podrá superar el 90% del presupuesto total de la microacción de desarrollo, sin que en ningún caso pueda exceder de la cuantía de 45.000 euros

BDNS (Indetif.): 767542

Categorías: Economía Social, Cultura e idiomas, Medio Ambiente, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empresa

Finalidad:
La finalidad de las subvenciones es facilitar la financiación de microacciones de desarrollo, dirigidas a mejorar las condiciones de vida y el desarrollo sostenible de los titulares de derecho más vulnerables en países empobrecidos y el apoyo al cumplimiento de los derechos humanos económicos, sociales y culturales, en los términos establecidos en la planificación estratégica en la materia.


Requisitos:
Las entidades sin ánimo de lucro, de forma individual o en consorcio de entidades que estén inscritas como agentes de cooperación para el desarrollo de acuerdo con el artículo 22 de la Ley 9/2006, de 10 de octubre, de Cooperación al Desarrollo, que reúnan los requisitos establecidos en el resuelvo quinto de la convocatoria.



Resumen:
La finalidad de las subvenciones es facilitar la financiación de microacciones de desarrollo, dirigidas a mejorar las condiciones de vida y el desarrollo sostenible de los titulares de derecho más vulnerables en países empobrecidos y el apoyo al cumplimiento de los derechos humanos económicos, sociales y culturales, en los términos establecidos en la planificación estratégica en la materia.



De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/767542)

Asimismo la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS

Primero. Beneficiarios:

Las entidades sin ánimo de lucro, de forma individual o en consorcio de entidades que estén inscritas como agentes de cooperación para el desarrollo de acuerdo con el artículo 22 de la Ley 9/2006, de 10 de octubre, de Cooperación al Desarrollo, que reúnan los requisitos establecidos en el resuelvo quinto de la convocatoria.

Segundo. Finalidad:

La finalidad de las subvenciones es facilitar la financiación de microacciones de desarrollo, dirigidas a mejorar las condiciones de vida y el desarrollo sostenible de los titulares de derecho más vulnerables en países empobrecidos y el apoyo al cumplimiento de los derechos humanos económicos, sociales y culturales, en los términos establecidos en la planificación estratégica en la materia.

Quedan excluidas las acciones de carácter humanitario y atención a emergencias, así como los proyectos de cooperación directa, ayudas reembolsables, fondos de cooperación multilateral, o asistencias técnicas internacionales.

Tercero. Bases reguladoras:

Orden PRE/516/2024, de 24 de mayo, se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para intervenciones en la modalidad de cooperación económica en condiciones no reembolsables en países en desarrollo dirigidas a organizaciones no gubernamentales de desarrollo de Castilla y León junto con entidades locales o empresas de la comunidad, para la financiación de microacciones de desarrollo (publicada en el Boletín Oficial de Castila y León Nº 105, de 31 de mayo de 2024).

Cuarto. Importe:

El importe total de la convocatoria es de 300.000 € que se distribuirá de la siguiente manera: 150.000 € para microacciones de desarrollo solicitadas por entidades locales de Castilla y León y 150.000 € para microacciones de desarrollo solicitadas por empresas.

El crédito correspondiente a esta convocatoria podrá ser ampliado en una cuantía adicional no superior al 50% de los créditos inicialmente convocados, cuya aplicación a la concesión de las subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria.

La cuantía de la subvención concedida no podrá superar el 90% del presupuesto total de la microacción de desarrollo, sin que en ningún caso pueda exceder de la cuantía de 45.000 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

Treinta días hábiles a contar desde el día siguiente a la de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 11 de junio de 2024.

El Consejero de la Presidencia,

Fdo.: Luis Miguel González Gago

Subvenciones a ONGD junto con entidades locales o empresas de la Comunidad, para la financiación de microacciones de desarrollo, para 2024.

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