Subvenciones a las actividades de distribución para industrias culturales de Galicia
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Subvenciones a las activi...de Galicia

Última revisión
22/04/2024

Subvenciones a las actividades de distribución para industrias culturales de Galicia

Tiempo de lectura: 3 min

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EXTRACTO de la Resolución de 2 de abril de 2024 por la que se establecen las bases, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones a las actividades de distribución para industrias culturales, y se convocan para el año 2024 (código de procedimiento CT402C). - Diario Oficial de Galicia de 22/04/2024

Plazo de la solicitud:ABIERTO, 02/05/2024 hasta 02/10/2024

Beneficiarios: Empresas y autónomos

Tipo: Convocatorias

Boletín: Diario Oficial de Galicia

Cuantía: -

BDNS (Indetif.): 755129

Categorías: Cultura e idiomas, Empresa

Finalidad:
Determinar las condiciones que regularán la concesión de subvenciones para promover la distribución exterior e interior de bienes y servicios culturales producidos por empresas vinculadas a las artes escénicas y o musicales dentro de su plan de gira comprendidos en los plazos indicados en esta resolución y proceder a su convocatoria para el año 2024.


Requisitos:
Pueden obtener la condición de personas beneficiarias de las subvenciones las personas físicas (autónomas) y personas jurídicas privadas, con domicilio o sucursal en Galicia o en un territorio miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo, dedicadas profesionalmente a la actividad de producción y distribución de espectáculos de artes escénicas o musicales que desarrollen mayoritariamente su actividad en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Resumen:
Determinar las condiciones que regularán la concesión de subvenciones para promover la distribución exterior e interior de bienes y servicios culturales producidos por empresas vinculadas a las artes escénicas y o musicales dentro de su plan de gira comprendidos en los plazos indicados en esta resolución y proceder a su convocatoria para el año 2024.



De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Personas beneficiarias

1. Pueden obtener la condición de personas beneficiarias de las subvenciones las personas físicas (autónomas) y personas jurídicas privadas, con domicilio o sucursal en Galicia o en un territorio miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo, dedicadas profesionalmente a la actividad de producción y distribución de espectáculos de artes escénicas o musicales que desarrollen mayoritariamente su actividad en la Comunidad Autónoma de Galicia.

2. También podrán ser personas beneficiarias las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las actividades objeto de la subvención, con domicilio o sucursal en Galicia o en un territorio miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo, dedicadas profesionalmente a la actividad de producción y distribución de espectáculos de artes escénicas o musicales que desarrollen mayoritariamente su actividad en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Segundo. Finalidad

Determinar las condiciones que regularán la concesión de subvenciones para promover la distribución exterior e interior de bienes y servicios culturales producidos por empresas vinculadas a las artes escénicas y o musicales dentro de su plan de gira comprendidos en los plazos indicados en esta resolución y proceder a su convocatoria para el año 2024.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 2 de abril de 2024 por la que se establecen las bases, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones a las actividades de distribución para industrias culturales, y se convocan para el año 2024 (código de procedimiento CT402C).

Cuarto. Importe

El crédito destinado a la financiación de estas ayudas es de 600.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 10.A1.432B.470.0, de los presupuestos generales de la Agadic para el ejercicio 2024 (código de proyecto 2015-00003), distribuidos como sigue:

(VER PDF)

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de las solicitudes se iniciará a los diez (10) días naturales contados desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia y finalizará a los cinco (5) meses. La sede electrónica para la presentación de solicitudes se abrirá a las 9.00 horas y el final del plazo será a las 14.00 horas del día del vencimiento.

Santiago de Compostela, 2 de abril de 2024

Román Rodríguez González

Presidente del Consejo Rector de la Agencia Gallega de las Industrias Culturales

Subvenciones a las actividades de distribución para industrias culturales de Galicia

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