Subvenciones para la inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.
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Subvenciones para la inse...e trabajo.

Última revisión
11/06/2024

Subvenciones para la inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.

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EXTRACTO de la Orden de 7 de junio de 2024, de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo, por la que se convocan subvenciones destinadas a la inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo. - Boletín Oficial de Castilla y León de 11/06/2024

Plazo de la solicitud:ABIERTO, 12/06/2024 hasta 04/10/2024

Beneficiarios: Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos

Tipo: Convocatorias

Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León

Cuantía: -

Categorías: Empleo y contratación, Servicios Sociales, Empresa, Economía Social, Industria, Comercio y marketing

Finalidad:
Facilitar la inserción laboral de la contratación indefinida de personas trabajadoras con discapacidad en el mercado de trabajo ordinario a través de tres programas:

Programa I: Fomento de la contratación indefinida y transformación en indefinidos de contratos de duración determinada, temporales y formativos suscritos con personas trabajadoras con discapacidad.

Programa II: Fomento del tránsito del empleo protegido desde los centros especiales de empleo al empleo en empresas del mercado ordinario.

Programa III: Fomento de la adaptación del puesto de trabajo o dotación de medios de protección personal.

Requisitos:
Las empresas, las personas trabajadoras autónomas y las entidades privadas sin ánimo de lucro del mercado de trabajo ordinario que contraten por tiempo indefinido a personas con discapacidad o transformen en indefinidos contratos de duración determinada, temporales y formativos suscritos con personas trabajadoras con discapacidad.


Las empresas, las personas trabajadoras autónomas y las entidades privadas sin ánimo de lucro del mercado de trabajo ordinario que contraten a personas trabajadoras con discapacidad procedentes de centros especiales de empleo, sin pasar por un enclave laboral.

Las empresas colaboradoras que incorporen a personas trabajadoras con discapacidad procedentes de los enclaves laborales, regulados por el Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero.

Las Cooperativas de Trabajo y las Sociedades Laborales que incorporen como socios a personas trabajadoras con discapacidad con carácter indefinido.



Resumen:
Subvenciones destinadas a la inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.

BDNS (Identif.): 766011, 766018, 766021.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/766011)

Asimismo, la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS, y en los siguientes enlaces:

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/766018)

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/766021)

Los códigos asignados por la Base de Datos Nacional de Subvenciones corresponden a un mismo texto de convocatoria.

Primero.– Finalidad.

Facilitar la inserción laboral de la contratación indefinida de personas trabajadoras con discapacidad en el mercado de trabajo ordinario a través de tres programas:

Programa I: Fomento de la contratación indefinida y transformación en indefinidos de contratos de duración determinada, temporales y formativos suscritos con personas trabajadoras con discapacidad.

Programa II: Fomento del tránsito del empleo protegido desde los centros especiales de empleo al empleo en empresas del mercado ordinario, especialmente a través de los enclaves laborales regulados en el Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan los enclaves laborales como medida de fomento del empleo de las personas con discapacidad, incentivando su contratación con carácter indefinido.

Programa III: Fomento de la adaptación del puesto de trabajo o dotación de medios de protección personal.

Segundo.– Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones:

Las empresas, las personas trabajadoras autónomas y las entidades privadas sin ánimo de lucro del mercado de trabajo ordinario que contraten por tiempo indefinido a personas con discapacidad o transformen en indefinidos contratos de duración determinada, temporales y formativos suscritos con personas trabajadoras con discapacidad.

Las empresas, las personas trabajadoras autónomas y las entidades privadas sin ánimo de lucro del mercado de trabajo ordinario que contraten a personas trabajadoras con discapacidad procedentes de centros especiales de empleo, sin pasar por un enclave laboral.

Las empresas colaboradoras que incorporen a personas trabajadoras con discapacidad procedentes de los enclaves laborales, regulados por el Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero.

Las Cooperativas de Trabajo y las Sociedades Laborales que incorporen como socios a personas trabajadoras con discapacidad con carácter indefinido.

Tercero.– Bases reguladoras.

Por Orden IEM/1209/2023, de 19 de octubre, se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León n.º 207, de 27 de octubre de 2023.

Cuarto.– Cuantía.

Las cuantías de las subvenciones a conceder se determinan en loa Apartados Vigésimo: Programa I, Vigesimocuarto: Programa II y Vigesimoctavo: Programa III, de la Orden de Convocatoria.

Quinto.– Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León hasta el 4 de octubre de 2024.

Valladolid, 7 de junio de 2024.

El Consejero de Industria, Comercio y Empleo, Fdo.: Mariano Veganzones Díez

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