Subvenciones para el fomento de actividades en el sector pesquero de Gran Canari...Palmas de 20-04-2022
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Subvenciones para el fome...20-04-2022

Última revisión
20/04/2022

Subvenciones para el fomento de actividades en el sector pesquero de Gran Canaria - Boletín Oficial de Las Palmas de 20-04-2022

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Subvenciones para el fomento de actividades en el sector pesquero de Gran Canaria - Boletín Oficial de Las Palmas de 20/04/2022

Plazo de la solicitud:Ver Detalles, 20/04/2022 hasta ----

Beneficiarios: Asociaciones y economía social

Tipo: Convocatorias

Boletín: Boletín Oficial de Las Palmas

Categorías: Caza y pesca, Economía Social

(Páginas 5-6)


CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2022 DE SUBVENCIONES DE LA CONSEJERÍA DE SECTOR PRIMARIO Y SOBERANÍA ALIMENTARIA DEL CABILDO DE GRAN CANARIA PARA EL FOMENTO DE ACTIVIDADES EN EL SECTOR PESQUERO DE GRAN CANARIA.

BDNS (Identif.): 621254.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convo catoria/621254)

Extracto de la convocatoria: Por Resolución número 22/120 R-AGP de la Consejería de Sector Primario y Soberanía Alimentaria, de 12 de abril de 2022, se procedió a la aprobación de la Convocatoria para el año 2022 de subvenciones de la Consejería de Sector Primario y Soberanía Alimentaria del Cabildo de Gran Canaria para el fomento de actividades en el sector pesquero de Gran Canaria .

Contra la citada Resolución podrá interponerse, con carácter potestativo y en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente a su publicación, Recurso de Reposición ante el Consejo de Gobierno Insular -cuya resolución pondría fin a la vía administrativa, de conformidad con los artículos 114, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas; o en caso de no hacer uso de dicha potestad, Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta Ciudad, en el plazo de DOS MESES a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, a tenor del artículo 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

DESTINATARIO. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en esta convocatoria, las cofradías y/o cooperativas de pescadores profesionales con base en Gran Canaria, en las que concurran los requisitos del artículo 2 de la Convocatoria.

OBJETO. El objeto de esta convocatoria es contribuir al mantenimiento de la actividad que realizan las cofradías y cooperativas de pescadores de Gran Canaria, esencial para su funcionamiento como puntos de primera venta y como entidades asociativas de representación y organización del sector de la pesca artesanal insular, sufragando parte de los gastos de funcionamiento inherentes a ella.

BASES REGULADORAS. Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria.

CUANTÍA. 50.000,00 euros.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: VEINTE (20) DÍAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente a aquel en el que se publique en el B.O.P. de Las Palmas el extracto de la convocatoria.

La información relativa a esta Convocatoria puede consultarse en las siguientes páginas web:

www.grancanaria.com

www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/

En Las Palmas de Gran Canaria, a trece de abril de dos mil veintidós.

EL CONSEJERO DE SECTOR PRIMARIO Y SOBERANÍA ALIMENTARIA, Miguel Hidalgo Sánchez.

121.373

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