Subvenciones destinadas al programa de apoyo al mantenimiento del trabajo autóno...omunitat Valenciana.
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Última revisión
07/05/2024

Subvenciones destinadas al programa de apoyo al mantenimiento del trabajo autónomo de mujeres en la Comunitat Valenciana.

Tiempo de lectura: 3 min

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Extracto de la Resolución de 29 de abril de 2024, del director general de Labora Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan para el ejercicio 2024 las subvenciones destinadas al programa de apoyo al mantenimiento del trabajo autónomo de mujeres en la Comunitat Valenciana. [2024/3817] - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de 07/05/2024

Plazo de la solicitud:ABIERTO, 08/05/2024 hasta 02/09/2024

Beneficiarios: Empresas y autónomos

Tipo: Convocatorias

Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana

Cuantía: -

BDNS (Indetif.): 757763

Categorías: Empleo y contratación, Empresa, Cultura e idiomas, Educación y ciencia

Finalidad:
Subvenciones destinadas al programa de apoyo al mantenimiento del trabajo autónomo de mujeres en la Comunitat Valenciana.
Requisitos:
Podrán ser beneficiarias de esta convocatoria las mujeres trabajadoras autónomas que en el momento de la contratación subvencionable se

encuentren embarazadas o en proceso de adopción

Resumen:
Subvenciones destinadas al programa de apoyo al mantenimiento del trabajo autónomo de mujeres en la Comunitat Valenciana.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones:


https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/757763

Primero. Beneficiarios y condiciones

Podrán ser beneficiarias de esta convocatoria las mujeres trabajadoras autónomas que en el momento de la contratación subvencionable se encuentren embarazadas o en proceso de adopción. La contratación debe efectuarse a partir del 1 de enero de 2024 y siempre con carácter previo a la baja maternal de la mujer trabajadora autónoma.

Segundo. Objeto

Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones para fomentar el emprendimiento a través del programa de apoyo al mantenimiento del trabajo autónomo de mujeres, por el que se otorga una subvención por la contratación de personas desempleadas que efectúen mujeres autónomas embarazadas o en proceso de adopción, a fin

de que puedan transferirles el conocimiento necesario que posibilite el mantenimiento de la actividad durante la baja maternal.

Tercero. Bases reguladoras

Orden TES/1077/2023, de 28 de septiembre, por la que se establecen, en el ámbito competencial del Servicio Público de Empleo Estatal,

las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de programas de políticas activas de empleo previstos en el Real decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema

Nacional de Empleo, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 29 de septiembre de 2023.

Cuarto. Cuantía

1. El importe global máximo estimado para financiar estas subvenciones será de 150.000 euros.

2. El importe de la subvención ascenderá a:

a) En el caso de contratos temporales a jornada completa de al menos 3 meses de duración: 1.500 euros.

b) En el caso de contratos temporales a jornada completa de al menos 6 meses de duración: 3.500 euros.

3. Los importes indicados en el apartado 1 se incrementarán en 500 euros si se contrata a una persona con diversidad funcional o a una mujer.

4. Los contratos a tiempo parcial de al menos 30 horas semanales resultarán subvencionables, con reducción proporcional de la cuantía de la ayuda.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes 

El plazo para presentar las solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de dos meses desde la contratación objeto de la subvención, sin que en ningún caso puedan presentarse después del 2 de septiembre de 2024.

En caso de que la contratación hubiera tenido lugar antes de la publicación del extracto, el plazo de dos meses comenzará a computar a partir del día siguiente al de la publicación.

València, 29 de abril de 2024.– El director general de Labora Servicio Valenciano de Empleo y Formación: Antonio Galvañ Diez.

Subvenciones destinadas al programa de apoyo al mantenimiento del trabajo autónomo de mujeres en la Comunitat Valenciana.

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