Ssubvenciones del Programa MEJORA destinadas a la mejora de la empleabilidad de ...do laboral aragonés.
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Ssubvenciones del Program... aragonés.

Última revisión
04/07/2024

Ssubvenciones del Programa MEJORA destinadas a la mejora de la empleabilidad de los jóvenes y para el relevo generacional en el mercado laboral aragonés.

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EXTRACTO de la Orden EEI/709/2024, de 21 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa MEJORA para la concesión de subvenciones destinadas a la mejora de la empleabilidad de los jóvenes y para el relevo generacional en el mercado laboral aragonés y se procede a su convocatoria para el año 2024. - Boletín Oficial de Aragón de 03/07/2024

Plazo de la solicitud:ABIERTO, 04/07/2024 hasta 21/10/2024

Beneficiarios: Empresas y autónomos

Tipo: Convocatorias

Boletín: Boletín Oficial de Aragón

Cuantía: Presupuesto total de la convocatoria 2.200.000,00 euros

BDNS (Indetif.): 770396

Categorías: Empleo y contratación, Empresa, Infancia y juventud, Industria

Finalidad:
Las subvenciones recogidas en la presente Orden tienen como finalidad favorecer, mediante distintas ayudas e incentivos, la mejora de la empleabilidad de las personas jóvenes y facilitar el relevo generacional en las plantillas de las empresas en la Comunidad Autónoma de Aragón.


Requisitos:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en la presente Orden las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, las personas trabajadoras autónomas y las entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón y que, en su condición de empleadoras y cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos en esta norma, concierten los contratos de trabajo subvencionables con las personas jóvenes previstas en esta Orden.



Resumen:
Las subvenciones recogidas en la presente Orden tienen como finalidad favorecer, mediante distintas ayudas e incentivos, la mejora de la empleabilidad de las personas jóvenes y facilitar el relevo generacional en las plantillas de las empresas en la Comunidad Autónoma de Aragón.



De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/770396).

Primero.- Entidades beneficiarias.

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en la presente Orden las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, las personas trabajadoras autónomas y las entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón y que, en su condición de empleadoras y cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos en esta norma, concierten los contratos de trabajo subvencionables con las personas jóvenes previstas en esta Orden.

Segundo.- Finalidad.

Las subvenciones recogidas en la presente Orden tienen como finalidad favorecer, mediante distintas ayudas e incentivos, la mejora de la empleabilidad de las personas jóvenes y facilitar el relevo generacional en las plantillas de las empresas en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Tercero.- Cuantía.

1. La financiación de estas subvenciones estará constituida por fondos empleo de ámbito estatal transferidos por la Administración General del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en el marco de la distribución territorial de fondos a las Comunidades Autónomas a través de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.

2. El importe total del crédito asignado inicialmente a la presente convocatoria asciende a dos millones doscientos mil euros (2.200.000 ) y las subvenciones que correspondan se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 51016/G/3221/470111/33005 del presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de Empleo correspondiente al ejercicio 2024 y denominada "Plan Aragonés para la Mejora de la Empleabilidad Joven".

Cuarto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de solicitudes de la correspondiente subvención será de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a la fecha de alta en la Seguridad Social de la persona contratada.

Quinto.- Otros datos.

1. Las solicitudes de subvenciones se dirigirán a la persona titular de la Dirección Gerencia del Instituto Aragonés de Empleo, presentándose a través de la Sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón en la dirección electrónica: https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/subvenciones-del-programa-mejora o incluyendo en el buscador de trámites la denominación "Subvenciones del Programa MEJORA".

2. El uso del modelo de solicitud es obligatorio de conformidad con lo establecido en el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Zaragoza, 21 de junio de 2024.- La Vicepresidenta Segunda y Consejera de Economía, Empleo e Industria, María del Mar Vaquero Perianez.

Ssubvenciones del Programa MEJORA destinadas a la mejora de la empleabilidad de los jóvenes y para el relevo generacional en el mercado laboral aragonés.

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