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Top Concepts
Construcción y obras
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Construcción y obras
Localización
Cantabria
Categorías
Empresa, Industria, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empleo y contratación, Sector Financiero/Bancario, Transporte y vehículos, Medio Ambiente, Caza y pesca, Comercio y marketing, Servicios Sociales, Energía, Vivienda e hipotecas, Construcción y obras, Minería, Seguridad, Textil, confección y calzado, Igualdad, Turismo y agencias de viajes, Estadísticas y encuestas, Comunicación pública, Agricultura, Desarrollo Local y Rural, Economía Social, Educación y ciencia, Cultura e idiomas, Justicia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
09/11/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
1. La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de la línea de subvenciones Crecimiento Industrial para empresas industriales (CRECE 2) de la Consejería en materia de Industria.

2. La línea de subvenciones CRECE 2 tiene como finalidad apoyar la realización de actuaciones en el sector industrial encaminadas a incrementar la productividad y la competitividad de las empresas mediante proyectos de inversión que contemplen la adquisición de nuevos activos materiales, inmateriales o la utilización de servicios externos de consultoría.
Localización
Navarra
Categorías
Vivienda e hipotecas, Energía, Construcción y obras
Beneficiarios
F. Publicación
08/04/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
Finalidad
Localización
La Rioja
Categorías
Servicios Sociales, Vivienda e hipotecas, Construcción y obras, Medio Ambiente, Igualdad, Educación y ciencia, Ferias y congresos, Comunicación pública
Beneficiarios
Administraciones públicas
F. Publicación
13/06/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
Finalidad
Localización
La Rioja
Categorías
Vivienda e hipotecas, Construcción y obras, Servicios Sociales, Ganadería, Agricultura, Empresa, Economía Social, Comercio y marketing, Seguridad, Empleo y contratación, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Cultura e idiomas, Deporte
Beneficiarios
Administraciones públicas, Comunidades de propietarios, Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
21/10/2022
Plazo Solicitud
ABIERTO hasta 01/09/2025
Cantidad
1. La cuantía máxima de la subvención a conceder no podrá superar los límites previstos en el artículo 114, del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero: a) 12.500 euros por vivienda cuando se solicita para actuaciones correspondientes a viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila. Esta ayuda se podrá incrementar hasta 15.000 euros por vivienda si reside una persona con discapacidad y hasta 18.000 euros por vivienda si ésta acredita un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 %. b) 9.000 euros por vivienda y 90 euros por metro cuadrado de superficie construida de local comercial u otros usos compatibles, cuando se solicite para actuaciones correspondientes a edificios de viviendas de tipología residencial colectiva, interviniendo tanto en sus elementos comunes como en el interior de cada vivienda. c) 6.000 euros por vivienda cuando se solicita para actuaciones correspondientes a viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva. d) El 60 % del coste de la actuación. Este porcentaje se podrá incrementar hasta el 80 % si en la vivienda o una de las personas que resida en el edificio sea una persona con discapacidad o mayor de sesenta y cinco años.
Finalidad
La presente orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concesión directa, de las ayudas del programa de mejora de la accesibilidad en y a viviendas recogidos en el Capítulo XII, del Título II, del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Localización
Cataluña
Categorías
Medio Ambiente, Empleo y contratación, Servicios Sociales, Empresa, Energía, Ocio y tiempo libre, Vivienda e hipotecas, Construcción y obras, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Seguridad, Reparación daños fenómenos naturales, Transporte y vehículos, Igualdad, Turismo y agencias de viajes, Ferias y congresos
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
21/10/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
La convocatoria establece la posición presupuestaria a la que se deben imputar las subvenciones y determina la cuantía máxima para esta línea.
Finalidad
El objetivo principal de estas subvenciones es fomentar y dar apoyo a los proyectos de inversiones de las estaciones de esquí alpino, destinadas a las siguientes finalidades:

- Promover la innovación tecnológica de los sistemas digitales de control de acceso a la estación y de servicios, que sean compatibles en un sistema unificado para todas las estaciones catalanas y que permitan desarrollar aplicaciones ajustadas a las necesidades de las personas usuarias.

- Contribuir a ampliar la cobertura actual de producción y renovar las instalaciones de nieve para garantizar la disponibilidad del manto nival en las zonas principales de la estación y reducir su incertidumbre, al mismo tiempo que se mejora la eficiencia energética de las instalaciones y su sostenibilidad.

- Facilitar las grandes inspecciones de remontes mecánicos para garantizar su continuidad y su seguridad, renovar remontes y maquinaria obsoleta para modernizarlos con criterios de sostenibilidad y mejora de su eficiencia energética e instalar remontes y transporte para nuevas actividades y nuevos segmentos de usuarios, tanto de invierno como de verano, o para unir dominios esquiables existentes.

- Rehabilitar edificios de servicios existentes, establecimientos de restauración, aparcamientos, cabañas o refugios de montaña, destinados a las personas usuarias de la estación, y los entornos naturales próximos para hacerlos más sostenibles y polivalentes, y también la ampliación o nueva construcción de edificios de servicios para nuevas actividades de invierno o de verano y nuevos segmentos de usuarios.

Además de la utilidad pública y el interés social de las finalidades señaladas, se considera también de interés público, económico y social, garantizar el mantenimiento de la actividad en las estaciones de esquí alpino y de montaña, en la medida en que la riqueza, el mantenimiento y el aumento del empleo que se puedan generar repercuten directa e indirectamente en beneficio de las comarcas de montaña y de sus poblaciones.
Localización
Comunidad Valenciana
Categorías
Educación y ciencia, Empleo y contratación, Cultura e idiomas, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empresa, Comercio y marketing, Medio Ambiente, Vivienda e hipotecas, Industria, Servicios Sociales, Construcción y obras, Consumo, Energía, Estadísticas y encuestas, Hostelería y hoteles, Comunicación pública, Transporte y vehículos, Igualdad, Justicia, Infancia y juventud, Familia, Turismo y agencias de viajes, Agricultura, Sector Financiero/Bancario
Beneficiarios
Administraciones públicas, Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
18/10/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
La creación de seis líneas nominativas por importe de 6.921.948 euros; - «Colaboración con Fundación de la CV Escuela de Formación Profesional FEMPA, Cualificaciones Profesionales y Formación del Sector Metal.» por importe de 1.823.778,00 € - «Colaboración con el Consejo de Cámaras de Comercio de la C.V.» por importe de 500.000,00 € - «Colaboración con Cruz Roja» por importe de 800.000,00 € - «Colaboración con la Federación Empresarial Metalúrgica Valenciana, FEMEVAL» por importe de 1.301.862,00 € - «Colaboración con Fundación Laboral Construcción» por importe de 1.396.308,00 € - «Colaboración con los Institutos Tecnólogicos REDIT» por importe de 1.100.000,00 €
Finalidad


Este decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras, que constan como Anexo I, y la concesión directa, con carácter excepcional y por razones de interés público de tipo social y económico, de seis subvenciones, todas ellas en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, a las siguientes entidades: Cruz Roja Española, Fundación de la Comunitat Valenciana Escuela de Formación Profesional FEMPA Cualificaciones Profesionales y Formación del Sector Metal (Fundación CV Escuela de FP FEMPA), Federación Empresarial Metalúrgica Valenciana (FEMEVAL), Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunidad Valenciana, Red de Institutos Tecnológicos (REDIT), y Fundación Laboral de la Construcción.

Todas estas subvenciones irán dirigidas a la impartición de acciones de formación no formal, de carácter modular y destinadas al reskilling y upskilling de personas trabajadoras, tanto ocupadas, como desempleadas residentes en la Comunidad Valenciana. Asimismo, es condición indispensable que dicha formación esté vinculada a cualificaciones profesionales incluidas en el Catálogo nacional de cualificaciones profesionales durante el ejercicio 2022, y pertenecientes cada una de ellas a uno o varios de los sectores estratégicos incluidos en el Plan de modernización de la Formación Profesional u a otros sectores de interés debidamente justificados.

Todas las acciones financiadas por las concesiones directas se llevarán a cabo en el plazo de un año desde la notificación de la resolución de concesión.

Localización
Castilla y León
Categorías
Vivienda e hipotecas, Construcción y obras, Servicios Sociales, Familia, Infancia y juventud, Memoria Histórica y víctimas del terrorismo, Seguridad, Transporte y vehículos, Medio Ambiente, Igualdad, Ferias y congresos, Economía Social, Comercio y marketing, Empleo y contratación, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Industria, Estadísticas y encuestas, Desarrollo Local y Rural, Justicia, Deporte
Beneficiarios
Comunidades de propietarios, Particulares
F. Publicación
14/10/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
a) La ayuda para las personas beneficiarias será del 50 % de la renta o precio mensual que deban satisfacer por el alquiler o cesión de uso de su vivienda o habitación habitual y permanente. b) En el supuesto de personas jóvenes, la ayuda será del 60% de la renta o precio mensual que deban satisfacer por el alquiler o uso de su vivienda o habitación habitual y permanente.
Finalidad

Las subvenciones destinadas al alquiler de vivienda tienen por finalidad facilitar el disfrute de una vivienda y, en su caso, de una habitación en régimen de alquiler o de cesión de uso ubicada en la Comunidad de Castilla y León a sectores de población con escasos medios económicos, mediante el otorgamiento de ayudas a las personas arrendatarias o cesionarias.

Las subvenciones destinadas a la mejora de la accesibilidad de viviendas tienen por finalidad fomentar la mejora de la accesibilidad, tanto en el ámbito urbano como rural de la Comunidad de Castilla y León, facilitando la financiación para la realización de actuaciones en:

a) Viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila.
b) Edificios de viviendas de tipología residencial colectiva interviniendo en sus elementos comunes.
c) Viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva, interviniendo en el interior de sus viviendas.

NOTA: Se corrigen errores en BOCY 16/11/22.

Localización
Cataluña
Categorías
Medio Ambiente, Empresa, Empleo y contratación, Servicios Sociales, Transporte y vehículos, Energía, Igualdad, Ferias y congresos, Seguridad, Economía Social, Reparación daños fenómenos naturales, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Cultura e idiomas, Vivienda e hipotecas, Construcción y obras
Beneficiarios
Administraciones públicas, Comunidades de propietarios, Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
13/10/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
La subvención para los gastos económicos derivados de la descontaminación, retirada y gestión de los residuos de amianto será de carácter dinerario con un porcentaje del 100% de las facturas presentadas, con un máximo por metros cuadrados de cubierta de amianto. Consultar el pdf los importes maximos subvencionables en sus diferentes modalidades.
Finalidad
Objeto y finalidad de la subvención

Esta línea de subvenciones tiene como objeto fomentar la descontaminación, limpieza, retirada y también cubrir los gastos económicos de las retiradas ya efectuadas de cubiertas que contengan amianto (fibrocemento) que han sido estropeadas a causa de las inclemencias meteorológicas ocurridas en el episodio de tormentas del día 30 de agosto de 2022 en los municipios afectados según el informe emitido por el Servicio Meteorológico de Cataluña que se puede consultar en la web de l'Agencia de Residuos de Cataluña: https://residus.gencat.cat/web/.content/aux_/comunes/docs/informe_area_afectacio_pedra_20220830.pdf

La finalidad de la subvención es promover la retirada de cubiertas de amianto que hayan sido estropeadas por los efectos meteorológicos y que esta retirada se efectúe o se haya efectuado con las óptimas condiciones con la finalidad última de mejora ambiental y de minimizar el riesgo que este material comporta para la salud pública.

Complementariamente, la línea de ayudas tiene como finalidad promover las instalaciones de autoconsumo fotovoltaico en las mencionadas cubiertas.
Localización
Madrid
Categorías
Energía, Turismo y agencias de viajes, Medio Ambiente, Vivienda e hipotecas, Empresa, Deporte, Construcción y obras, Consumo, Cultura e idiomas, Empleo y contratación, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Agricultura, Sector Financiero/Bancario, Hostelería y hoteles, Igualdad, Servicios Sociales, Seguridad, Industria, Comercio y marketing, Educación y ciencia, Infancia y juventud, Transporte y vehículos, Justicia, Estadísticas y encuestas, Ferias y congresos, Comunicación pública
Beneficiarios
Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
11/10/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
La intensidad de la ayuda será la suma de la Ayuda Base y de la Ayuda Adicional que pudiera corresponder, en cada caso, en función del cumplimiento de los criterios que se indican en el apartado 5. La intensidad de la Ayuda Base será diferente si las actuaciones se realizan bajo la opción A y/o la opción B, a las que se refiere el apartado 4 del artículo 4. Consultar en el pdf la tabla de tipologia de actuacion para la asignacion de esta ayuda
Finalidad

1. La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas que convoque la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte para la financiación de proyectos de inversión en la mejora de la eficiencia energética de los establecimientos turísticos con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, aprobado mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, y aprobar la convocatoria correspondiente al año 2022.

2. Las presentes ayudas tienen como finalidad contribuir a la financiación de proyectos de eficiencia energética y economía circular en empresas turísticas ubicadas en la Comunidad de Madrid de acuerdo con el apartado de ?modernización y competitividad del sector turístico? del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Componente 14).

De conformidad con el Anexo II de la Resolución de 31 de marzo de 2022, de la Secretaría de Estado de Turismo por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 29 de marzo de 2022 de la Línea de Financiación para Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de Empresas Turísticas, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el número de establecimientos a rehabilitar, para la Comunidad de Madrid se ha fijado en 142.

3. Ámbito de aplicación. A los efectos de estas ayudas, se consideran establecimientos de alojamiento turístico los definidos como tales en la Ley 1/1999 de 12 de marzo de Ordenación del Turismo de la Comunidad de Madrid y la normativa de desarrollo posterior, esto es, aquellos locales o instalaciones abiertos al público y acondicionados de conformidad con la normativa aplicable en los que se presenten servicios turísticos de alojamiento:

a) Establecimientos hoteleros: hoteles, hoteles-apartamento y pensiones.

b) Apartamentos y viviendas de uso turístico.

c) Campamentos de turismo.

d) Establecimientos de turismo rural: hoteles rurales, casas rurales y apartamentos de turismo rural.

NOTA: EL BOCM, 02/11/22, publica una corrección de errores. 

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