RESOLUCIÓN CLT/577/2022, ...07-03-2022

Última revisión
07/03/2022

RESOLUCIÓN CLT/577/2022, de 2 de marzo, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural por el que se aprueban las bases específicas que regirán la concesión de subvenciones para la adquisición de diferentes fondos bibliográficos destinados a bibliotecas del Sistema de Lectura Pública de Cataluña. - Diario Oficial de Cataluña de 07-03-2022

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Plazo de la solicitud:Ver Detalles, 07/03/2022 hasta ----

Beneficiarios: Administraciones públicas, Particulares

Tipo: Bases

Boletín: Diario Oficial de Cataluña

Categorías: Cultura e idiomas, Comercio y marketing

(Páginas 163-165)


Visto el Acuerdo del Consejo de Administración de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural adoptado en la sesión del 24 de febrero de 2022, por el que se aprueban las bases específicas que regirán la concesión de subvenciones para la adquisición de diferentes fondos bibliográficos destinados a bibliotecas del Sistema de Lectura Pública de Cataluña,

Resuelvo:

-1 Que se publique en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya el Acuerdo del Consejo de Administración de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural, de 24 de febrero de 2022, por el que se aprueban las bases específicas que regirán la concesión de subvenciones para la adquisición de diferentes fondos bibliográficos destinados a bibliotecas del Sistema de Lectura Pública de Cataluña.

-2 Que, contra este Acuerdo, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Cultura en el plazo de un mes a contar desde su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Barcelona, 2 de marzo de 2022

Jordi Foz i Dalmau

Presidente del Consejo de Administración

Acuerdo

del Consejo de Administración de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural de 24 de febrero de 2022, por el que se aprueban las bases específicas que regirán la concesión de subvenciones para la adquisición de diferentes fondos bibliográficos destinados a bibliotecas del Sistema de Lectura Pública de Cataluña.

Por el Acuerdo de 24 de noviembre de 2020, el Consejo de Administración de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural aprobó las bases generales reguladoras de los procedimientos para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia, publicadas mediante la Resolución CLT/3216/2020, de 8 de diciembre (DOGC n.º 8292, de 11.12.2020). Estas bases han sido modificadas por el Acuerdo del Consejo de Administración de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural adoptado en la sesión del 28 de enero de 2021, publicado mediante la Resolución CLT/198/2021, de 29 de enero (DOGC n.º 8334, de 5.2.2021).

Vistos los artículos 87 y siguientes del texto refundido de la Ley de Finanzas Públicas de Cataluña, aprobado mediante el Decreto Legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y los preceptos de carácter básico de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de dicha ley;

De acuerdo con el artículo 7.3.a) de los Estatutos de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural, aprobados por el Decreto 7/2012, de 10 de enero, a propuesta del Departamento de Cultura, el Consejo de Administración

ACUERDA:

-1 Aprobar las bases específicas que regirán la concesión de subvenciones para la adquisición de diferentes fondos bibliográficos destinados a bibliotecas del Sistema de Lectura Pública de Cataluña que constan en el anexo de este Acuerdo.

-2 Derogar el apartado 1 del anexo del Acuerdo de 20 de diciembre de 2018 del Consejo de Administración de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural, por el que se aprueban las bases específicas que regirán la concesión de subvenciones en el ámbito de las bibliotecas, publicado mediante la Resolución CLT/3050/2018, de 20 de diciembre (DOGC n.º 7784, de 9.1.2019).

Anexo

Bases específicas que regirán la concesión de subvenciones para la adquisición de diferentes fondos bibliográficos destinados a bibliotecas del Sistema de Lectura Pública de Cataluña (CLT060)

-1 Objeto

El objeto de estas bases es la concesión de subvenciones para la adquisición de libros, diarios, CD, DVD, vinilos, juegos de ordenador, partituras, juegos de mesa, material cartográfico (mapas, atlas...), material gráfico (carteles, postales, calendarios...), y otras tipologías de fondos bibliográficos destinados a las bibliotecas centrales comarcales y al resto de las bibliotecas públicas integradas en el Sistema de Lectura Pública de Cataluña.

-2 Personas beneficiarias

Pueden ser beneficiarias de las subvenciones las entidades locales o los entes que dependen de estas.

-3 Requisitos y condiciones

3.1. Para poder optar a estas subvenciones, aparte de los requisitos y de las condiciones que establece la base general 4, los solicitantes deben gestionar una o varias bibliotecas integradas en el Sistema de Lectura Pública de Cataluña.

3.2. En el caso de bibliotecas ubicadas en una capital de provincia, hay que solicitar la subvención para un mínimo de dos bibliotecas locales.

-4 Cuantía

4.1. El importe de la subvención depende del número de habitantes del municipio, según los datos oficiales del padrón municipal del año que especifique la convocatoria y, depende de si se trata de una biblioteca central comarcal o el resto de bibliotecas del Sistema de Lectura Pública de Cataluña, de acuerdo con los baremos que se indiquen en la convocatoria.

4.2. Si no hay disponibilidad presupuestaria suficiente para otorgar las subvenciones en las cuantías que establece el apartado anterior, hay que reducir el importe proporcionalmente.

4.3. Si se pide un importe inferior al que resulta de los baremos que se fijen en la convocatoria, hay que conceder el importe solicitado.

-5 Gastos subvencionables

5.1. Se considera gasto subvencionable la adquisición de libros, diarios, CD, DVD, vinilos, juegos de ordenador, partituras, juegos de mesa, material cartográfico (mapas, atlas...), material gráfico (carteles, postales, calendarios...), y otras tipologías de fondos bibliográficos destinados al fondo de la biblioteca.

5.2. No es un gasto subvencionable la adquisición de revistas.

5.3. No se aplica la base general 6.5 referente a los gastos generales o indirectos y, por lo tanto, estos gastos no son subvencionables.

-6 Documentación que se debe presentar con la solicitud

6.1. En el momento de presentar la solicitud, no es necesario aportar el proyecto de actividad o actuación que prevé la base general 8.

6.2. Con respecto al requisito de la base general 4.1.k), los solicitantes solo deben hacer la declaración responsable, que consta en el formulario de solicitud, conforme a que se ha emitido un certificado del órgano competente en que consta la aprobación de la realización del proyecto para el que se solicita la subvención.

-7 Procedimiento de concesión

El procedimiento de concesión de las subvenciones se tramita de acuerdo con el régimen de concurrencia no competitiva.

-8 Propuesta provisional de concesión y presentación de documentación adicional

Las personas propuestas como beneficiarias de las subvenciones en la propuesta provisional de concesión deben presentar la documentación que dispone la base general 12.5.

-9 Justificación

9.1. Los entes locales -y los entes beneficiarios que dependen de estos- que dispongan de Intervención deben presentar la cuenta justificativa que prevé la base general 17.1.b) (declaración responsable de la Intervención). En el caso de entidades dependientes que no disponen de Intervención, deben presentar la cuenta justificativa que establece la base general 17.1.a) (cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto).

9.2. En la cuenta justificativa se acreditará que la entidad beneficiaria ha destinado la subvención a adquirir libros, diarios, CD, DVD, vinilos, juegos de ordenador, partituras, juegos de mesa, material cartográfico (mapas, atlas...), material gráfico (carteles, postales, calendarios...), y otras tipologías de fondos bibliográficos para la biblioteca o las bibliotecas públicas correspondientes.

-10 Otras obligaciones de las personas beneficiarias

Las entidades beneficiarias de las subvenciones deben incluir el logotipo del Departamento de Cultura y la expresión con el apoyo del Departamento de Cultura , utilizando el logotipo corporativo del Programa de identificación visual (PIV) http://identitatcorporativa.gencat.cat/ca/ , en los elementos informativos y de difusión de las adquisiciones objeto de la subvención (guías de lectura, escaparates de novedades, etc.).

RESOLUCIÓN CLT/577/2022, de 2 de marzo, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural por el que se aprueban las bases específicas que regirán la concesión de subvenciones para la adquisición de diferentes fondos bibliográficos destinados a bibliotecas del Sistema de Lectura Pública de Cataluña. - Diario Oficial de Cataluña de 07-03-2022

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