RESOLUCIÓN por la que se ...10-06-2022

Última revisión
10/06/2022

RESOLUCIÓN por la que se abre la convocatoria para la concesión de subvenciones en el ámbito del comercio y de los servicios (ref. BDNS 631857). - Diario Oficial de Cataluña de 10-06-2022

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RESOLUCION por la que se abre la convocatoria para la concesion de subvenciones en el ambito del comercio y de los servicios (ref. BDNS 631857). - Diario Oficial de Cataluña de 10/06/2022

Plazo de la solicitud:Ver Detalles, 10/06/2022 hasta ----

Beneficiarios: Administraciones públicas, Empresas y autónomos

Boletín: Diario Oficial de Cataluña

Categorías: Artesanía, Comercio y marketing, Textil, confección y calzado, Empresa, Consumo, Vivienda e hipotecas, Construcción y obras, Ferias y congresos, Empleo y contratación

(Páginas 385-386)


Resolución de 26 de mayo de 2022, del Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el ámbito del comercio, de los servicios, la artesanía y la moda (DOGC núm. 8679 de 31.5.2022).

Con esta convocatoria el Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña pone de manifiesto su compromiso hacia la competitividad de las empresas individuales, asociadas o agrupadas, que forman parte de su campo de actuación. Su mejora constante es la mejora del servicio a los consumidores y consumidoras, y subsidiariamente, un incremento de la calidad de vida de la que debemos disfrutar todos juntos.

Vista la Ley 1/2021, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2022.

Visto lo que dispone el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y del Reglamento que la desarrolla, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Resuelvo:

1. Objeto

Se hace pública la convocatoria para la concesión de las subvenciones en el ámbito del comercio al por menor y de los servicios, con el fin de promocionar e impulsar el sector comercial y de servicios, y fomentar la competitividad y la calidad de estos sectores, de los programas siguientes:

- Programa de soporte a las entidades representativas del sector del comercio.

- Programa de soporte a la red asociativa de comercio, ferias, artesanía y moda.

- Programa de soporte en el proceso de transformación digital de las empresas.

- Programa de soporte para la apertura de comercios y de apoyo a la reforma y mejora de establecimientos.

- Programa de soporte a los municipios en el ámbito del comercio.

- Programa de soporte para la creación y definición de las Áreas de Promoción Económicas Urbanas (APEUS).

2. Tramitación, resolución y otorgamiento

La tramitación, resolución y otorgamiento de las subvenciones que prevé esta convocatoria, así como las condiciones, los criterios de valoración, los requisitos de participación y la documentación a aportar, se rigen por las bases que aprueba la Resolución de 26 de mayo de 2022, del Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el ámbito del comercio, de los servicios, la artesanía y la moda.

3. Aplicación presupuestaria e importe convocado

El importe máximo destinado a la concesión de estas subvenciones es de 7.800.000,00 euros, con cargo a las partidas presupuestarias D/470.0001/641, D/482.0001/641, D/460.0001/641 y D/770000100/6 del presupuesto del Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña para el año 2022, de los que se destinan 3.000.000,00 euros para el Programa de soporte para la apertura de comercios y de apoyo a la reforma y mejora de establecimientos con cargo a la partida D/770000100/641.

Este importe se podrá ampliar mediante una resolución del/de la director/a del Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña.

4. Presentación de la solicitud

El plazo de presentación de las solicitudes, junto con la documentación y anexos, comienza a las 9:00 horas del día 16 de junio de 2022 y termina a las 14:00 horas del día 13 de julio de 2022. A excepción del Programa de apoyo para la apertura de comercios y de apoyo a la reforma y mejora de establecimientos que comienza a las 9:00 horas del mismo día 16 de junio de 2022 y hasta el agotamiento del presupuesto destinado a este programa con el límite máximo del día 31 de diciembre de 2022.

El formulario de solicitud está disponible en los lugares establecidos en la base 6.1 del Anexo 1.

Los lugares de presentación son los que se determinan en la base 6.2. del Anexo 1.

5. Órganos competentes, resolución de las ayudas y recursos

El órgano competente para la tramitación y resolución del procedimiento, el plazo de resolución, el medio de notificación de ésta, si ésta agota o no la vía administrativa, el régimen de recursos y los órganos ante los que pueden interponerse, los establecen las bases 8 y 9 del Anexo 1.

6. Plazo de ejecución

El período de ejecución de la acción objeto de subvención debe realizarse de manera efectiva durante el año 2022.

7. Justificación

En cuanto a la justificación de las subvenciones, se estará a lo que establece la base 14 del Anexo 1. El plazo máximo de presentación de la documentación justificativa es de tres meses a partir de la finalización del plazo para realizar las actuaciones subvencionables ante el Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Catalunya.

Contra esta resolución de convocatoria, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Empresa y Trabajo, en calidad de presidente/a del Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña , de acuerdo con lo que dispone el artículo 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Barcelona, 3 de junio de 2022

Agnès Russiñol i Amat

Directora

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