Última revisión
07/07/2022
Resolución 93/2022, de 4 de julio, de la Consejería de Educación Cultura, Deporte y Juventud, por la que se modifican los plazos para la justificación de las subvenciones a asociaciones de padres y madres de alumnos para el desarrollo del servicio de acogida matinal y para la realización de actividades formativas en el curso escolar 2021/2022 - Boletín Oficial de La Rioja de 07-07-2022
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Plazo de la solicitud:Ver Detalles, 07/07/2022 hasta ----
Beneficiarios: Asociaciones y economía social, Particulares
Tipo: Modificacion de subvenciones
Boletín: Boletín Oficial de La Rioja
Categorías: Deporte, Educación y ciencia, Cultura e idiomas, Infancia y juventud, Economía Social
(Páginas 71-72)
Primero. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Boletín Oficial del Estado número 176, de 25 de julio).
Segundo. El Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja número 25, de 21 de febrero).
Tercero. Decreto 47/2020, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja número 116, del 4 de septiembre).
Cuarto. Orden 31/2006, de 27 de octubre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos para el desarrollo del servicio de acogida matinal en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja número 143, de 31 de octubre).
Quinto. Orden 3/2007, de 7 de febrero de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de promoción educativa (Boletín Oficial de La Rioja número 22, de 15 de febrero).
Sexto. Resolución 30/2022, de 22 de marzo, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud por la que se convocan subvenciones para las Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos para el desarrollo del servicio de acogida matinal en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja durante el curso escolar 2020/2021. (Boletín Oficial de La Rioja número 60, de 28 de marzo de 2022)
Séptimo. Resolución 25/2022, de 11 de marzo, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud por la que se convocan subvenciones para las Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos de centros docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el desarrollo de actividades formativas que se lleven a cabo en el curso escolar 2021/2022. (Boletín Oficial de La Rioja número 52, de 16 de marzo de 2021).
Octavo. El artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que regula la ampliación de plazos.
En virtud de lo anterior, el Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, en uso de las atribuciones legalmente conferidas,
RESUELVE
Primero. Modificar el plazo al que hace referencia el punto sexto de la Resolución 30/2022, de 22 de marzo, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud por la que se convocan subvenciones para las Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos para el desarrollo del servicio de acogida matinal en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja durante el curso escolar 2020/2021, ampliándose hasta el día 14 de octubre de 2022. Las entidades beneficiarias deberán presentar la justificación económica de los gastos ocasionados en la realización de la actividad en los términos establecidos en el artículo decimotercero de la Orden 31/2006, de 27 de octubre.
Segundo. Modificar el plazo al que hace referencia el punto octavo de la Resolución 25/2022, de 11 de marzo, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud por la que se convocan subvenciones para las Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos de centros docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el desarrollo de actividades formativas que se lleven a cabo en el curso escolar 2021/2022, ampliándose hasta el día 14 de octubre de 2022. Las entidades beneficiarias deberán presentar la justificación económica de los gastos ocasionados en la realización de la actividad en los términos establecidos en los artículos 11 y 12 de la Orden 3/2007, de 7 de febrero.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la presente resolución no es susceptible de recurso, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento.
Logroño a 4 de julio de 2022.- El Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, Pedro María Uruñuela Nájera.
Ver el documento "Resolución 93/2022, de 4 de julio, de la Consejería de Educación Cultura, Deporte y Juventud, por la que se modifican los plazos para la justificación de las subvenciones a asociaciones de padres y madres de alumnos para el desarrollo del servicio de acogida matinal y para la realización de actividades formativas en el curso escolar 2021/2022 - Boletín Oficial de La Rioja de 07-07-2022"
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