Programa Reina Letizia para la Inclusión.
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Programa Reina Letizia pa...Inclusión.

Última revisión
19/06/2024

Programa Reina Letizia para la Inclusión.

Tiempo de lectura: 3 min

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Extracto de la Resolución de 17 de junio de 2024 de la Secretaria General del Real Patronato sobre Discapacidad por la que se convocan las ayudas del «Programa Reina Letizia para la Inclusión». - Boletín Oficial del Estado de 19/06/2024

Plazo de la solicitud:ABIERTO, 20/06/2024 hasta 19/07/2024

Beneficiarios: Particulares

Tipo: Convocatorias

Boletín: Boletín Oficial del Estado

Cuantía: El importe máximo de la ayuda por beneficiario será de 10.000 euros.

BDNS (Indetif.): 768957

Categorías: Educación y ciencia, Servicios Sociales, Empleo y contratación, Igualdad

Finalidad:
Promover e incentivar que las personas con discapacidad que no están accediendo a la formación y la educación inclusiva, equitativa y de calidad, puedan superar las barreras que limitan ese acceso.
Requisitos:
Las beneficiarias podrán ser personas con nacionalidad española o residencia legal en España, con discapacidad legalmente reconocida en España igual o superior al treinta y tres por ciento, o situaciones asimiladas o personas con capacidad intelectual límite destinatarias de las medidas de acción positiva para el acceso al empleo, y que inicien o estén siguiendo estudios o actividades formativas para mejorar su formación, cualificación, empleabilidad e inserción social en algún centro educativo conforme a las enseñanzas comprendidas en esta convocatoria y referenciadas en el Artículo 3.
Acción subvencionable:
Ver Orden DSA/952/2022, de 4 de octubre, que establece las bases reguladoras para la concesión de las ayudas del programa dirigido a promover la mejora de las condiciones formativas y profesionales de las personas con discapacidad, denominado "Programa Reina Letizia para la Inclusión" (BOE nº 240, de 6 de octubre).
Resumen:
Finalidad: Promover e incentivar que las personas con discapacidad que no están accediendo a la formación y la educación inclusiva, equitativa y de calidad, puedan superar las barreras que limitan ese acceso. Así mismo, para aquellas personas con discapacidad que, aun habiendo accedido a dicha formación y educación, ven limitados sus recursos de manera que por sí mismas no podrían disfrutar plenamente del mismo, se promoverán todas las mejoras de sus condiciones educativas, formativas y para su inserción social de manera que se les garantice su ejercicio del derecho a la educación sin discriminación y sobre la base de la igualdad de oportunidades. Beneficiarios: Personas con nacionalidad española o residencia legal en España, con discapacidad legalmente reconocida en España igual o superior al treinta y tres por ciento, o situaciones asimiladas o personas con capacidad intelectual límite destinatarias de las medidas de acción positiva para el acceso al empleo, considerando como tales a las incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto 368/2021, de 25 de mayo, sobre medidas de acción positiva para promover el acceso al empleo de personas con capacidad intelectual límite y que inicien o estén siguiendo estudios o actividades formativas para mejorar su formación, cualificación, empleabilidad e inserción social en algún centro educativo conforme a las enseñanzas comprendidas en esta convocatoria y referenciadas en el Artículo 3. Bases reguladoras: Orden DSA/952/2022, de 4 de octubre, que establece las bases reguladoras para la concesión de las ayudas del programa dirigido a promover la mejora de las condiciones formativas y profesionales de las personas con discapacidad, denominado "Programa Reina Letizia para la Inclusión" (BOE nº 240, de 6 de octubre).

BDNS(Identif.):768957

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/768957)

Primero. Beneficiarios.

Personas con nacionalidad española o residencia legal en España, con discapacidad legalmente reconocida en España igual o superior al treinta y tres por ciento, o situaciones asimiladas o personas con capacidad intelectual límite destinatarias de las medidas de acción positiva para el acceso al empleo, considerando como tales a las incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto 368/2021, de 25 de mayo, sobre medidas de acción positiva para promover el acceso al empleo de personas con capacidad intelectual límite y que inicien o estén siguiendo estudios o actividades formativas para mejorar su formación, cualificación, empleabilidad e inserción social en algún centro educativo conforme a las enseñanzas comprendidas en esta convocatoria y referenciadas en el Artículo 3.

Segundo. Finalidad.

Promover e incentivar que las personas con discapacidad que no están accediendo a la formación y la educación inclusiva, equitativa y de calidad, puedan superar las barreras que limitan ese acceso. Así mismo, para aquellas personas con discapacidad que, aun habiendo accedido a dicha formación y educación, ven limitados sus recursos de manera que por sí mismas no podrían disfrutar plenamente del mismo, se promoverán todas las mejoras de sus condiciones educativas, formativas y para su inserción social de manera que se les garantice su ejercicio del derecho a la educación sin discriminación y sobre la base de la igualdad de oportunidades.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden DSA/952/2022, de 4 de octubre, que establece las bases reguladoras para la concesión de las ayudas del programa dirigido a promover la mejora de las condiciones formativas y profesionales de las personas con discapacidad, denominado "Programa Reina Letizia para la Inclusión" (BOE nº 240, de 6 de octubre).

Cuarto. Cuantía.

El crédito disponible para esta convocatoria es de 3.850.000 €, y se tramitará anticipadamente con cargo a la aplicación presupuestaria 29.102.231F.487 para el año 2025, del Real Patronato sobre Discapacidad.

El crédito disponible podrá verse incrementado en una cuantía adicional que se estima en 1.650.000 € con cargo a los Presupuestos Generales del año 2025. La concesión de las ayudas queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de otorgamiento.

El importe máximo de la ayuda por beneficiario será de 10.000 euros.

La suma de las cuantías solicitadas no superará en ningún caso dicha cantidad.

Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes:

Un mes a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE.

Sexto. Otros datos.

El modelo de solicitud del Programa de subvenciones "Reina Letizia" está accesible por internet en la dirección www.rpdiscapacidad.gob.es o a través de la sede electrónica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 en https://sede.mdsocialesa2030.gob.es, en el apartado correspondiente a "Trámites" "Real Patronato sobre Discapacidad"

Madrid, 17 de junio de 2024.- María Rosa Martínez Rodríguez, Secretaria General del Real Patronato sobre Discapacidad.

Programa Reina Letizia para la Inclusión.

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