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Programa 4.º de fomento de la economía social para 2024.
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Extracto de la Orden de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa de convocatoria de subvenciones para programas de fomento de la economía social para el año 2024. Programa 4.º. - Boletín Oficial de la Región de Murcia de 25/04/2024
Plazo de la solicitud:ABIERTO, 26/04/2024 hasta 30/09/2024
Beneficiarios: Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
Tipo: Convocatorias
Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia
Cuantía: La cuantía máxima a subvencionar será de mil euros (1.000,00 euros) por asistencia técnica y empresa asistida.
BDNS (Indetif.): 756035
Categorías: Economía Social, Empleo y contratación, Empresa
BDNS (Identif.): 756035
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/756035)
Primero. Beneficiarios
Las Organizaciones Empresariales de Economía Social de carácter sectorial e intersectorial, con domicilio social y fiscal en la Región de Murcia, y las ayudas se concederán para centros de trabajo ubicados en la misma.
Segundo. Objeto
Subvencionar, a las organizaciones empresariales de economía social, la asistencia técnica prestada a las sociedades cooperativas y sociedades laborales para su constitución, siempre que se solicite su inscripción en los correspondientes registros administrativos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a partir del día 1 de octubre del año 2023.
Tercero. Bases reguladoras
Orden de 22 de mayo de 2023 de la Consejería de Empresa, Economía Social y Autónomos, de bases reguladoras de subvenciones para programas de fomento de la Economía Social de la Región de Murcia (BORM n.º 119, de 25.05.2023), modificada por Orden de 12 de marzo de 2024 de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa (BORM n.º 65, de 18 de marzo de 2024).
Cuarto. Cuantía
El crédito disponible inicial para este programa de ayuda es de 100.000,00 euros, y la cuantía máxima a subvencionar será de mil euros (1.000,00 euros) por asistencia técnica y empresa asistida.
Quinto. Plazo
El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará el día de la entrada en vigor de la presente Orden y terminará el día 30 de septiembre de 2024.
Sexto. Otros datos
El procedimiento para el otorgamiento de las subvenciones será el de concurrencia competitiva.
El gasto asociado de las acciones que se lleven a cabo, será el que se realice entre el día 1 de octubre de 2023 y el 30 de septiembre de 2024.
Murcia, 19 de abril de 2024. Luis Alberto Marín González, Consejero de Economía, Hacienda y Empresa.
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