Plazos de presentación de...de Murcia.

Última revisión
22/12/2021

Plazos de presentación de solicitudes de entidad colaboradora para la elaboración de solicitudes de ayuda de la política agraria de Murcia.

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Orden de 16 diciembre de 2021, de la Consejeria de Agua, Agricultura, Ganaderia, Pesca y Medio Ambiente, por la que se fijan los plazos de presentacion de solicitudes para la acreditacion como entidad colaboradora para la elaboracion de solicitudes de ayuda de la politica agraria comun o para la obtencion del codigo DEMETER para el año 2022. - Boletín Oficial de la Región de Murcia de 22/12/2021

Plazo de la solicitud:Ver Detalles, 01/01/2022 hasta ----

Beneficiarios: Administraciones públicas, Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos

Tipo: Modificacion de subvenciones

Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia

Cuantía: -

Categorías: Agricultura, Ganadería, Caza y pesca, Medio Ambiente, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i)

Finalidad:
-

(Páginas 104-107)


I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente

7604 Orden de 16 diciembre de 2021, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente, por la que se fijan los plazos de presentación de solicitudes para la acreditación como entidad colaboradora para la elaboración de solicitudes de ayuda de la política agraria común o para la obtención del código DÉMETER para el año 2022.

Con fecha 16 de abril de 2008, se publicó el Decreto n.º 55 /2008 de 11 de abril, por el que se regula la autorización de las Entidades Colaboradoras que elaboren solicitudes de ayuda de la Política Agraria Común y la utilización del programa informático Démeter facilitado por la Consejería de Agricultura y Agua.

El artículo 3 del mencionado Decreto indica que 'el plazo para presentar la autorización como Entidad Colaboradora será determinado anualmente por Orden de la Consejería de Agricultura y Agua' y que 'al menos se abrirán dos periodos por año, previos al inicio de los plazos de solicitud de las principales ayudas'

El capítulo II 'Identificación y firma de los interesados en el procedimiento administrativo' del título I 'De los interesados en el procedimiento' de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se refiere a:

- Sistemas de identificación de los interesados en el procedimiento.

- Sistemas de firma admitidos por las Administraciones Públicas

- Uso de medios de identificación y firma en el procedimiento administrativo

- Asistencia en el uso de medios electrónicos a los interesados.

Y que en concreto el punto 4 del artículo 10 dice:

Cuando los interesados utilicen un sistema de firma de los previstos en este artículo, su identidad se entenderá ya acreditada mediante el propio acto de la firma.

Teniendo en cuenta que en el caso de Demeter Web, se utilizan sistemas de firmas incluidos en este artículo lo cual presupone que no necesitarían disponer de un código Demeter para poder realizar sus propias solicitudes, pero que sin embargo, y por motivos tecnológicos, no podemos eliminar el requisito de tener un código Demeter para el correcto funcionamiento de esta aplicación.

Teniendo en cuenta que desde el cierre de la aplicación de captura Demeter Cliente en el año 2018 ya no sea necesario sacar una versión del programa cada vez que se da de alta una Entidad Colaboradora.

Teniendo en cuenta que se ha producido una estabilización en el número de Entidades Colaboradoras que elaboran las principales solicitudes de ayudas y registros, visto el Informe Jurídico favorable de fecha 29 de noviembre de 2021,

Resuelvo:

Primero.

Para el año 2022, el plazo de solicitud de alta o renovación como Entidad Colaboradora o la Solicitud de Código Demeter para hacer las propias solicitudes será desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022 de forma ininterrumpida.

Para el año 2022, dicho código Demeter no es necesario para la elaboración y presentación de las solicitudes que se gestionan por la aplicación SGA, en concreto:

- Solicitud Única.

- Solicitud de ratificación de pequeños agricultores.

- Solicitud de alegaciones al SIGPAC

- Solicitud de cesiones de derechos de pago básico

- Solicitud de derechos de pago básico a la reserva nacional.

- Solicitud de Inscripción en el Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA)

Segundo.

Aquellas Entidades Colaboradoras que trabajen en más de una ubicación física, deberán adjuntar a su solicitud la relación de las mismas incluyendo el municipio y la dirección de las mismas.

Tercero.

Las solicitudes se realizarán utilizando los formularios existentes al efecto en la Sede Electrónica de la Comunidad Autónoma (www.carm.es) / Registro y Guía de Procedimientos y Servicios / Buscador-Código del Procedimiento 5523 / Presentación de Solicitudes.

Cuarto.

La acreditación del seguro de responsabilidad civil al que se hace mención en el punto 7 del artículo 7 del Decreto nº 55 /2008 de 11 de abril, por el que se Regula la Autorización de las Entidades Colaboradoras que elaboren solicitudes de ayuda de la Política Agraria Común y la utilización del programa informático Deméter facilitado por la Consejería de Agricultura y Agua, se realizará mediante certificado conforme al modelo que se adjunta como Anexo I a esta Orden, si bien serán válidos los certificados de las Entidades Aseguradoras en los que quede meridianamente claro que los riesgos específicos que se indican en el Anexo 1 de esta Orden están incluidos.

Quinto.

Para la obtención del Código Demeter y con el fin de simplificar al máximo su obtención ya que según la Ley 39/2015 no es obligatorio disponer de ningún código para realizar las propias solicitudes, el interesado solicitará su código a la dirección de correo electrónico demeter@carm.es, siendo este asignado de manera automática.

Sexto.

La presente surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el 'Boletín Oficial de la Región de Murcia'

Séptimo.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejera de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien, recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Murcia, a 16 de diciembre de 2021. El Consejero de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente, Antonio Luengo Zapata.

AVISO: Este anuncio contiene uno o más anexos que no se muestran aquí. Acceda a la versión del anuncio en PDF para verlos

NPE: A-221221-7604

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