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Subvenciones
Orden IND/47/2022, de 23 ...08-07-2022

Última revisión
08/07/2022

Orden IND/47/2022, de 23 de junio, por la que se modifica la IND/52/2021, de 9 de septiembre, por la que se aprueba la convocatoria del programa de incentivos a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III): adquisición de vehículos eléctricos en la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. - Boletín Oficial de Cantabria de 08-07-2022

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Plazo de la solicitud:Ver Detalles, 08/07/2022 hasta ----

Beneficiarios: Empresas y autónomos

Tipo: Modificacion de subvenciones

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria

Categorías: Transporte y vehículos, Energía, Industria, Empresa, Consumo, Comercio y marketing, Justicia, Turismo y agencias de viajes, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i)

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(Páginas 147-149)


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El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que forma parte de la estrategia española para canalizar los fondos destinados por Europa para reparar los daños provocados por la crisis del COVID-19, se articula en torno a 10 políticas palanca con el fin de impulsar la recuperación económica a corto plazo y apoyar un proceso de transformación que aumente la productividad y el crecimiento potencial de la economía española en el futuro.

Las políticas palanca se materializan a través de 30 grupos temáticos de proyectos de inversiones y reformas denominados componentes.

El objetivo fundamental de la componente 1: Plan de choque de movilidad sostenible, segura y conectada en entornos urbanos y metropolitanos es impulsar la descarbonización de la movilidad urbana, la mejora de la calidad del aire y de la vida en las ciudades, aprovechando las oportunidades económicas, sociales e industriales asociadas a esta transformación.

Esta componente contempla, entre otras medidas para alcanzar los objetivos impuestos, fomentar el transporte sostenible a través del apoyo a la renovación del parque de vehículos por otros menos contaminantes y el despliegue masivo de infraestructuras de recarga como clave para la adopción del vehículo eléctrico, lo que se canaliza a través del Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo.

Además de aprobar la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica, el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, establece las normas especiales de estas subvenciones con carácter de bases reguladoras, disponiendo que cada comunidad autónoma debe realizar su convocatoria de ayudas.

La Comunidad Autónoma de Cantabria convocó las ayudas del programa MOVES III, mediante la Orden IND/52/2021, de 9 de septiembre, por la que se aprueba la convocatoria del programa de incentivos a la movilidad eléctrica (programa MOVES III): Adquisición de vehículos eléctricos en la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOC nº 185, de 24 de septiembre).

Durante el tiempo transcurrido desde la entrada en vigor de la Orden IND/52/2021, de 9 de septiembre, se ha puesto de manifiesto un aspecto que es necesario modificar.

Así, se ha recibido en el mes de mayo de 2022 el Informe PRO/CNMC/003/21, emitido por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), cuyo objeto es la valoración del diseño de las ayudas concedidas mediante el Programa 1 ? Fomento de la adquisición de vehículos eléctricos (MOVES III), desde la óptica de su impacto sobre la competencia y el cumplimiento de los principios de buena regulación.

En concreto, el informe señala que los requisitos de limitación de oferta, que han establecido una serie de CCAA entre las que se encuentra Cantabria, en las que se exige que la compraventa del vehículo se efectúe en concesionarios, puntos de venta o empresas de renting situadas en la propia comunidad autónoma, contribuyen a fragmentar el mercado y a reducir la intensidad de la competencia del mismo, derivando en un aumento de poder del lado de la oferta.

Siendo la finalidad de estas ayudas la descarbonización del sector transporte y la mejora de la calidad del aire mediante el fomento de la adquisición de vehículos eléctricos o de pila de combustible, la posición de fuerza desde el lado de la oferta podría provocar un empeoramiento de las condiciones de venta, incluido el precio, que podría disuadir al consumidor de la compra de un vehículo menos contaminante.

Siguiendo, por tanto, las recomendaciones de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), con el objeto de incentivar la solicitud de ayudas para el fomento del transporte sostenible en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se procede a modificar la Orden IND/52/2021, de 9 de septiembre, permitiendo la compra de vehículos a través de concesionarios, puntos de venta o empresas de renting sin limitación territorial.

En su virtud, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 23 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria y 35 f) de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria,

RESUELVO

Primero.- Modificación de la Orden IND/52/2021, de 9 de septiembre, por la que se aprueba la convocatoria del programa de incentivos a la movilidad eléctrica (PROGRAMA MOVES III): Adquisición de vehículos eléctricos en la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOC nº 185, de 24 de septiembre).

Se modifica la Orden IND/52/2021, de 9 de septiembre, por la que se aprueba la convocatoria del programa de incentivos a la movilidad eléctrica (PROGRAMA MOVES III): Adquisición de vehículos eléctricos en la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOC nº 185, de 24 de septiembre), en los siguientes términos:

Uno.- El párrafo primero del punto 1 del apartado noveno queda redactado como sigue:

'1. La presentación de solicitudes deberá realizarse obligatoriamente de forma telemática a través de alguna de las entidades colaboradoras previamente adheridas al Programa MOVES III de la Comunidad Autónoma de Cantabria. No se admite otra forma de presentación que no sea telemática a través de establecimiento adherido.'

Dos.- El punto 1 del apartado décimo queda redactado como sigue:

'1. Podrán ser concesionarios/puntos de venta/empresas de renting adheridas al Programa MOVES III, las empresas autorizadas para la comercialización de vehículos mediante venta o renting que operen en España.'

Tres.- El punto 1.4º del apartado decimosegundo queda redactado como sigue:

'4º. Copia del Impuesto de Tracción Mecánica o, en su caso, la solicitud de exención del mismo.'

Segundo.- Recursos.

Esta Orden, que agota la vía administrativa, es susceptible de recurso de reposición ante esta Consejería en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, o directamente de recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente a su publicación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.

Tercero.- Efectos.

La presente Orden desplegará sus efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria, sin perjuicio de su aplicación con carácter retroactivo a las solicitudes presentadas al amparo de la Orden IND/52/2021, de 9 de septiembre, que aún no hayan sido resueltas.

Santander, 23 de junio de 2022.

El consejero de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio,

Francisco Javier López Marcano.

Orden IND/47/2022, de 23 de junio, por la que se modifica la IND/52/2021, de 9 de septiembre, por la que se aprueba la convocatoria del programa de incentivos a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III): adquisición de vehículos eléctricos en la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. - Boletín Oficial de Cantabria de 08-07-2022

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