ORDEN EDU/727/2022, de 15 de junio, por la que se modifica la Orden EDU/1288/201...y León de 28-06-2022
Subvenciones
ORDEN EDU/727/2022, de 15...28-06-2022

Última revisión
28/06/2022

ORDEN EDU/727/2022, de 15 de junio, por la que se modifica la Orden EDU/1288/2019, de 11 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la adquisición de equipamiento científico compartido en el marco de la Red de Equipamiento Científico-Tecnológico compartido en Castilla y León denominada «Infraestructuras en Red de Castilla y León (INFRARED)», cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional. - Boletín Oficial de Castilla y León de 28-06-2022

Tiempo de lectura: 8 min

Tiempo de lectura: 8 min

Relacionados:

ORDEN EDU/727/2022, de 15 de junio, por la que se modifica la Orden EDU/1288/2019, de 11 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesion de subvenciones para la adquisicion de equipamiento cientifico compartido en el marco de la Red de Equipamiento Cientifico-Tecnologico compartido en Castilla y Leon denominada «Infraestructuras en Red de Castilla y Leon (INFRARED)», cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional. - Boletín Oficial de Castilla y León de 28/06/2022

Plazo de la solicitud:Ver Detalles, 28/06/2022 hasta ----

Beneficiarios: Administraciones públicas

Tipo: Bases

Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León

Categorías: Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Educación y ciencia, Empleo y contratación

Descargar en PDF

(Páginas 63-66)


Mediante Orden EDU/1288/2019, de 11 de diciembre, modificada por Orden EDU/1374/2021, de 16 de noviembre (B.O.C. y L. n.º 247, de 26 de diciembre y n.º 228 de 25 de noviembre), se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la adquisición de equipamiento científico compartido en el marco de la Red de Equipamiento Científico-Tecnológico compartido en Castilla y León denominada «Infraestructuras en Red de Castilla y León (INFRARED)», cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

Ante el final del Programa Operativo FEDER Castilla y León 2014-2020 es necesario modificar de nuevo la Orden EDU/1288/2019, de 11 de diciembre, para adaptar los tiempos de gestión a esta circunstancia.

Además, tras la experiencia en la tramitación de esta línea de subvenciones, es conveniente clarificar el concepto de grupo de investigación colaborador y su valoración.

De conformidad con el artículo 76.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en el procedimiento de elaboración de la presente orden se han sustanciado los trámites de consulta pública previa en atención al artículo 75.2 de Ley 3/2001, de 3 de julio, en relación con el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de audiencia en atención al artículo 75.5 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, a través de su publicación en el Portal de Gobierno Abierto de la Junta de Castilla y León.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León

DISPONGO

Artículo único. Modificación de la Orden EDU/1288/2019, de 11 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la adquisición de equipamiento científico compartido en el marco de la Red de Equipamiento Científico-Tecnológico compartido en Castilla y León denominada «Infraestructuras en Red de Castilla y León (INFRARED)», cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

Se modifica la Orden EDU/1288/2019, de 11 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la adquisición de equipamiento científico compartido en el marco de la Red de Equipamiento Científico-Tecnológico compartido en Castilla y León denominada «Infraestructuras en Red de Castilla y León (INFRARED)», cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en los siguientes términos

Uno. El apartado 4 del artículo 3 queda redactado de la siguiente forma

«4. Cada petición incorporará el documento que contenga el apoyo a la adquisición de un determinado equipamiento científico-tecnológico por parte de una o varias universidades públicas de Castilla y León u organismos o centros públicos de investigación ubicados en la Comunidad de Castilla y León que identifique

a) La concreta petición de adquisición que se apoya.

b) El grupo de investigación que propone ese apoyo.

c) El compromiso de que ningún grupo apoya más de una propuesta de petición de equipamiento.

El grupo de investigación que propone el apoyo es el grupo que colabora en la petición; dicha colaboración no incluye al grupo de investigación reconocido o unidad de investigación consolidada al que pertenece el investigador principal que realiza la petición de equipamiento.»

Dos. La letra b) del apartado 1 del artículo 8 queda redactado de la siguiente forma

«b). Capacidad científica de los grupos de investigación (De 0 a 2 puntos) Según el número de grupos de investigación que colaboran en la petición que podrán estar constituidos como unidades de investigación consolidadas o como grupos de investigación reconocidos por las universidades públicas o de los organismos o centros de investigación ubicados de Castilla y León

N.º de grupos

Puntuación

3

1 punto

4

1,5 puntos

5 o más

2 puntos

»

Tres. El artículo 10 queda redactado de la siguiente forma

«Artículo 10. Pago y justificación.

1. El pago de las subvenciones se regirá por lo establecido en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León, en la Ley de Presupuestos Generales de esta Comunidad para el año correspondiente, el Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, y demás normativa aplicable.

2. Las entidades beneficiarias deberán presentar, a través de su representante legal, cuenta justificativa respecto de cada uno de los equipamientos subvencionados, antes del 30 de octubre de ejercicio correspondiente, respecto de los gastos realizados entre la publicación de la resolución de concesión y el 15 de octubre de ese mismo ejercicio, con mención expresa a la aplicación de los fondos recibidos y al cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención.

3. Durante el desarrollo de las actividades la entidad beneficiaria prestará especial atención a la acreditación del cumplimiento de los requisitos de gestión y control de FEDER que estén vigentes en cada momento. A efectos de certificación de las operaciones cofinanciadas con FEDER, para la acreditación del cumplimiento del Reglamento (UE) N.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013 y en concreto lo relativo a información y comunicación y pista de auditoría; se deberá presentar cuenta justificativa en la consejería competente en materia de investigación universitaria, que contendrá una memoria económica justificativa que incluya

a) Relación ordenada por entidad beneficiaria de los gastos. El resumen recogerá todos los equipamientos subvencionados a esa entidad.

b) Documentación relativa al expediente de contratación respecto de cada equipo subvencionado. Todo documento que sustente la contratación deberá hacer referencia a la cofinanciación con FEDER.

c) Declaración responsable relativa a la recepción o no de subvenciones y ayudas con el mismo objeto de esta orden, y el importe de la misma, dada la incompatibilidad con otras ayudas financiadas con fondos públicos o privados que tengan una finalidad análoga establecida en el artículo 11.

d) Declaración responsable de la entidad que certifique que se mantiene un sistema de contabilidad separado de las actividades subvencionadas cofinanciadas, que permita una adecuada pista de auditoría, separando las actividades económicas de las no económicas en sus libros y estados contables, de tal manera que sea posible distinguir con claridad entre ambos tipos de actividades y entre sus respectivos costes y financiación.

e) Declaración responsable de la entidad beneficiaria de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con el Decreto 27/2008, de 3 de abril y de no hallarse incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones señalada en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

f) Acreditación del cumplimiento de lo establecido en el artículo 6.4 del Decreto 75/2008, de 30 de octubre.»

Cuatro. La disposición transitoria queda redactada como sigue

«Régimen transitorio de procedimientos.

A todos los actos de desarrollo y ejecución derivados de la Orden de 13 de febrero de 2020, de la Consejería de Educación, por la que se convocan subvenciones para la adquisición de equipamiento científico compartido en el marco de la red de equipamiento científico-tecnológico compartido en Castilla y León denominada Infraestructuras en Red de Castilla y León (INFRARED) cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en 2020, y de la Orden de 29 de noviembre de 2021, de la Consejería de Educación, por la que se convocan subvenciones para la adquisición de equipamiento científico compartido en el marco de la red de equipamiento científico-tecnológico compartido en Castilla y León denominada Infraestructuras en Red de Castilla y León (INFRARED) cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en 2022, les será de aplicación la Orden EDU/1288/2019, de 11 de diciembre, en los términos vigentes en el momento de la publicación de la correspondiente convocatoria.»

DISPOSICIÓN FINAL

Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid

2022-06-15

La Consejera, Fdo. Rocío Lucas Navas

ORDEN EDU/727/2022, de 15 de junio, por la que se modifica la Orden EDU/1288/2019, de 11 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la adquisición de equipamiento científico compartido en el marco de la Red de Equipamiento Científico-Tecnológico compartido en Castilla y León denominada «Infraestructuras en Red de Castilla y León (INFRARED)», cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional. - Boletín Oficial de Castilla y León de 28-06-2022

Ver el documento "ORDEN EDU/727/2022, de 15 de junio, por la que se modifica la Orden EDU/1288/2019, de 11 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la adquisición de equipamiento científico compartido en el marco de la Red de Equipamiento Científico-Tecnológico compartido en Castilla y León denominada «Infraestructuras en Red de Castilla y León (INFRARED)», cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional. - Boletín Oficial de Castilla y León de 28-06-2022"

Acceda bajo demanda

Accede a más de 4.000.000 de documentos

Localiza la información que necesitas