Orden de la Consejería de...14-05-2022

Última revisión
14/05/2022

Orden de la Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía por la que se modifica la Orden de 13 de junio de 2016 de la Consejería de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a los artesanos/as individuales y empresas artesanas en la Región de Murcia. - Boletín Oficial de la Región de Murcia de 14-05-2022

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Plazo de la solicitud:Ver Detalles, 14/05/2022 hasta ----

Beneficiarios: Administraciones públicas, Empresas y autónomos

Tipo: Modificacion de subvenciones

Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia

Categorías: Artesanía, Empleo y contratación, Empresa, Turismo y agencias de viajes, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Consumo

(Páginas 239-240)


I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía

2381 Orden de la Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía por la que se modifica la Orden de 13 de junio de 2016 de la Consejería de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a los artesanos/as individuales y empresas artesanas en la Región de Murcia.

Vista la Orden de 13 de junio de 2016 de la Consejería de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a los artesanos/as individuales y empresas artesanas en la Región de Murcia (BORM n.º 152, de 2 de julio de 2016).

Visto el artículo decimoctavo de la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en materia de regulación del juego (BOE núm. 164, de 10 de julio de 2021) de modificación de la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude.

Vistos el artículo 6 del Decreto n.º 3/2022, de 8 de febrero, de reorganización de la Administración Regional, la Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía es el departamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno, entre otras, en materia de artesanía, correspondiendo el ejercicio de las citadas competencias a la Dirección General de Consumo y Artesanía conforme al Decreto n.º 45/2021, de 9 de abril, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía (BORM n.º 81, de 10 de abril de 2021).

En su virtud, conforme a la Propuesta de la Dirección General de Consumo y Artesanía, tras la sesión del Consejo Asesor Regional de Artesanía de fecha 13 de abril de 2022, y de conformidad con las facultades que me atribuyen los artículos 38 y 52.1 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, y el artículo 16.2.d) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en relación con el Artículo 13.1 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Dispongo:

Artículo único.- Modificación de la Orden de 13 de junio de 2016 de la Consejería de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a los artesanos/as individuales y empresas artesanas en la Región de Murcia.

La Orden de 13 de junio de 2016 de la Consejería de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a los artesanos/as individuales y empresas artesanas en la Región de Murcia, queda modificada en los siguientes términos:

Uno. La letra a) del apartado 4 del artículo 2, queda redactada de la siguiente forma:

a) El I.V.A. y demás impuestos indirectos que sean susceptibles de ser recuperados o compensados, ni los impuestos personales sobre la renta.

Dos. El apartado 1 del artículo 10, queda redactado de la siguiente forma:

1. El plazo de presentación de solicitudes será de sesenta días hábiles a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación del extracto de la Orden de Convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, y previa publicación de la Orden de Convocatoria en la BDNS.

Tres. La letra g) del apartado 2 del artículo 17, queda redactada de la siguiente forma:

g) Los pagos en efectivo de las operaciones subvencionadas deberán de ajustarse en cuantía y forma a las exigencias de la legislación vigente en materia de prevención y lucha contra el fraude, que se concretará en la respectiva convocatoria.

A efectos del cálculo de las cuantías señaladas en el párrafo anterior, se sumarán los importes de todas las operaciones o pagos en que se haya podido fraccionar la entrega de bienes o la prestación de servicios.

Cuatro. El apartado f) del Anexo IV, queda redactado de la siguiente forma:

f) Los pagos en efectivo de las operaciones subvencionadas deberán de ajustarse en cuantía y forma a las exigencias de la legislación vigente en materia de prevención y lucha contra el fraude, que se concretará en la respectiva convocatoria.

A efectos del cálculo de las cuantías señaladas en el párrafo anterior, se sumarán los importes de todas las operaciones o pagos en que se haya podido fraccionar la entrega de bienes o la prestación de servicios.

Disposición final única. Entrada en vigor. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».

Murcia 3 de mayo de 2022. La Consejera de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía, María del Valle Miguélez Santiago.

NPE: A-140522-2381

Orden de la Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía por la que se modifica la Orden de 13 de junio de 2016 de la Consejería de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a los artesanos/as individuales y empresas artesanas en la Región de Murcia. - Boletín Oficial de la Región de Murcia de 14-05-2022

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