Extracto de la Resolución...13-06-2022

Última revisión
13/06/2022

Extracto de la Resolución de 1 de junio de 2022, del director general del Institut Valencià de Finances, por la que se convoca la línea de financiación «Préstamo bonificado IVF-Grandes distribuidores de productos agrícolas». [2022/5189] - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de 13-06-2022

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Plazo de la solicitud:Ver Detalles, 13/06/2022 hasta ----

Beneficiarios: Empresas y autónomos

Tipo: Convocatorias

Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana

Categorías: Empresa, Comercio y marketing, Industria, Agricultura

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(Páginas 228-229)


BDNS (identif.): 631150.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones:

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/631150

y en la página web del Institut Valencià de Finances:

http://www.ivf.gva.es i http://www.prestamos.ivf.es

Primero. Beneficiarios

El beneficiario operará necesariamente con el código 4631, Comercio al por mayor de frutas y hortalizas, de la Clasificación nacional de actividades económicas (CNAE-2009). Si además de operar en este sector de actividad, el beneficiario opera también en otros de actividad excluidos de esta convocatoria, podrá ser beneficiario de la financiación bonificada, siempre que sea posible garantizar, mediante la separación de actividades y distinción de costes, que las actividades excluidas no se beneficien, de ningún modo, de la financiación otorgada al amparo de esta Convocatoria.

El beneficiario de la financiación tendrá, al menos, un establecimiento, sucursal de producción, o sucursal de desarrollo de actividad radicado en la Comunitat Valenciana.

El beneficiario será una gran empresa, en el sentido de presentar en la fecha de la solicitud de financiación un tamaño superior al que corresponde a la definición de pequeña y mediana empresa recogida en el anexo I de esta convocatoria.

El beneficiario tendrá una antigüedad mínima de cinco años a la fecha de la solicitud de la financiación.

Demás requisitos previstos en el artículo 4 de la convocatoria.

Segundo. Objeto de la convocatoria

Constituye el objeto de la presente convocatoria el otorgamiento de préstamos bonificados para la financiación de operaciones de inversión que no se hayan iniciado o que, al menos, no hayan finalizado en el momento de la solicitud de la financiación, a realizar por grandes distribuidores de productos agrícolas que tengan, al menos, un establecimiento, sucursal de producción, o sucursal de desarrollo de actividad radicado en la Comunitat Valenciana. La cuantía de la financiación otorgada por el IVF al amparo de esta convocatoria guardará relación con la actividad económica realizada por el solicitante en la Comunitat Valenciana o, en su caso, con la actividad económica que prevé realizar tras el otorgamiento de la financiación.

Los proyectos empresariales que podrán acogerse a la financiación bonificada objeto de esta convocatoria tendrán por finalidad las siguientes actuaciones:

i. Ampliación y renovación de las instalaciones, maquinaria y equipos;

ii. Adquisición de participaciones empresariales; y

iii. Adquisición o elaboración propia de activos intangibles.

Tercero. Normas reguladoras

La convocatoria constituye las propias normas reguladoras de conformidad con lo previsto en el artículo 171 de la Ley 5/2013, de 23 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat.

Cuarto. Cuantía

Al amparo de esta convocatoria el Institut Valencià de Finances podrá otorgar financiación a terceros por un importe máximo de 10 millones de euros. La parte bonificada de los préstamos, que corresponde a los intereses bonificados y al tramo no reembolsable incorporado a los mismos, se financiará con cargo a la partida con código de línea presupuestaria X8812000, «Ayuda a la financiación de proyectos empresariales», del programa 542.70, Industrias agroalimentarias para el ejercicio 2022, del presupuesto de la Generalitat Valenciana para el ejercicio 2022. El tramo reembolsable de los préstamos se financiará con recursos propios del IVF.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y en la página web del IVF.

Sexto. Otros datos

1. Documentación: la prevista en el artículo noveno de la convocatoria.

2. Características de la financiación: las previstas en el artículo décimo de la convocatoria.

3. La solicitud de financiación se realizará mediante los formularios de cumplimentación electrónica previstos en la convocatoria como anexos III y IV, siendo obligatoria su presentación online a través de los medios disponibles en la página web del IVF (https://prestamos.ivf.es), con firma y registro electrónico.

4. Los beneficiarios deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo cuarto de la convocatoria, estableciéndose los sectores excluidos en el artículo tercero de la misma.

València, 1 de junio de 2022.- El director general del Institut Valencià: Manuel Illueca Muñoz.

Mapa web

Extracto de la Resolución de 1 de junio de 2022, del director general del Institut Valencià de Finances, por la que se convoca la línea de financiación «Préstamo bonificado IVF-Grandes distribuidores de productos agrícolas». [2022/5189] - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de 13-06-2022

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