Extracto de la Orden IND/48/2022, de 23 de junio, por la que se aprueba la convo...tabria de 07-07-2022
Subvenciones
Extracto de la Orden IND/...07-07-2022

Última revisión
07/07/2022

Extracto de la Orden IND/48/2022, de 23 de junio, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a infraestructuras de extensión de banda ancha y audiovisual autonómico en municipios de Cantabria considerados áreas con riesgo de exclusión digital (zonas blancas), con criterios de neutralidad tecnológica. - Boletín Oficial de Cantabria de 07-07-2022

Tiempo de lectura: 7 min

Tiempo de lectura: 7 min

Relacionados:

Extracto de la Orden IND/48/2022, de 23 de junio, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a infraestructuras de extension de banda ancha y audiovisual autonomico en municipios de Cantabria considerados areas con riesgo de exclusion digital (zonas blancas), con criterios de neutralidad tecnologica. - Boletín Oficial de Cantabria de 07/07/2022

Plazo de la solicitud:Ver Detalles, 07/07/2022 hasta ----

Beneficiarios: Administraciones públicas

Tipo: Convocatorias

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria

Categorías: Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Transporte y vehículos, Industria, Turismo y agencias de viajes, Comercio y marketing, Empleo y contratación

Descargar en PDF

(Páginas 44-46)


BDNS (Identif.): 636962.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/636962).

Primero.- Beneficiarios.

Podrán resultar beneficiarios de las subvenciones previstas en esta orden los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Cantabria que dispongan en su territorio de zonas blancas y no hayan resultado beneficiarios por el mismo concepto o en el mismo área de cobertura al amparo de las Ordenes INN/20/2019, de 28 de marzo, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a infraestructuras de extensión de banda ancha y audiovisual autonómico en municipios de Cantabria considerados áreas con riesgo de exclusión digital (zonas blancas), con criterios de neutralidad tecnológica (BOC de 12 de abril de 2019), INN/12/2020, de 2 de abril, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a infraestructuras de extensión de banda ancha y audiovisual autonómico en municipios de Cantabria considerados áreas con riesgo de exclusión digital (zonas blancas), con criterios de neutralidad tecnológica (BOC de 8 de abril de 2020), INN/35/2020, de 4 de agosto, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a infraestructuras de extensión de banda ancha y audiovisual autonómico en municipios de Cantabria considerados áreas con riesgo de exclusión digital (zonas blancas), con criterios de neutralidad tecnológica (BOC de 12 de agosto de 2020), INN/67/2020, de 30 de diciembre, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a infraestructuras de extensión de banda ancha y audiovisual autonómico en municipios de Cantabria considerados áreas con riesgo de exclusión digital (zonas blancas), con criterios de neutralidad tecnológica (BOC de 27 de enero de 2021) y IND/47/2021, de 9 de agosto, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a infraestructuras de extensión de banda ancha y audiovisual autonómico en municipios de Cantabria considerados áreas con riesgo de exclusión digital (zonas blancas), con criterios de neutralidad tecnológica (BOC de 19 de agosto de 2021).

Segundo.- Finalidad.

Es objeto de la presente Orden aprobar la convocatoria de ayudas, a conceder en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar el despliegue de infraestructuras de telecomunicaciones necesarias para la extensión de los servicios de banda ancha BCAN y audiovisuales TDCAN regional en áreas consideradas en riesgo de exclusión digital (zonas blancas), con criterios de neutralidad tecnológica.

El objetivo de la actuación es el despliegue de redes de acceso, pudiendo incluirse tramos de la red de transporte necesarios para dotar de conectividad a la red de acceso. En el caso de construcción de conducciones, estas serán lo suficientemente grandes para dar cabida a varias redes de cable y diferentes topologías de red, siendo este compromiso análogo en cada tecnología (nodos, enlaces, tramos, torres etc.).

Las bases reguladoras de estas ayudas se recogen en la Orden INN/6/2019, de 4 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a infraestructuras de extensión de banda ancha y audiovisual autonómico en municipios de Cantabria considerados áreas con riesgo de exclusión digital (zonas blancas), con criterios de neutralidad tecnológica, publicada en el BOC del 15 de marzo 2019, en adelante orden de bases, modificada por la Orden INN/29/2020, de 1 de julio, publicada en el BOC de 9 de julio de 2020 y la Orden IND/68/2021, de 1 de diciembre, publicada en el BOC de 13 de diciembre de 2021.

Tercero.- Financiación.

Las presentes ayudas serán concedidas con cargo a la aplicación 12.05.453C.761 'Zonas Blancas de Telecomunicaciones' de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2022, por una cuantía máxima de 206.888,00 ?.

Cuarto.- Inversión y gastos subvencionables.

Se consideran inversiones subvencionables las definidas en el artículo 6 de la orden de bases que se ejecuten desde el 1 de julio de 2022 al 30 de septiembre de 2023.

Quinto.- Intensidad y compatibilidad.

El importe de la subvención será de hasta el 80% del importe de la inversión y gastos considerados subvencionables. En cualquier caso, la subvención no superará los 25.000 euros por cada beneficiario.

Las subvenciones previstas en la presente Orden serán compatibles con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso para el mismo fin procedente del Gobierno de Cantabria, sus organismos autónomos o de otras Administraciones o entes, públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

No obstante, el importe total de las ayudas y subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aislada o conjuntamente, supere el coste del proyecto o actividad subvencionada o del umbral establecido en el artículo 4.1.y) del Reglamento (UE) Nº 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior, en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (Diario Oficial de la Unión Europea L 187/1, de 26 de junio de 2014).

Sexto.- Solicitudes y documentación.

Las solicitudes de subvención, debidamente cumplimentadas y firmadas por el representante legal del Ayuntamiento y acompañadas de la documentación requerida, se formularán en el modelo oficial que se adjunta como anexo I en esta orden de convocatoria, y serán dirigidas al consejero de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio del Gobierno de Cantabria, presentándose a través del Registro Electrónico Común de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria en la dirección electrónica 'https://sede.cantabria.es/'. El certificado electrónico con el que se firma la documentación presentada deberá corresponder a la persona que ostente la representación legal de la entidad solicitante. Las solicitudes se acompañarán de la siguiente documentación:

a) Preacuerdo y copia de la autorización del prestador del servicio para proporcionar servicios de internet de Banda Ancha o audiovisuales.

b) Borrador de Pliego Regulador/Proyecto Técnico, con criterios de neutralidad tecnológica en zonas blancas, que incluya en su caso plan de despliegue, consistente en una memoria con las distintas actuaciones a ejecutar, fechas en las que se van a desarrollar, porcentaje de hogares cubiertos y presupuesto detallado. Se incluirán además los parámetros de calidad de los servicios.

c) Certificación expedida por el secretario de la Corporación o representante de la Entidad Local de la resolución adoptada por el órgano competente por la que se dispone solicitar la subvención regulada en la presente Orden.

d) Declaración expresa responsable de no haber solicitado/recibido ayudas para el mismo proyecto objeto de la solicitud, haciendo constar, en caso contrario, el organismo o administración otorgante, denominación de la convocatoria y su importe.

e) Declaración responsable de no hallarse incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición para obtener subvenciones de las establecidas en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

f) Certificado de titularidad bancario, expedido por la entidad financiera.

La presentación del modelo normalizado de solicitud conllevará la autorización de la entidad solicitante a la Dirección General de Transportes y Comunicaciones para recabar los certificados a emitir por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (A.E.A.T.), por la Agencia Cántabra de Administración Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social, que permitan comprobar si el solicitante está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con estos organismos, a través de certificados telemáticos.

En el supuesto de que el solicitante manifestara expresamente que no otorga dicha autorización para recabar los certificados acreditativos deberá presentar junto con su solicitud de subvención los oportunos certificados, o bien declaración responsable de estar al corriente de tales obligaciones suscrita por el interventor general o secretario-interventor del Ayuntamiento. La presentación de esta declaración se hace sin perjuicio del control, por parte de los órganos gestores, del cumplimiento de las obligaciones con el Gobierno de Cantabria por la entidad beneficiaria.

La presentación de la solicitud implica el conocimiento y aceptación de la orden de bases.

Séptimo.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes será de dos meses y comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Cantabria.

Santander, 23 de junio de 2022.

El consejero de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio,

Francisco Javier López Marcano.

Extracto de la Orden IND/48/2022, de 23 de junio, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a infraestructuras de extensión de banda ancha y audiovisual autonómico en municipios de Cantabria considerados áreas con riesgo de exclusión digital (zonas blancas), con criterios de neutralidad tecnológica. - Boletín Oficial de Cantabria de 07-07-2022

Ver el documento "Extracto de la Orden IND/48/2022, de 23 de junio, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a infraestructuras de extensión de banda ancha y audiovisual autonómico en municipios de Cantabria considerados áreas con riesgo de exclusión digital (zonas blancas), con criterios de neutralidad tecnológica. - Boletín Oficial de Cantabria de 07-07-2022"

Acceda bajo demanda

Accede a más de 4.000.000 de documentos

Localiza la información que necesitas