Declaración de agosto como inhábil a efectos del cómputo del plazo previsto en l...la población activa.
Subvenciones
Declaración de agosto com...ón activa.

Última revisión
06/07/2023

Declaración de agosto como inhábil a efectos del cómputo del plazo previsto en la convocatoria de subvenciones a la formación y mejora de las capacidades de la población activa.

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RESOLUCIÓN de 30 de junio de 2023, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se declara inhábil el mes de agosto de 2023, a los efectos del cómputo del plazo previsto en esta resolución, correspondiente al procedimiento de concesión de subvenciones previsto en la Resolución de 28 de julio de 2022, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo por el que se aprueban bases reguladoras y se convocan subvenciones para el ejercicio 2022, destinadas al desarrollo de acciones para la formación no formal de cualificación y recualificación de la población activa vinculada prioritariamente a las cualificaciones profesionales en sectores estratégicos y mejora de las capacidades para la transición ecológica en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia. - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de 06/07/2023

Plazo de la solicitud:Ver Detalles, 06/07/2023 hasta ----

Beneficiarios: Administraciones públicas, Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos

Tipo: Modificacion de subvenciones

Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana

Cuantía: -

Categorías: Empleo y contratación, Educación y ciencia, Comercio y marketing, Medio Ambiente, Cultura e idiomas

Finalidad:
Se declara inhábil el mes de agosto de 2023, a los efectos del cómputo del plazo previsto en esta resolución, correspondiente al procedimiento de concesión de subvenciones previsto en la Resolución de 28 de julio de 2022, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo por el que se aprueban bases reguladoras y se convocan subvenciones para el ejercicio 2022, destinadas al desarrollo de acciones para la formación no formal de cualificación y recualificación de la población activa vinculada prioritariamente a las cualificaciones profesionales en sectores estratégicos y mejora de las capacidades para la transición ecológica en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia.
Requisitos:
Ver Resolución de 28 de julio de 2022, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo por el que se aprueban las bases reguladoras y se convocan subvenciones para el ejercicio 2022, destinadas al desarrollo de acciones para la formación no formal de cualificación y recualificación de la población activa vinculada prioritariamente a las cualificaciones profesionales en sectores estratégicos y mejora de las capacidades para la transición ecológica en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

RESOLUCIÓN de 30 de junio de 2023, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se declara inhábil el mes de agosto de 2023, a los efectos del cómputo del plazo previsto en esta resolución, correspondiente al procedimiento de concesión de subvenciones previsto en la Resolución de 28 de julio de 2022, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo por el que se aprueban bases reguladoras y se convocan subvenciones para el ejercicio 2022, destinadas al desarrollo de acciones para la formación no formal de cualificación y recualificación de la población activa vinculada prioritariamente a las cualificaciones profesionales en sectores estratégicos y mejora de las capacidades para la transición ecológica en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia. [2023/7562]

En la Resolución de 28 de julio de 2022, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, se prueban las bases reguladoras y se convocan subvenciones para el ejercicio 2022, destinadas al desarrollo de acciones para la formación no formal de cualificación y recualificación de la población activa vinculada prioritariamente a las cualificaciones profesionales en sectores estratégicos y mejora de las capacidades para la transición ecológica en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, exigen el cumplimiento de determinados plazos.

Concretamente, en el apartado 4 de la Base decimonovena «Criterios generales aplicables a la justificación y pago de la subvención» del anexo I de la citada resolución, establece que la entidad beneficiaria deberá presentar la justificación de la subvención en el plazo máximo de un mes desde la fecha de finalización de la acción formativa subvencionada.

Teniendo en cuenta el plazo establecido para la finalización de las acciones formativas, a la vista de las dificultades que entraña el cumplimiento del plazo de justificación durante el mes de agosto de 2023, y en uso de la facultad que se confiere a esta Dirección General para adoptar las medidas necesarias para la ejecución del procedimiento, conforme a lo establecido en el resuelvo cuarto de la citada Resolución de 28 de julio de 2022, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, esta Dirección General resuelve declarar inhábil dicho mes a efectos exclusivamente del cómputo del plazo de justificación mencionado.

Contra el presente acto, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución, de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien en el plazo de dos meses recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo competente, de conformidad con lo establecido en el artículo 8, apartado 3, así como en el artículo 46, apartado 1, ambos de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que estime pertinente.

València, 30 de junio de 2023.– El director general de LABORA, Servicio Valenciano de Empleo y Formación: Enric Nomdedeu i Biosca

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