Última revisión
12/03/2021
Bases reguladoras de la concesión de subvenciones para el fomento del euskera en establecimientos comerciales - 2021. - Boletín Oficial de Bizkaia de 12-03-2021
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Bases reguladoras de la concesion de subvenciones para el fomento del euskera en establecimientos comerciales - 2021. - Boletín Oficial de Bizkaia de 12/03/2021
Plazo de la solicitud:Ver Detalles, 12/03/2021 hasta ----
Beneficiarios: Administraciones públicas
Tipo: Bases
Boletín: Boletín Oficial de Bizkaia
Categorías: Cultura e idiomas, Comercio y marketing, Empresa, Hostelería y hoteles, Comunicación pública, Transporte y vehículos, Empleo y contratación
(Páginas 75-77)
Las presentes bases tienen por objeto establecer las normas que han de regir la concesión, en régimen de convocatoria abierta de las subvenciones destinadas al fomento del euskera en establecimientos comerciales y de hostelería de Etxebarri durante el ejercicio 2021.
Subvención para suscripciones en el periódico BERRIA
Con la finalidad de impulsar de forma eficaz la lectura de periódicos en euskera, el Ayuntamiento de Etxebarri a través del Servicio de Euskera del Área Sociocultural convoca subvenciones a solicitar por hosteleros o comercios de Etxebarri por la suscripción
en el periódico BERRIA a lo largo del ejercicio 2021. Los ejemplares estarán en todo momento a disposición de la clientela del establecimiento.
Subvención por la colocación de rótulos en euskera o bilingüe
Con el objetivo de incrementar la presencia del euskera en las rotulaciones (rótulos, toldos, letreros en vehículos,...) de los comercios, el Ayuntamiento de Etxebarri a través del Servicio de Euskera del Área Sociocultural convoca subvenciones a solicitar por los comercios para la colocación de rótulos en euskera o en bilingüe.
2. Personas Beneficiarias
Podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas de carácter privado que regentan un local comercial u hostelero en Etxebarri.
3. Cuantía global máxima objeto de subvención
El crédito destinado a la presente convocatoria según consta en el presupuesto municipal vigente es de 2.000,00 euros con cargo a la partida 3350-47100 y en la misma se incluye:
Subvención para suscripciones en el periódico BERRIA
El Ayuntamiento de Etxebarri abonará dos tercios del coste de la suscripción anual soportado por el/la beneficiario/a que se encuentren directa y objetivamente relacionados con el objeto de la subvención, en las condiciones establecidas en la Ordenanza General de Subvenciones, aprobada por acuerdo plenario de fecha 17 de marzo de 2005.
Subvención por la colocación de rótulos en euskera o bilingüe
a) Rótulos escrito únicamente en euskara se abonará el 50% del coste, con un máximo de 200 euros.
b) Rótulo escrito en euskara y castellano, es decir, en ambos ifdiomas, se abonará el 30% del coste, con un máximo de 100 euros, siempre que utilice el criterio de incentivar el bilingüismo, es decir, si se prioriza el texto en euskara en cuanto a su tamaño, el lugar que ocupa en la rotulación o aparece remarcado.
Las dos normas anteriores, a) y b), se aplicarán a cada uno de los carteles colocados. Por tanto, una tienda podrá poner más de un rótulo, si su fachada así lo
requiere.
No podrán acogerse a las ayudas descritas en los apartados a) y b) los rótulos
que contengan únicamente el nombre o el apellido, o el nombre y el apellido.
Tampoco se subvencionarán los rótulos que estén escritos incorrectamente o
contengan errores gramaticales. La Comisión de Euskara tendrá la potestad
para decidir en todos aquellos casos que no se encuentren recogidos por la presente ordenanza. En casos especiales, el Pleno de Gobierno Municipal analizará
y decidirá sobre propuestas de subvención.
Las subvenciones aquí reguladas se concederán mediante convocatoria abierta con el límite del crédito establecido, de esta forma las solicitudes se irán resolviendo a medida que vayan presentándose hasta agotarse el crédito disponible.
Estas subvenciones son compatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos procedentes de otras entidades públicas o privadas en los términos establecidos en la Ordenanza General de Subvenciones. En cualquier caso, el montante de la financiación obtenida, por subvenciones y otras fuentes, no podrá resultar superior al coste del acto subvencionado.
4. Solicitudes y documentación
La solicitud, dirigida al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Etxebarri, se presentará en el Registro General del Ayuntamiento de Etxebarri o por cualquiera de los medios contemplados en la Ley, durante todo el ejercicio del 2021, debiendo acompañarse los documentos siguientes:
- Fotocopia del DNI/NIF de la persona firmante de la solicitud.
- Justificante del gasto realizado por la suscripción realizada o rótulo instalado.
- Declaración jurada de no hallarse incurso en ninguna causa de prohibición de las previstas en el artículo 10 de la Ordenanza de Subvenciones.
- Declaración de las ayudas solicitadas y/o concedidas para la misma actividad por cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, indicando importe y entidad concedente.
- Certificado de estar al corriente del pago de la Seguridad Social en caso de existencia de trabajadores a su cargo.
El Ayuntamiento de Etxebarri comprobará de oficio si existe algún tipo de deuda con el mismo.
La presentación de solicitud implica la aceptación de la totalidad de la regulación descrita en las presentes Bases y, tanto en la Ordenanza General de subvenciones aprobada por acuerdo plenario de fecha 17 de marzo de 2005, como en lo regulado por la Ordenanza Municipal para la Normalización y el Desarrollo del Uso del Euskera, aprobada por acuerdo plenario de fecha 28 de septiembre de 2004.
Si la documentación presentada es incompleta o no reúne los requisitos exigidos por las presentes bases, se requerirá para que en un plazo máximo de 10 días se subsanen las faltas o se acompañen los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hicieran, se tendrá por desistida la petición.
5. Exclusiones
Además de las causas establecidas en la Ordenanza General de Subvenciones, no podrán obtener subvención alguna aquellas/os solicitantes que en la fecha de presentación de instancias no se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Municipal.
6. Plazo de presentación de las solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de las presentes bases en el «Boletín Oficial de Bizkaia» y finalizará una vez agotado el crédito de la partida presupuestaria 3350.47100.
En todo caso el plazo de presentación de solicitudes finalizará el 31 de diciembre de 2021.
7. Resolución
El Ayuntamiento resolverá las solicitudes por riguroso orden de entrada en el Registro de Entrada Municipal siempre que se presente la documentación completa. Para el supuesto de que se deba requerir documentación complementaria se tomará como fecha de entrada la de la cumplimentación efectiva del requerimiento.
Las resoluciones adoptadas por Resolución de Alcaldía, se pronunciarán sobre la concesión o denegación.
El plazo máximo para la resolución de las solicitudes será de un mes contado desde la finalización del plazo de presentación de la solicitud completa. Si transcurrido dicho plazo no se hubiese dictado resolución, la persona solicitante podrá entender desestimada su solicitud.
8. Pago
En el plazo de un mes a partir de la notificación de la concesión de subvención, se procederá al pago del 100% de la ayuda, previa presentación de los correspondientes justificantes del gasto, no exigiéndose para ello garantía alguna a las personas beneficiarias.
El abono de subvenciones se realizará por orden de recepción de solicitudes en la oficina del Servicio de Euskara, siempre que exista partida presupuestaria
9. Justificación
Con la presentación de los justificantes de pago se dará por justificada la subvención.
10. Devoluciones
Subvención para suscripciones en el periódico BERRIA
En caso de cancelación anticipada de la suscripción por parte del suscriptor, y en caso de haber recibido subvención por parte del Ayuntamiento, el beneficiario deberá proceder a la devolución de la parte proporcional correspondiente al período de suscripción cancelado.
11. Infracciones, sanciones y reintegros
Todo lo referente a la comisión de Infracciones, la Imposición de Sanciones y lo relativo al Procedimiento y las Causas de Reintegro se regirán por lo previsto en la Ordenanza General de Subvenciones aprobada por acuerdo plenario de fecha 17 de marzo de 2005.
12. Régimen jurídico
En lo no previsto en las presentes bases será de aplicación lo recogido en la Ordenanza General de Subvenciones aprobada por acuerdo plenario de 17 de marzo de 2005.
13. Cesión. Protección de datos
En cumplimiento con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se informa que los datos facilitados así como los que sean requeridos posteriormente para completar el expediente, serán incorporados al fichero de subvenciones, cuya titularidad corresponde al Ayuntamiento de Etxebarri.
La implicará la aceptación de la cesión de los datos contenidos en la misma y de los relativos a la subvención, en su caso, concedida, así como el consentimiento expreso para que el Ayuntamiento de Etxebarri pueda llevar a cabo el tratamiento de los mismos, siempre para el cumplimiento de las finalidades anteriormente indicadas. Asimismo, se informa que las personas solicitantes podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos mediante comunicación escrita al Servicio de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Etxebarri.
En Etxebarri, a 22 de febrero de 2021.-El Alcalde, Loren Oliva Santamaria
Ver el documento "Bases reguladoras de la concesión de subvenciones para el fomento del euskera en establecimientos comerciales - 2021. - Boletín Oficial de Bizkaia de 12-03-2021"
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