Bases reguladoras de la c...02-06-2022

Última revisión
02/06/2022

Bases reguladoras de la concesión de subvenciones económicas para el desarrollo de actividades en el ámbito de acción social durante el año 2022. - Boletín Oficial de Bizkaia de 02-06-2022

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Bases reguladoras de la concesion de subvenciones economicas para el desarrollo de actividades en el ambito de accion social durante el año 2022. - Boletín Oficial de Bizkaia de 02/06/2022

Plazo de la solicitud:Ver Detalles, 02/06/2022 hasta ----

Beneficiarios: Administraciones públicas

Tipo: Bases

Boletín: Boletín Oficial de Bizkaia

Categorías: Servicios Sociales, Empleo y contratación, Educación y ciencia, Igualdad, Ocio y tiempo libre, Economía Social, Empresa, Construcción y obras, Participación ciudadana, Infancia y juventud, Cultura e idiomas, Comercio y marketing, Vivienda e hipotecas, Ferias y congresos, Justicia

(Páginas 82-100)


La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Sestao, en sesión celebrada el día 11 de mayo de 2022, ha adoptado acuerdo relativo a la aprobación de la convocatoria pública y las bases reguladoras de la concesión de subvenciones económicas por parte del Ayuntamiento de Sestao para el desarrollo de actividades en el ámbito de Acción Social durante el ejercicio de 2022, cuyo contenido es el siguiente:

«Al amparo de lo previsto en el artículo 23.2 a) de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, que permite que, en atención a su especificidad, las bases reguladoras se incluyan en la propia convocatoria, tal y como prevé el artículo 7.1 de la Ordenanza municipal reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Sestao, aprobada por el Ayuntamiento Pleno y publicada en el 'Boletín Oficial de Bizkaia' número 107, de fecha 6 de junio de 2006; en el ejercicio de las competencias que le han sido delegadas por Decreto de fecha 25 de junio de 2019 del Sr. Alcalde-Presidente, y de conformidad con la propuesta vinculante emitida por la Comisión Informativa de Políticas Sociales y Desarrollo Humano; esta Junta de Gobierno Local acuerda:

PRIMERO

Aprobar la convocatoria pública y las bases reguladoras de la concesión de subvenciones económicas por parte del Ayuntamiento de Sestao para el desarrollo de actividades en el ámbito de Acción Social durante el ejercicio de 2022, con sujeción a la Ordenanza municipal reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Sestao, a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, al Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley General de Subvenciones, y a las siguientes bases:

Primera.-Objetivo y fin.

1. Constituye el objeto y fin de las presentes bases la concesión de subvenciones para la promoción y desarrollo de programas y actividades que complementen y/o suplan la intervención del Ayuntamiento de Sestao en el ámbito de Acción Social.

La finalidad de las presentes bases se concreta exclusivamente en la colaboración económica con las distintas entidades que desarrollen actividades subvencionables mediante la concesión de subvenciones económicas; por lo que no es objeto de las mismas la cesión de locales, materiales o infraestructuras municipales para la realización de aquellas actividades.

2. Los programas o actividades deberán realizarse durante el año 2022, sin ánimo de lucro y tendrán como marco de desarrollo el término municipal de Sestao.

3. El procedimiento de concesión de estas subvenciones será el de prorrateo (entre las entidades solicitantes que cumplan todos los requisitos establecidos en la base quinta y cuyos programas y actividades propuestos cumplan lo requerido en las bases segunda y tercera) del importe global máximo destinado a estas subvenciones, y conforme a los criterios establecidos en la base cuarta.

Segunda.-Programas y actividades subvencionables

Serán subvencionables los programas y actividades que seguidamente se especifican en los ámbitos que se indican:

1. Programas y actividades destinadas a personas mayores: jornadas, charlas informativas y formativas en temas de alimentación, salud y cualquier otro de actualidad que afecte a las personas mayores de 65 años; fomento, promoción y

formación del voluntariado en acompañamiento a personas mayores de 65 años.

2. Programas de prevención y promoción en el ámbito de las competencias de

los Servicios Sociales municipales: necesidades relacionadas con la autonomía

personal, la inclusión social y las situaciones de urgencia o desprotección social,

con particular incidencia en la prevención de las situaciones de riesgo.

3. Programas de información, formación y sensibilización social dirigidos a toda la

población, agentes sociales e institucionales en el ámbito social y sociosanitario.

4. Programas de atención social a: personas mayores autónomas o a su entorno; a

menores y adolescentes en riesgo de desprotección o a sus familias; a personas

o colectivos en riesgo de exclusión social.

5. Programas y actividades para atender necesidades básicas de la población desfavorecida social, laboral y económicamente, que complementen los servicios y

las prestaciones sociales legal y reglamentariamente establecidas.

6. Otros programas y actividades: cursos para el fomento y formación del voluntariado social; actividades informativas y programas formativos en el ámbito de la

lucha contra la exclusión social, la xenofobia y otros problemas sociales; programas terapéuticos de deshabituación y rehabilitación de toxicomanías; actividades que fomenten el tiempo libre y de ocio de afectados por minusvalías físicas

y/o psíquicas; actividades informativas y formativas en materia de inmigración.

Se excluyen expresamente los programas de formación, en cualquier materia,

que tengan como objetivo la capacitación para la búsqueda o mejora de empleo.

7. Banco de cuidados para personas mayores. Iniciativa destinada a proporcionar

cuidados a personas mayores de 65 años. Estos cuidados pueden ser desde

acompañar a la realización de gestiones de cualquier tipo o algunos más específicos de acompañamiento para paliar la soledad, tanto a nivel presencial como

telefónico o incluso para salir a la calle. No se trata de sustituir un servicio profesional (servicio de ayuda a domicilio, servicio de acompañamiento, servicios de

limpieza, etcétera), ya que el objetivo es prestar cuidados de forma puntual, temporal y altruista, y recibir a cambio bonos de tiempo de cuidado para poder utilizar esa persona o regalarlo a otra que pudiera necesitarlo. La puesta en marcha

de esta iniciativa requiere que sea organizada por una entidad legalmente constituida (Asociación; Fundación, etcétera) que disponga de una figura profesional

(Integradora Social, Animadora, o análoga) que capte, coordine y forme a las

personas voluntarias y establezca protocolos para acercar a las personas necesitadas de cuidado, garantizando el cumplimiento de los acuerdos. Las personas

participantes deberán formalizar los correspondientes contratos de voluntariado

con las entidades que desarrollen esta iniciativa, quienes deberán suscribir las

correspondientes pólizas de seguro de responsabilidad civil y accidentes. Debe

procurarse que participen las personas mayores más activas en el cuidado de

las menos activas.

Tercera.-Requisitos

1. Para que las actividades propuestas sean subvencionables deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Corresponderse con algunas de las actividades previstas en la base segunda de la presente convocatoria.

b) Contribuir a la consecución del interés público municipal, complementando y/o supliendo la intervención del Ayuntamiento de Sestao en los ámbitos especificados en la citada base segunda.

c) Que la actividad sea viable técnica y económicamente. 2. En el supuesto de que no se cumplan todos los requisitos expuestos la actividad no será subvencionada.

3. Expresamente se establece que en ningún caso serán subvencionables:

a) Actividades que, por su diseño, metodología, recursos a utilizar y/o personas destinatarias, considere el Ayuntamiento de Sestao que no alcanzarán los objetivos que se plantean en la presente convocatoria de subvenciones.

b) Actividades y programas cuyo coste económico se considere, por el Ayuntamiento de Sestao, elevado en consideración al impacto que, se supone, tendrá en la ciudadanía.

Cuarta.-Cuantías de las subvenciones a conceder

1. Serán considerados a los efectos de subvención todos los gastos necesarios para la realización de las actividades subvencionables, excepto los gastos por los conceptos de adquisición de bienes inmuebles, mobiliario o equipamiento técnico. Tampoco serán subvencionados los gastos de salarios, seguridad social y otros del personal propio de la entidad beneficiaria de la subvención cuando se deduzca que con las actividades que se proponen se pretende financiar el autoempleo de las personas socias o voluntarias de la entidad beneficiaria de la subvención.

2. Se admitirán los gastos de subcontratación de las actividades subvencionadas en los siguientes términos:

a) Se entiende que la persona o entidad beneficiaria subcontrata cuando concierte con terceros la ejecución parcial de la actividad que constituye el objeto de la subvención. No se entenderá subcontratación la contratación de servicios o bienes que precise la persona o entidad beneficiaria para realizar por sí misma la actividad subvencionada.

Tampoco se considerará subcontratación la contratación de personas expertas

y especializadas en la materia objeto de las actividades que se propone llevar a

cabo, cuando la entidad beneficiaria de la subvención no disponga de personas

socias o miembros de su organigrama con la capacitación o disponibilidad adecuada para su realización, siempre que las personas que se contraten al efecto

no sean socias ni voluntarias de esta entidad, y que la realización material de las

actividades para la que se contrata a aquellas personas se uno de los elementos

integrantes de la actividad propuesta, pero no el único. Así, otros aspectos tales

como: idea, diseño de la actividad, organización, puesta en conocimiento de las

potenciales personas destinatarias, selección de éstas, seguimiento de la actividad, resolución de problemas que surjan y evaluación final, han de ser tareas y

funciones asumidas y desarrolladas directamente por la entidad beneficiaria de

la subvención, a través de sus personas socias o miembros de su organigrama,

aspectos organizativos que comportan un coste económico no reflejado en el

presupuesto de gastos de la actividad, por ser una de las aportaciones de la

entidad beneficiaria de la subvención. En estos casos la entidad solicitante de la

subvención deberá aportar debidamente cumplimentado, junto con la documentación a que se refiere la base sexta de la presente convocatoria, el Anexo IV que

incluye esta convocatoria.

b) El límite máximo que podrá subcontratarse será el 50 por 100 del importe total del coste de la actividad o proyecto subvencionado.

3. Respecto de los gastos de funcionamiento, mantenimiento y consumos ordinarios de equipos, comunicaciones y locales, necesarios para realizar las actividades subvencionables, se subvencionarán, como máximo, hasta un 25% de los gastos totales que supongan la realización de las actividades subvencionadas.

4. Con carácter general el importe de las subvenciones a conceder será equivalente al 50 por 100 del coste de la actividad o programa objeto de subvención, y en ningún caso el importe de la subvención, sumado al resto de ingresos presupuestados, implicará un exceso de ingresos sobre los gastos presupuestados.

5. No obstante lo anterior, serán subvencionados al 75 por 100 del coste de la actividad o programa las actividades incluidas en la base Segunda de esta convocatoria

que, a criterio del órgano competente para la concesión de estas subvenciones, justifiquen expresa y debidamente que, entre sus objetivos, están la superación de estereotipos y roles de género, el empoderamiento de las mujeres, la corresponsabilidad y la erradicación de la violencia machista.

6. Asimismo, serán subvencionados al 100 por 100 del coste de la actividad o programa las actividades incluidas en la base Segunda de esta convocatoria que, a criterio del órgano competente para la concesión de estas subvenciones, tengan una especial relevancia y sean adecuadas para atender las necesidades básicas, en el ámbito de acción social, de la población de Sestao.

7. No se concederá a ninguna entidad una subvención superior a 5.000 euros, ya sea por una sola actividad o por el conjunto de actividades que le subvencione el Ayuntamiento de Sestao en el marco de la presente convocatoria de subvenciones.

8. En todo caso, si aplicados los criterios anteriores resultase que la subvención a conceder fuese superior a la cuantía económica pedida por la entidad solicitante, la subvención a conceder tendría como máximo la cuantía solicitada por dicha entidad.

9. Si el importe total de las subvenciones que procediese conceder fuera superior a la disponibilidad presupuestaria existente para su cobertura, se reducirán en el mismo porcentaje todas las subvenciones hasta que su cuantía total pueda ser cubierta con la consignación presupuestaria existente.

10. El importe de las subvenciones concedidas en ningún caso podrá, aisladamente o en concurrencia con subvenciones, ayudas o ingresos económicos de cualquier clase procedentes de otras Administraciones o Entes públicos o privados, superar el coste de la actividad a desarrollar por la entidad beneficiaria. Si del examen de la justificación de ingresos y gastos habidos resultase un exceso de ingresos sobre los gastos, la subvención concedida por el Ayuntamiento de Sestao se reducirá en la cuantía del exceso de ingresos resultante, debiendo reintegrarse la cuantía que proceda, en su caso. En los supuestos de concurrencia de subvenciones de dos o más Administraciones Públicas sujetas a la condición de reintegro establecida en este apartado, el reintegro se aplicará mediante prorrateo de las cantidades subvencionadas por aquellas Administraciones.

Quinta.-Entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en estas Bases las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sin ánimo de lucro, que realicen las actividades o proyectos que se expresan en esta convocatoria y que, además, cumplan los siguientes requisitos:

a) Deberán estar legalmente constituidas, y las que sean Asociaciones o Fundaciones además, deberán estar inscritas en el Registro General de Asociaciones o Registros Especiales del Gobierno Vasco. También podrán concurrir aquellas personas jurídicas legalmente constituidas que, aun no estando inscritas en los citados Registros, lo estén en otros dependientes de la Administración General del Estado o de Administraciones Autonómicas y tengan domicilio, sede o delegación social en la Comunidad Autónoma del País Vasco. En todo caso la inscripción en el Registro Público correspondiente deberá ser con una antelación mínima de un año a la fecha de publicación de la presente convocatoria de subvenciones en el Boletín Oficial de Bizkaia.

b) Estar debidamente inscritas en el Registro Municipal del Ayuntamiento de Sestao de Entidades Ciudadanas. El cumplimiento de este requisito será comprobado de oficio por la Sección de Acción Social e Igualdad del Ayuntamiento de Sestao.

c) La persona beneficiaria deberá realizar la actividad o proyecto subvencionado sin ánimo de lucro.

d) No estar incursa en procedimiento alguno de reintegro o sancionador iniciado en el marco de subvenciones o ayudas de la misma naturaleza a la que concurre ante el Ayuntamiento de Sestao; ni en las prohibiciones para obtener subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,

General de Subvenciones; que tampoco haya sido sancionada administrativa o

penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo, ni haya sido sancionada con la prohibición de concurrir a convocatorias de subvenciones o ayudas en virtud de la Ley 4/2005 de 18 de febrero, del Parlamento Vasco, para la

igualdad de mujeres y hombre; y que no persiga finalidad lucrativa alguna con

el desarrollo de las actividades para las que solicita subvención económica al

Ayuntamiento de Sestao.

e) Estar al corriente en la adecuada justificación de subvenciones concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Sestao. En este sentido no se concederá subvención a persona o entidad alguna que tuviese pendiente de justificar otra subvención municipal anterior, y ya hubiese transcurrido el plazo fijado para dicha justificación a la finalización del plazo para la presentación de solicitudes a la correspondiente convocatoria.

f) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias de derecho público y de la Seguridad Social.

Sexta.-Documentación

1. Las solicitudes de subvención se presentarán en el modelo oficial de solicitud que consta como Anexo I en las presentes bases reguladoras.

La convocatoria y las bases reguladoras de estas subvenciones podrán consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la página web del Ayuntamiento de Sestao (www.sestao.eus), a partir del día en que se publique en el Boletín Oficial de Bizkaia el correspondiente extracto de la convocatoria de estas subvenciones.

2. A la solicitud, la persona jurídica solicitante deberá acompañar la siguiente documentación:

a) Fotocopia de su ficha de Código de Identificación Fiscal; fotocopia de sus estatutos; fotocopia del Documento Nacional de Identidad de la persona física que firme la solicitud de subvención y fotocopia del documento acreditativo de que puede actuar en nombre y representación de la entidad solicitante para la correspondiente convocatoria de subvenciones; y las que sean Asociaciones o Fundaciones, además de lo anterior, aportarán fotocopia del documento acreditativo de su inscripción en el Registro Público correspondiente conforme a lo previsto en el apartado a) de la base quinta de la presente convocatoria.

b) Ficha de acreedor debidamente cumplimentada, para el abono de la subvención que proceda (conforme al modelo establecido en el Anexo III de esta convocatoria).

c) Certificados de la Tesorería General de la Seguridad Social y de la Hacienda Pública donde tenga su domicilio fiscal la persona jurídica solicitante acreditativos de que se halla al corriente en sus obligaciones con esas entidades. Los citados certificados deberán ser de fecha posterior a la publicación del extracto de la convocatoria de estas subvenciones en el Boletín Oficial de Bizkaia.

De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y salvo

expresa oposición de la entidad solicitante que deberá manifestarse en la correspondiente solicitud de subvención, el Ayuntamiento de Sesto procederá de

oficio por los medios de interoperabilidad de que disponga a consultar los datos

relativos al estado de las entidades solicitantes respecto de sus obligaciones

con la Tesorería General de la Seguridad Social y de la Hacienda Pública correspondiente. No obstante, si el Ayuntamiento de Sestao no obtuviese del órgano

competente la autorización para consultar los referidos datos, se requeriría a la

entidad solicitante de la subvención para que aportase los citados certificados

de la Tesorería General de la Seguridad Social y de la Hacienda Pública, en los

términos previstos en el punto 6 de la base séptima de la presente convocatoria.

En el supuesto de que la entidad solicitante de subvención se oponga expresamente a que el Ayuntamiento de Sestao consulte los datos relativos al estado

de dicha entidad solicitante respecto de sus obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social y de la Hacienda Pública correspondiente, la citada

entidad solicitante deberá acompañar a su solicitud de subvención los correspondientes certificados de la Tesorería General de la Seguridad Social y de la

Hacienda Pública donde tenga su domicilio fiscal.

d) Certificado acreditativo de que la entidad solicitante se halla al corriente de sus obligaciones con el Ayuntamiento de Sestao. Esta certificación se incorporará al expediente, de oficio, por la Sección de Acción Social e Igualdad del Ayuntamiento de Sestao.

e) En el supuesto de solicitantes que fuesen personas jurídicas exentas de obligaciones tributarias de derecho público, deberán presentar documentación acreditativa de dicha exención.

f) Declaración de no hallarse la persona o entidad solicitante incursa en procedimiento alguno de reintegro o sancionador iniciado en el marco de subvenciones o ayudas de la misma naturaleza a la que concurre ante el Ayuntamiento de Sestao; de no estar incursa en las prohibiciones para obtener subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; de que tampoco haya sido sancionada administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo, ni haya sido sancionada con la prohibición de concurrir a convocatorias de subvenciones o ayudas en virtud de la Ley 4/2005 de 18 de febrero, del Parlamento Vasco, para la igualdad de mujeres y hombre; y de que no persigue finalidad lucrativa alguna con el desarrollo de las actividades para las que solicita subvención económica al Ayuntamiento de Sestao (conforme al modelo establecido en el Anexo II de esta convocatoria).

g) En el supuesto de que sea preciso contratar personas expertas y especializadas para realizar las actividades que se propone llevar a cabo, y siempre que la entidad beneficiaria de la subvención no disponga de personas socias o miembros de su organigrama con la capacitación o disponibilidad adecuada para su realización, deberán aportar debidamente cumplimentada una declaración conforme al modelo establecido en el Anexo IV de esta convocatoria.

3. Si alguno de los documentos relacionados en los apartados a) y b) del punto 2 de la presente Base ya hubiesen sido entregados con anterioridad al Ayuntamiento de Sestao, no hubiera transcurrido más de cinco años ni sufrido modificación alguna desde su presentación, la persona o entidad solicitante estará eximida de su nueva presentación. No obstante, en estos supuestos por la persona o entidad solicitante deberá indicarse expresamente la fecha de presentación de dichos documentos y el procedimiento para el que se aportaron, manifestando que no han sufrido modificación alguna.

Séptima.-Solicitudes y plazos

1. Las personas jurídicas, por medio de las personas físicas que las representen (representación que ha de estar acreditada en el Registro Electrónico de Apoderamientos del Ayuntamiento de Sestao), deben presentar sus solicitudes de subvención, junto con la documentación requerida, en el Registro Electrónico del Ayuntamiento de Sestao.

Las personas físicas pueden presentar sus solicitudes de subvención, junto con la documentación requerida, tanto en el Registro Electrónico del Ayuntamiento de Sestao como en el Registro General del Ayuntamiento de Sestao. En el supuesto de que las presenten en este último Registro, ubicado en el edificio de la Casa Consistorial, sito en la Calle Aizpuru número 1 del municipio de Sestao, lo podrán realizar de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas, sin perjuicio de los medios de presentación previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2. La solicitud será firmada por quien ostente la representación de la persona jurídica solicitante de subvención.

3. El plazo de presentación de solicitudes será de treinta (30) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del correspondiente extracto de la convocatoria de estas subvenciones en el Boletín Oficial de Bizkaia, extracto cuya publicación se tramitará por la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de conformidad con lo establecido en la Ley 38/2003 General de Subvenciones.

4. Las solicitudes que se presenten fuera del plazo hábil serán desestimadas, sin más trámite, y así se indicará en la resolución del procedimiento de concesión de las subvenciones a que se refiere esta convocatoria.

5. La presentación de solicitudes supone la aceptación íntegra y expresa de todas las condiciones contenidas en las presentes bases y en la Ordenanza municipal reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Sestao.

6. Si las solicitudes no vinieran cumplimentadas en todos sus términos, o no fuesen acompañadas de la documentación preceptiva, se requerirá a la persona o entidad solicitante para que en el plazo de diez días hábiles subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su solicitud; desistimiento que se declarará expresamente en la resolución del procedimiento de concesión de las subvenciones a que se refiere la presente convocatoria.

Octava.-Resolución

1. Una vez recibidas todas las solicitudes, por la Sra. Jefa de Negociado de Trabajadoras/es Sociales, o en su ausencia quien asuma sus funciones, se emitirá informe. En este informe se expresará las entidades que han concurrido a la convocatoria, las actividades o proyectos para los que solicitan subvención, indicando si las entidades y actividades reúnen los requisitos establecidos para ser subvencionadas y la subvención que, en su caso, procedería conceder en aplicación de las bases reguladoras de estas subvenciones. A la vista de ese informe, por el Sr. Jefe de Sección de Acción Social e Igualdad, o en su ausencia quien asuma sus funciones, se emitirá una propuesta de resolución provisional.

2. Emitida la propuesta de resolución provisional, la Comisión Informativa de Políticas Sociales y Desarrollo Humano formulará a la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Sestao la correspondiente propuesta de resolución definitiva, propuesta que podrá coincidir con la emitida por la citada Jefatura de Sección o no, si bien en todo caso deberá estar motivada y conforme con los requisitos y criterios de concesión establecidos en las presentes bases.

3. La Junta de Gobierno Local, a la vista de la propuesta de resolución definitiva emitida por la Comisión Informativa de Políticas Sociales y Desarrollo Humano, resolverá el procedimiento, pudiendo hacerlo en el mismo sentido que la propuesta de resolución definitiva, o apartándose de la misma, si bien en este caso deberá motivar la razón de ello y justificar la resolución en la aplicación de los criterios establecidos en las presentes bases y en la Ordenanza municipal reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Sestao.

En la resolución del procedimiento se expresarán las subvenciones concedidas a cada solicitante, las condiciones en que se otorguen (tales como actividades subvencionadas, porcentajes y cuantía máximas de subvención, plazo de ejecución de las actividades, forma y plazo de justificación de su ejecución, documentación a presentar, etcétera), así como las solicitudes desestimadas y las declaradas desistidas, y su motivación.

4. La resolución de la concesión de estas subvenciones deberá adoptarse en el plazo máximo de seis meses desde que finalice el plazo hábil para concurrir a la convocatoria de estas subvenciones.

5. La resolución por la que se conceda o deniegue las subvenciones se notificará a las entidades solicitantes, e indicará los recursos que contra la misma procedan.

Esta resolución será expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Sestao durante el plazo de un mes a contar desde la fecha en que se publique en el Boletín Oficial de Bizkaia el extracto relativo a la resolución del procedimiento de concesión de subvenciones de la convocatoria correspondiente así como del lugar donde se expone dicha resolución.

La información relativa a las subvenciones concedidas será remitida por el Ayuntamiento de Sestao a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

6. Se entenderá que las entidades beneficiarias aceptan las subvenciones concedidas si en el plazo de diez días hábiles, a computar desde el día siguiente a la fecha de notificación del acuerdo por el que se les concedan las subvenciones, no comunican al Ayuntamiento de Sestao, por escrito, su renuncia a las subvenciones.

7. Las entidades subvencionadas deberán solicitar el consentimiento expreso del Ayuntamiento de Sestao para llevar a cabo cambios significativos en la ejecución de los proyectos subvencionados respecto de lo previsto inicialmente. Estos cambios deberán ser sometidos a resolución del órgano que hubiese concedido la subvención quien podrá aprobar las modificaciones si se respetan el objeto, condiciones y finalidad de la subvención concedida.

Novena.-Abono de las subvenciones

1. Con carácter general, el abono de las subvenciones que se concedan se realizará en dos pagos; un primer pago, por el importe del 75% de la subvención que se conceda, cuya ordenación se dispondrá en la misma resolución por la que se resuelva la concesión de las subvenciones; y un segundo pago, por un importe equivalente al 25% restante de la subvención, previa la presentación por parte de la entidad beneficiaria de la documentación justificativa a que se refiere la base undécima de la presente convocatoria.

2. Excepcionalmente, el órgano competente para la concesión de estas subvenciones podrá aprobar que el abono de las subvenciones que se concedan se realice en un único pago anticipado, por el importe del 100% de la subvención que se conceda en cada caso, cuya ordenación se dispondrá en la misma resolución por la que se resuelva la concesión de las subvenciones. La aplicación de esta excepcionalidad requerirá que la entidad beneficiaria de la subvención lo haya solicitado expresamente en el apartado correspondiente del Anexo I de las presentes Bases, exponiendo los motivos de dicha solicitud, y que el órgano competente para la concesión de estas subvenciones así lo disponga expresamente en el acuerdo de concesión de la subvención, si considera que los motivos expuestos por la entidad beneficiaria de la subvención justifican el abono de la subvención en un único pago anticipado.

3. La aprobación municipal de la justificación presentada por las personas o entidades beneficiarias incluirá, en su caso, la ordenación del abono del resto de la subvención que corresponda o la determinación de la cuantía económica que haya de reintegrar la persona o entidad beneficiaria en el supuesto de que hubiese habido un exceso de ingresos económicos sobre los gastos que estén debidamente justificados, a juicio del Ayuntamiento de Sestao, en el desarrollo de la actividad o proyecto subvencionado. La resolución por la que se apruebe la justificación y, en su caso, se disponga el abono del resto de la subvención o requerimiento de reintegro será adoptada, previos los informes emitidos por la Sección de Acción Social e Igualdad y por la Intervención municipal, por la Alcaldía-Presidencia u órgano municipal en quien delegue la resolución de los asuntos en materia de Acción Social. Esta resolución será remitida por el Ayuntamiento de Sestao a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, al objeto de que sea objeto de publicación.

Décima.-Obligaciones de las entidades beneficiarias

1. Las entidades beneficiarias de las subvenciones deberán cumplir con las siguientes obligaciones:

a) Cumplir exactamente con las normas contenidas en la presente convocatoria, así como las demás condiciones que se pudieran establecer en la resolución municipal por la que se concedan las subvenciones.

b) Destinar la subvención a la finalidad para la que se hubiese concedido.

c) Obtener cuantas autorizaciones, públicas o privadas, sean precisas para el desarrollo de la actividad subvencionada; cumplir la normativa legal vigente que afecte a cualquiera de los elementos de organización y celebración de las actividades o proyectos subvencionados; suscribir las pólizas de seguro de responsabilidad civil y de accidentes que sean precisas; y, en definitiva, asumir todas las responsabilidades que pudieran derivarse de la realización de las actividades o proyectos subvencionados, quedando exonerado el Ayuntamiento de Sestao de cualquier responsabilidad al respecto.

d) Hacer constar expresamente que las actividades o proyectos son subvencionados por el Área de Acción Social del Ayuntamiento de Sestao. Esta mención expresa se realizará en todos aquellos medios, escritos y audiovisuales, que se utilicen para la divulgación, difusión o publicación de las actividades o proyectos subvencionados. Ese patrocinio, así como el contenido de cualquier documento, comunicado o información que se haga por cualquier medio de las actividades o proyectos subvencionados, deberá hacerse en las dos lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El patrocinio municipal será de obligada constancia exclusivamente en las actividades que se difundan con posterioridad a la fecha de notificación del acuerdo

de concesión de la subvención.

e) Hacer un uso no sexista del lenguaje y de imágenes no estereotipadas en todas las comunicaciones, publicidad y elementos de difusión de las actividades y programas subvencionados.

f) Sometimiento a las actuaciones de comprobación a efectuar por el Ayuntamiento de Sestao y facilitar cuanta información complementaria le sea requerida con ocasión de las actividades o proyectos subvencionados.

g) Comunicar al Ayuntamiento de Sestao la obtención de otras subvenciones o ayudas económicas, procedentes de cualesquiera entidades públicas o privadas, obtenidas para la realización de las mismas actividades subvencionadas por este Ayuntamiento. Esta comunicación, que deberá efectuarse tan pronto como se conozca, incluirá la cuantía obtenida como subvención o ayuda y la entidad concedente.

h) De conformidad con lo establecido en el artículo 18.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en los artículos 3 b), 8.2 en relación con el artículo 8.1 c) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, las entidades que, en aplicación de las presentes bases, perciban una subvención por importe total igual o superior a 5.000 euros y, al menos, el 40% del total de sus ingresos anuales tengan carácter de ayuda o subvención pública, deberán cumplir con las disposiciones del Capítulo II de la indicada Ley 19/2013 referentes a la publicidad activa.

Undécima.-Justificación

1. Una vez finalizada la actividad o proyecto para cuya realización se haya concedido la subvención, por la entidad beneficiaria deberá presentarse la correspondiente justificación documental que acredite el correcto destino dado a la subvención.

2. De conformidad con lo previsto en el artículo 72.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para justificar el cumplimiento de las condiciones impuestas

y la consecución de los objetivos previstos en la concesión de la subvención, la entidad beneficiaria debe presentar una Cuenta Justificativa Simplificada, conforme al modelo del Anexo V de las presentes Bases. Esta Cuenta Justificativa Simplificada deberá ser firmada por la persona física que, en el marco de las subvenciones reguladas en estas Bases, ostente la representación de la entidad beneficiaria de la subvención, y contendrá la siguiente información y documentación:

a) Memoria detallada de las actividades realizadas, con evaluación de los resultados obtenidos. Esta memoria, cuando las actividades tengan personas destinatarias perfectamente identificables, deberá incorporar información del número de personas destinatarias desagregada por sexo e información relativa al posible impacto de las actividades en la igualdad entre mujeres y hombres.

b) Relación clasificada de los gastos habidos con ocasión de las actividades realizadas, con identificación del acreedor, su importe y fecha de emisión. A esta relación deberán adjuntarse facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, cuyo importe total sea, como mínimo, igual a la subvención económica concedida por el Ayuntamiento de Sestao, haciéndose declaración expresa a que dichos documentos son originales y que no son objeto de cobertura por ninguna otra subvención pública o privada.

c) Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado las actividades subvencionadas con indicación del importe y su procedencia.

d) Un ejemplar de los estudios, programas, publicaciones, carteles anunciadores y cuanta documentación gráfica y escrita se haya elaborado con ocasión de la actividad subvencionada, en la que deberá constar expresamente el patrocinio del Área de Acción Social del Ayuntamiento de Sestao, en los términos previstos en la base décima de esta convocatoria.

3. Los justificantes deberán corresponder necesariamente a los gastos ocasionados con el cumplimiento de los fines y actividades para los que se haya concedido la subvención según la solicitud previa; y no se admitirán como justificación los gastos realizados para el cumplimiento de fines distintos.

4. Para que la documentación acreditativa de gastos sea admitida como justificación deberá estar fechada en el año 2022.

5. Serán admitidos los documentos justificativos de la subcontratación de las actividades por la persona o entidad beneficiaria, en los límites máximos establecidos en las presentes bases.

6. Plazo de presentación de la Cuenta Justificativa Simplificada. Las personas jurídicas beneficiarias de estas subvenciones, por medio de las personas físicas que las representen (representación que ha de estar acreditada en el Registro Electrónico de Apoderamientos del Ayuntamiento de Sestao), deben entregar en el Registro Electrónico del Ayuntamiento de Sestao, con anterioridad al día 1 de febrero de 2023, la Cuenta Justificativa Simplificada y demás documentación a que se refiere el punto 2 de la presente Base. Toda entidad beneficiaria que no dé cumplimiento exacto a la obligación de presentar la referida documentación justificativa, en el plazo y forma indicados, perderá el derecho a percibir tanto las cantidades ya recibidas como, en su caso, las pendientes de cobro, con la consiguiente obligación de devolución de las primeras. El cumplimiento de la obligación de presentar la documentación indicada no generará un derecho definitivo al cobro de la subvención que, en todo caso, dependerá de la aprobación final de su justificación.

Las personas físicas beneficiarias de estas subvenciones podrán presentar la justificación a que se refiere este apartado, tanto en el Registro Electrónico del Ayuntamiento de Sestao como en el Registro General del Ayuntamiento de Sestao, siéndoles de aplicación los mismos plazos y condiciones establecidas en el párrafo anterior.

7. El Ayuntamiento de Sestao, al objeto de obtener evidencia razonable sobre la adecuada aplicación de la subvención, podrá requerir a la entidad beneficiaria de la

subvención la remisión de los justificantes de gasto que considere oportunos de los contenidos en la Cuenta Justificativa Simplificada presentada. La entidad beneficiaria estará obligada a dar cumplimiento a dicho requerimiento en el plazo de 10 días hábiles desde que le sea notificado formalmente. En el supuesto de que la entidad beneficiaria no atienda ese requerimiento ello será considerado un incumplimiento de las obligaciones que le conciernen, y perderá el derecho a percibir tanto las cantidades ya recibidas como, en su caso, las pendientes de cobro, con la consiguiente obligación de devolución de las primeras.

Duodécima.-Otras condiciones

Primera: Respecto del reintegro de las subvenciones, régimen sancionador y cualesquiera otros aspectos que no se hayan previsto en las presentes bases, será de aplicación lo establecido en la Ordenanza municipal reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Sestao, y en los preceptos de la Ley 38/2003 General de Subvenciones y del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que resulten de aplicación.

Segunda: Las subvenciones para el desarrollo de programas y actividades objeto de las presentes bases se concederán con cargo a la partida presupuestaria del Presupuesto Municipal del año 2022 consignada como 2310.481.04 «Subvenciones asistenciales», cuya asignación tiene un crédito de treinta y dos mil cuatrocientos euros (32.400 euros).

Tercera: La concesión de las subvenciones reguladas en las presentes bases queda sometida a la condición suspensiva de la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del mismo en el ejercicio correspondiente.

ANEXO I

SOLICITUD DE SUBVENCIÓN ECONÓMICA AL AYUNTAMIENTO DE SESTAO PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ÁMBITO DE ACCIÓN SOCIAL. AÑO 2022

1. Datos de la entidad solicitante

1.1. Nombre: ..................................................................................................................................

1.2. CIF: .........................................................................................................................................

1.3. Dirección de la sede social en la Comunidad Autónoma del País Vasco: .............................

1.4. Dirección de la entidad solicitante a efectos de notificación oficial: .......................................

1.5. Teléfono: .................................................................................................................................

1.6. Fax: ........................................................................................................................................

1.7. Dirección de correo electrónico: .............................................................................................

1.8. Fecha de constitución: ...........................................................................................................

1.9. Fecha de inscripción en el Registro Público a que se refiere la Base quinta apartado a) de la presente convocatoria: ..........................................................................................................................

1.10. Fecha de inscripción en el Registro Municipal del Ayuntamiento de Sestao de Entidades Ciudadanas: ..........................................................................................................................................

1.11. Persona apoderada que firma la presente solicitud, y cargo que ocupa en la entidad (adjuntar documento acreditativo de ese apoderamiento): .............................................................................

1.12. Persona responsable de las actividades, y teléfono de contacto: ........................................

1.13. Relación nominativa de cada una de las actividades para cuya realización se solicita subvención económica: ...............................................................................................................................

2. Documento descriptivo de la actividad para cuya realización se solicita subvención económica

Se presentará un documento descriptivo por cada una de las actividades, conforme al siguiente modelo:

2.1. Datos generales de la actividad

- Denominación de la actividad: ......................................................................................................

- Objetivos: ......................................................................................................................................

- Si entre los objetivos están la superación de estereotipos y roles de género, el empoderamiento de las mujeres, la corresponsabilidad y la erradicación de la violencia machista, debe detallarse y justificarse expresamente porqué se considera que la actividad tiene estos objetivos: ............ ......................................................................................................................................................

- Personas destinatarias (especificándose: sector de población -infancia, juventud, personas mayores, discapacitadas, otros-; número estimado de personas destinatarias): ..............................

- Recursos humanos y técnicos para su realización: ......................................................................

- Metodología para el diseño, organización, ejecución y evaluación de las actividades a realizar: .....................................................................................................................................................

- Actividades que se van a realizar: ................................................................................................

- Fechas de realización: .................................................................................................................

- Lugar de realización: ....................................................................................................................

- Otros datos de interés que considere oportunos la entidad solicitante: ......................................

2.2. Presupuesto de gastos de la actividad

Concepto (Importe en euros)

1. Contrataciones de servicios (especificar) ...............................................................................€.

2. Alquileres (especificar) .............................................................................................................€.

3. Materiales (especificar) ............................................................................................................€.

4. Publicidad y difusión ...............................................................................................................€.

5. Pólizas de seguros ..................................................................................................................€.

6. Otros gastos (especificar) .......................................................................................................€.

Total de gastos ..............................................................................................................................€.

2.3. Presupuesto de ingresos de la actividad

Concepto (Importe en euros)

1. Cuotas de socios o fondos de la entidad ................................................................................€.

2. Subvenciones públicas o privadas, sin incluir la que se solicite al Ayuntamiento de Sestao (especificar) ..................................................................................................................................€.

3. Otros ingresos (especificar) ....................................................................................................€.

Total de ingresos ...........................................................................................................................€.

2.4. Subvención económica que se solicita al Ayuntamiento de Sestao para la realización de esta actividad: ..................................................................................................................................€.

2.5. Solicita que la subvención que le sea concedida le sea abonada en un único pago anticipado (indicar Sí o No): ..........................................................................................................................

Exposición de los motivos por los que solicita que les sea abonada la subvención en un único pago anticipado:

………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………………………………………..

3. Documentación que se adjunta a esta solicitud

(Relacionar y adjuntar toda la documentación requerida en la base sexta de las que regulan estas subvenciones. En el supuesto de que alguno de los documentos requeridos ya hubiese sido entregado con anterioridad al Ayuntamiento de Sestao, no hubiera transcurrido más de cinco años ni sufrido modificación alguna desde su presentación, la persona o entidad solicitante estará eximida de su nueva presentación. No obstante, en estos supuestos por la persona o entidad solicitante deberá indicarse expresamente la fecha de presentación de dichos documentos y el procedimiento para el que se aportaron, manifestando que no han sufrido modificación alguna).

Si se opone expresamente a que el Ayuntamiento de Sestao consulte los datos relativos al estado de la entidad solicitante respecto de sus obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social y de la Hacienda Pública donde tenga su domicilio fiscal, marque con una equis la siguiente casilla:

En ……………………, a … de ………………… de 2022.

Fdo. Doña/Don …………………………………………

ANEXO II

MODELO DE DECLARACIÓN DE NO ESTAR INCURSA LA ENTIDAD SOLICITANTE

EN SUPUESTOS DE PROHIBICIÓN PARA LA OBTENCIÓN DE SUBVENCIONES

Doña/Don ………………………………………………………………, con DNI número ………………., en representación de la entidad …………………………………………………….. (como se acredita en la documentación presentada ante el Ayuntamiento de Sestao para solicitar la concesión de subvenciones económicas para la realización de actividades en el ámbito de Acción Social durante el año 2022), declara que la citada entidad no está incursa en procedimiento alguno de reintegro o sancionador iniciado en el marco de subvenciones o ayudas de la misma naturaleza a la que concurre ante el Ayuntamiento de Sestao; que tampoco está incursa en las prohibiciones para obtener subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; que tampoco ha sido sancionada administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo, ni ha sido sancionada con la prohibición de concurrir a convocatorias de subvenciones o ayudas en virtud de la Ley 4/2005 de 18 de febrero, del Parlamento Vasco, para la igualdad de mujeres y hombre; y que no persigue finalidad lucrativa alguna con el desarrollo de las actividades para las que solicita subvención económica al Ayuntamiento de Sestao.

En ……………………, a … de ………………… de 2022.

Fdo. Doña/Don …………………………………………

III . ERANSKINA / ANEXO III

HARTZEKODUNAREN FITXA / FICHA ACREEDOR

Eskatzaileak bete beharreko datuak / Datos a rellenar por el tercero

ADI: Belztuta dauden atalak derrigaorrezkoak dira, hauek ATENCION: Los datos oscurecidos son obligatorios, no bete gabe ez da fitxarik onartuko.se aceptaran fichas sin que estos sean rellenados

Diligentzia: Behean sinatu duenak zehaztutako datuen Diligencia: El abajo firmante se responsabiliza de los erantzunkizuna -hala datu orokorrena nola bankukoena- datos detallados, tanto generales como bancarios, que hartu du. Datuek ordainketak zein kontu eta FINANTZA identifican la cuenta y la ENTIDAD FINANCIERA a través ERAKUNDETAN egin behar diren adierazten dute, eta ho-de las cuales se desean recibir los pagos que puedan rrenbestez, Sestaoko Udalak ez du inolako erantzunkizunik corresponder, quedando el Ayuntamiento de Sestao exoizango haietan gertatutako akats nahiz hutsegiteek eragin-nerado de cualquier responsabilidad derivada de errores dako ondorietan.u omisiones en los mismos

Izen deiturak / Nombre y apellidos

NAN-IFK / DNI-CIF

Helbidea / Domicilio

Udalerria / Poblacion PK / CP

e-maila / e-mail Telefonoa / Teléfono

Tokia eta data / Lugar y fecha

Eskatzailearen sinadura eta zigilua / Firma y sello del tercero

Datos a rellenar por el banco / Banku-erakundeak bete beharreko datuak

Arestian izendatutako pertsona hurrengo banku-kontuaren Certificamos que la persona arriba referenciada es titularra dela ziurtatzen dugu:titular de la siguiente cuenta bancaria:

Erakundea / EntidadBIC kodea / Codigo

(8-11)

IBAN

(24-34)

Tokia eta data / Lugar y fecha

Banku-erakundearen sinadura eta zigilua / Firma y sello de la entidad bancaria

Agiri hori lotu zehar zaio, kasuaz kasu, honene kopia: Es imprescindible acompañar a este impreso, según proceda, copia de:

- Nortasun Agiri Nazionala (N.A.N.).- Documento Nacional de Identidad (D.N.I.).

- Identifikazio Fiskaleko Kodearen egiaztatzeko agiria - Tarjeta acreditativa de numero de Identificacion Fiscal (I.F.K.).(N.I.F.).

- Bizileku baimena.- Permiso de residencia.

- Atzerritarraren Identifikazio Zenbakia (A.I.Z.) eta Pasa-- Numero de Identidad de Extranjero (N.I.E.) y pasaporte. portea.

ANEXO IV

MODELO DE DECLARACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS EXPERTAS

Y ESPECIALIZADAS, NO SOCIAS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE.

Doña/Don …………………………………………………………………………………, con Documento Nacional de Identidad número ………………………., actuando en representación de la entidad ………………………………………..…..…………………(representación acreditada en la documentación presentada ante el Ayuntamiento de Sestao para concurrir a la convocatoria de subvenciones económicas para desarrollar actividades en el ámbito de Acción Social durante el año 2022) manifiesta lo siguiente:

Primero: Para el desarrollo de la/s actividad/es: ……………………………………………………… …………………………………………………, presentadas por esta entidad a la citada convocatoria de subvenciones, es preciso proceder a la contratación de persona/s experta/s y especializada/s en la materia objeto de aquella/s actividad/es, por no disponer esta entidad de persona/s socia/s con la capacitación o disponibilidad adecuada para ello.

Segundo: Las personas que se contratan al efecto no son socias ni voluntarias de esta entidad.

Tercero: La impartición material de las jornadas/charlas/actividades/asesoramiento/ para la que se contrata a aquella/s persona/s es uno de los elementos integrantes de la actividad propuesta, pero no el único. Así, otros aspectos tales como: idea, diseño de la actividad, organización, puesta en conocimiento de las potenciales personas destinatarias, selección de éstas, seguimiento de la actividad, resolución de problemas que surjan y evaluación final, son tareas y funciones asumidas y desarrolladas directamente por esta entidad, a través de sus personas socias, y que comportan un coste económico no reflejado en el presupuesto de gastos de la actividad, por ser una de las aportaciones de esta entidad.

Lo que se expone a los efectos de que el Ayuntamiento de Sestao considere que las actividades propuestas por esta entidad son conformes a lo previsto en la base cuarta, apartados 1 y 2, de las que regulan estas subvenciones.

En Sestao a … de ………………… de 2022.

Fdo. Doña/Don …………………………………………

ANEXO V

CUENTA JUSTIFICATIVA SIMPLIFICADA

(Se presentará una Cuenta Justificativa Simplificada por cada una de las actividades Programas subvencionados por el Ayuntamiento de Sestao).

Doña/Don ………………………………...……………………………………………., con Documento Nacional de Identidad número…………..……………….……………., actuando en representación de la entidad …………………………………………………………………..…..…………………(representación acreditada en la documentación presentada ante el Ayuntamiento de Sestao para concurrir a la convocatoria de subvenciones económicas para desarrollar actividades en el ámbito de Acción Social durante el año 2022) manifiesta lo siguiente:

1. Denominación de la actividad/programa del ámbito de acción social subvencionado por el Ayuntamiento de Sestao, para su desarrollo durante el año 2022, a que se refiere la presente cuenta justificativa simplificada

.......................................................................................................................................................... ................................................................................................................................................................ ................................................................................................................................................................ ................................................................................................................................................................ ................................................................................................................................................................ ................................................................................................................................................................ ................................................................................................................................................................

2. Memoria detallada de las actividades realizadas, con evaluación de los resultados obtenidos. (Esta Memoria puede transcribirse en este mismo documento, o en documento adjunto a esta Cuenta Justificativa Simplificada, en cuyo caso deberá ir firmada por la persona representante de la entidad beneficiaria de la subvención. Cuando las actividades tengan personas destinatarias perfectamente identificables, deberá incorporar información del número de personas destinatarias desagregada por sexo e información relativa al posible impacto de las actividades en la igualdad entre mujeres y hombres).

.......................................................................................................................................................... ................................................................................................................................................................ ................................................................................................................................................................ ................................................................................................................................................................ ................................................................................................................................................................ ................................................................................................................................................................ ................................................................................................................................................................

3. Relación clasificada e individualizada de los gastos habidos con ocasión de las actividades realizadas, imputables a la subvención concedida por el Ayuntamiento de Sestao, con identificación del concepto, acreedor, importe y fecha de emisión. (Esta relación puede transcribirse en este mismo documento, o en documento adjunto a esta Cuenta Justificativa Simplificada, en cuyo caso deberá ir firmada por la persona representante de la entidad beneficiaria de la subvención)

.......................................................................................................................................................... ................................................................................................................................................................ ................................................................................................................................................................ ................................................................................................................................................................ ................................................................................................................................................................ ................................................................................................................................................................ ................................................................................................................................................................

4. Se adjuntan a esta cuenta justificativa simplificada facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, cuyo importe total es, como mínimo, igual a la subvención económica concedida por el Ayuntamiento de Sestao, y se declara expresamente que dichos documentos son originales y que no son objeto de cobertura por ninguna otra subvención pública o privada (en esta Cuenta Justificativa Simplificada deben relacionarse las facturas que se adjuntan, identificando respecto de cada una el concepto, acreedor, importe y fecha de emisión).

.......................................................................................................................................................... ................................................................................................................................................................ ................................................................................................................................................................ ................................................................................................................................................................ ................................................................................................................................................................

5. Detalle de otros ingresos o subvenciones públicas o privadas, distintas a la concedida por el Ayuntamiento de Sestao, imputables a las actividades subvencionadas por ese ayuntamiento, con indicación del importe y su procedencia:

.......................................................................................................................................................... ................................................................................................................................................................ ................................................................................................................................................................ ................................................................................................................................................................ ................................................................................................................................................................

En Sestao a … de ………………… de 2022.

Fdo. Doña/Don …………………………………………

SEGUNDO

Aprobar el gasto de treinta y dos mil cuatrocientos euros (32.400 euros) para la concesión de las subvenciones a que se refiere la convocatoria aprobada en el punto primero del presente acuerdo.

TERCERO

Que por el Sr. Interventor Municipal se proceda oportunamente en orden a remitir a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, la información que proceda respecto de las presentes bases de subvenciones, su convocatoria y su resolución, de conformidad con lo establecido en la Ley 38/2003 General de Subvenciones.

CUARTO

Tramítese la publicación del presente acuerdo en los términos legalmente establecidos, y notifíquese al Sr. Interventor Municipal.»

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/98 de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa, contra el acuerdo transcrito podrá interponerse recurso contencioso administrativo en el plazo de dos (2) meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de dicho acuerdo en el «Boletín Oficial de Bizkaia», en los términos establecidos en los puntos 4 y 5 del artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la citada Ley 29/98 de 13 de julio, el indicado recurso se interpondrá ante el Juzgado de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

No obstante, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra el acuerdo transcrito podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Sestao en el plazo de un (1) mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de dicho acuerdo en el Boletín Oficial de Bizkaia, en los términos establecidos en los puntos 4 y 5 del artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el supuesto de que se interponga recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquél recurso de reposición haya sido resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.

En Sestao, a 11 de mayo de 2022.-La primera teniente de Alcalde, Delegada de Acción Social, Personas Mayores y Recursos Humanos, Yosune Serapio Gelado

BOLETÍN OFICIAL DE BIZKAIA

Bases reguladoras de la concesión de subvenciones económicas para el desarrollo de actividades en el ámbito de acción social durante el año 2022. - Boletín Oficial de Bizkaia de 02-06-2022

Ver el documento "Bases reguladoras de la concesión de subvenciones económicas para el desarrollo de actividades en el ámbito de acción social durante el año 2022. - Boletín Oficial de Bizkaia de 02-06-2022"

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