Bases y convocatoria de a...19-01-2021

Última revisión
19/01/2021

Bases y convocatoria de ayudas escolares directas para el curso escolar 2020-2021. Expediente 704/2020. - Boletín Oficial de Cantabria de 19-01-2021

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Plazo de la solicitud:Ver Detalles, 19/01/2021 hasta ----

Beneficiarios: Particulares

Tipo: Bases

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria

Categorías: Educación y ciencia, Empresa, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Familia

(Páginas 42-43)


En sesión de la Junta de Gobierno Local de fecha 15 de octubre de 2020, se procedió a la aprobación de bases y convocatoria de ayudas escolares directas para el curso escolar 2020- 2021, en los siguientes términos:

BASES QUE HAN DE REGULAR LA CONCESIÓN DE BECAS ESCOLARES PARA EL CURSO 2020-2021

Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la concesión de ayudas para la adquisición de adquisición de equipos informáticos (pcs y tablets), libros, material curricular de educación infantil, primaria, secundaria obligatoria, formación profesional, bachillerato, PCPI y estudios universitarios para el curso escolar 2020-2021.

Requisitos para la obtención de ayuda.

Será indispensable la aportación de la siguiente documentación.

1. Certificado de matrícula escolar para la enseñanza obligatoria o certificado de matrícula en la que acredite la promoción respecto a la enseñanza no obligatoria. Será indispensable que los centros educativos estén financiados con fondos públicos.

2. Para el alumnado de estudios universitarios, será necesario acreditar, en caso de primera matrícula, haberse matriculado de todas las asignaturas del primer curso; en caso de segunda o sucesivas matrículas, haber obtenido al menos 42 créditos aprobados el curso anterior.

3. Estar empadronado en el municipio de San Felices de Buelna con anterioridad al 1 de enero de 2019.

4. Factura/s emitida/s válidamente a nombre de padre, madre, tutor/a o alumno, con constancia de su DNI y que tengan por objeto la adquisición de material objeto de subvención, así como justificantes emitidos por los centros educativos en relación con la aportación familiar al banco de libros o a la adquisición de material de aportación conjunta al aula.

5. Declaración de la renta del ejercicio 2019 o cuando no se disponga de la misma, certificado negativo de la AEAT, así como copia de los dos últimos recibos de nóminas o ayudas percibidas de cualquier organismo o institución.

6. Declaración responsable de no percibir para este curso de ayudas de otras entidades públicas para el mismo concepto.

7. Declaración responsable de las personas que forman parte de la unidad familiar. Se considera unidad familiar a los efectos de la presente convocatoria, solo padres, madres, tutores y hermanos hasta 26 años que convivan en el mismo domicilio.

8. Título de familia numerosa, en su caso.

9. Acreditación oficial de grado de minusvalía, en su caso.

10. Ficha de terceros con cuenta del banco para ingreso de la ayuda.

Importe y coste máximo subvencionado por alumno.

Este documento contiene un PDF, para descargarlo pulse AQUI

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Además, estas ayudas se incrementarán en los siguientes supuestos:

1. En un 10% adicional para familias numerosas de carácter general.

2. En un 20% para familias numerosas régimen especial.

3. En un 20% para familias con un hijo que presente una minusvalía de al menos un 33%.

Por unanimidad de los Sres. concejales presentes SE ACUERDA:

PRIMERO.- CONVOCAR ayudas escolares directas para el curso 2020-2021.

SEGUNDO.- Autorizar el gasto con cargo a la partida presupuestaria 2020.3300.48000.

TERCERO.- El plazo de presentación de solicitudes será de QUINCE DÍAS HÁBILES desde la publicación de la convocatoria en el BOC.

El resto de publicaciones derivados de la presente convocatoria se realizará a través del tablón de edictos municipal, físico y digital.

CUARTO.- La resolución de la convocatoria se producirá en el plazo máximo de un mes desde la finalización del plazo se presentación de solicitudes'.

Rivero, 4 de noviembre de 2020.

El alcalde,

José Antonio González Linares Gutiérrez.