Ayudas a redes de investigación, 2024.
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Ayudas a redes de investigación, 2024.

Última revisión
29/05/2024

Ayudas a redes de investigación, 2024.

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Extracto de la Resolución de 27 de mayo de 2024 de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación, por la que se aprueba la convocatoria del año 2024 de las ayudas a redes de investigación. - Boletín Oficial del Estado de 29/05/2024

Plazo de la solicitud:ABIERTO, 12/06/2024 hasta 02/07/2024

Beneficiarios: Administraciones públicas, Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos

Tipo: Convocatorias

Boletín: Boletín Oficial del Estado

Cuantía: La cuantía total máxima de las ayudas asciende a 5.000.000 €.

BDNS (Indetif.): 762421

Categorías: Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Educación y ciencia

Finalidad:
El objeto de la convocatoria es incentivar la creación de redes de investigación para promover la complementariedad de capacidades y optimizar los recursos de investigación existentes. Las actividades científico-técnicas a las que van dirigidas estas redes tienen que demostrar su valor añadido en base a la consecución de objetivos comunes y compartidos y la realización de actividades que no podrían financiarse a través de otros instrumentos.
Requisitos:
Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la convocatoria, los organismos públicos de investigación, las universidades públicas y privadas, las entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, los Institutos de investigación sanitaria acreditados, los Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica, y otros centros de I+D+i, públicos y privados sin ánimo de lucro.
Acción subvencionable:
Las ayudas financiarán las actividades para la creación y desarrollo de redes de grupos de investigación encaminadas a: a) Fomentar la colaboración, coordinación y creación de sinergias y complementariedad entre grupos de investigación financiados en convocatorias anteriores de proyectos del Plan Estatal de I+D+I, así como incrementar el impacto de los resultados de investigación obtenidos en dichos proyectos (Modalidad: Redes temáticas). b) Fomentar la coordinación interna y las actividades de las redes de Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS) e ICTS distribuidas incluidas en el mapa de ICTS vigente, aprobado por el Consejo de Política Científica, Tecnológica y de Innovación (Modalidad: Redes ICTS). c) Contribuir a la gestión y a la coordinación nacional de iniciativas estratégicas de I+D+I nacionales o internacionales (Modalidad: Redes estratégicas).
Resumen:
El objeto de la convocatoria es incentivar la creación de redes de investigación para promover la complementariedad de capacidades y optimizar los recursos de investigación existentes. Las actividades científico-técnicas a las que van dirigidas estas redes tienen que demostrar su valor añadido en base a la consecución de objetivos comunes y compartidos y la realización de actividades que no podrían financiarse a través de otros instrumentos. Las ayudas financiarán las actividades para la creación y desarrollo de redes de grupos de investigación encaminadas a: a) Fomentar la colaboración, coordinación y creación de sinergias y complementariedad entre grupos de investigación financiados en convocatorias anteriores de proyectos del Plan Estatal de I+D+I, así como incrementar el impacto de los resultados de investigación obtenidos en dichos proyectos (Modalidad: Redes temáticas). b) Fomentar la coordinación interna y las actividades de las redes de Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS) e ICTS distribuidas incluidas en el mapa de ICTS vigente, aprobado por el Consejo de Política Científica, Tecnológica y de Innovación (Modalidad: Redes ICTS). c) Contribuir a la gestión y a la coordinación nacional de iniciativas estratégicas de I+D+I nacionales o internacionales (Modalidad: Redes estratégicas).

BDNS(Identif.):762421

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/762421)

Primero. Entidades beneficiarias.

Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la convocatoria, los organismos públicos de investigación, las universidades públicas y privadas, las entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, los Institutos de investigación sanitaria acreditados, los Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica, y otros centros de I+D+i, públicos y privados sin ánimo de lucro.

Segundo. Objeto.

El objeto de la convocatoria es incentivar la creación de redes de investigación para promover la complementariedad de capacidades y optimizar los recursos de investigación existentes. Las actividades científico-técnicas a las que van dirigidas estas redes tienen que demostrar su valor añadido en base a la consecución de objetivos comunes y compartidos y la realización de actividades que no podrían financiarse a través de otros instrumentos.

Las ayudas financiarán las actividades para la creación y desarrollo de redes de grupos de investigación encaminadas a:

a) Fomentar la colaboración, coordinación y creación de sinergias y complementariedad entre grupos de investigación financiados en convocatorias anteriores de proyectos del Plan Estatal de I+D+I, así como incrementar el impacto de los resultados de investigación obtenidos en dichos proyectos (Modalidad: Redes temáticas).

b) Fomentar la coordinación interna y las actividades de las redes de Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS) e ICTS distribuidas incluidas en el mapa de ICTS vigente, aprobado por el Consejo de Política Científica, Tecnológica y de Innovación (Modalidad: Redes ICTS).

c) Contribuir a la gestión y a la coordinación nacional de iniciativas estratégicas de I+D+I nacionales o internacionales (Modalidad: Redes estratégicas).

Tercero. Bases reguladoras.

Orden CIN/1025/2022, de 27 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas correspondientes a varios programas y subprogramas del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, cuya gestión corresponda a la Agencia Estatal de Investigación.

Cuarto. Cuantía.

La cuantía total máxima de las ayudas asciende a 5.000.000 €, que se imputará a las aplicaciones presupuestarias equivalentes, en los ejercicios 2025 y siguiente, a la actual 28.303.463B.750 de los Presupuestos Generales del Estado, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

Quinto. Forma y plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 12 de junio y finalizará el día 2 de julio de 2024 a las 14:00 horas (hora peninsular española).

Las solicitudes de participación a las ayudas serán presentadas de conformidad con el procedimiento que se describe en el artículo 13 de la convocatoria.

La cumplimentación y presentación telemática de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

Sexto. Criterios de evaluación.

Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Calidad y viabilidad de la propuesta.

b) Calidad y trayectoria de los componentes de la actuación.

c) Impacto esperado de los resultados.

La descripción de los criterios, así como su valoración, se determinan en el Anexo I de la convocatoria.

Madrid, 27 de mayo de 2024.- El Presidente de la Agencia Estatal de Investigación, Juan Cruz Cigudosa García.

Ayudas a redes de investigación, 2024.

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