Ayudas para la mejora de ...edificios.

Última revisión
16/09/2024

Ayudas para la mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios.

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EXTRACTO de la Orden MTD/885/2024, de 11 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas para la ejecución de diversas actuaciones de mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - financiado por la Unión Europea - Next Generation EU. - Boletín Oficial de Castilla y León de 16/09/2024

Plazo de la solicitud:ABIERTO, 17/09/2024 hasta 17/10/2024

Beneficiarios: Administraciones públicas, Comunidades de propietarios

Tipo: Convocatorias

Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León

Cuantía: -

BDNS (Indetif.): 784925

Categorías: Comunicación pública, Construcción y obras, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Vivienda e hipotecas

Finalidad:
Las ayudas contribuirán a financiar parte de los costes derivados de actuaciones de mejora de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones en edificios sujetos al régimen de propiedad horizontal construidos con fecha anterior al año 2000.
Requisitos:


a) Las comunidades de propietarios de un edificio o conjunto de edificaciones, sujetos al régimen de propiedad horizontal, establecidos en el artículo 396 del Código Civil, así como, en los correlativos de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal, y que precisen adaptar sus instalaciones de telecomunicaciones en el interior del edificio o conjunto de edificaciones.

b) Las entidades del sector público que precisen adaptar las instalaciones de telecomunicaciones en el interior de edificios o conjunto de edificaciones de su propiedad.

c) Las entidades que conforman la administración local cuando se trate de edificios o edificaciones que se localicen en su respectivo ámbito territorial.

Resumen:

Ayudas para la ejecución de diversas actuaciones de mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios.


De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/784925)

Asimismo, la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es)

Primero.– Objeto.

Convocar las ayudas destinadas a la ejecución de diversas actuaciones de mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios sujetos al régimen de propiedad horizontal, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU.

Las ayudas contribuirán a financiar parte de los costes derivados de actuaciones de mejora de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones en edificios sujetos al régimen de propiedad horizontal construidos con fecha anterior al año 2000.

Conforme al Real Decreto 990/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de diversas actuaciones de mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia las actuaciones incluidas son las necesarias para la mejora de:

a) Infraestructura de telecomunicaciones adaptada para Radiodifusión Sonora, Televisión Digital y Banda Ancha Ultrarrápida (instalación completa).

b) Infraestructura de telecomunicaciones adaptada para Radiodifusión Sonora, Televisión Digital y Banda Ancha Ultrarrápida (instalación parcial, al no incluir para Radiodifusión Sonora y Televisión Digital ni los elementos de captación –antenas– ni de adaptación –equipamiento de cabecera–).

c) Infraestructura de telecomunicaciones adaptada, exclusivamente, para Banda Ancha Ultrarrápida.

Segundo.– Beneficiarios.

Podrán solicitar y, en su caso, obtener la condición de beneficiario de estas ayudas:

a) Las comunidades de propietarios de un edificio o conjunto de edificaciones, sujetos al régimen de propiedad horizontal, establecidos en el artículo 396 del Código Civil, así como, en los correlativos de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal, y que precisen adaptar sus instalaciones de telecomunicaciones en el interior del edificio o conjunto de edificaciones.

b) Las entidades del sector público que precisen adaptar las instalaciones de telecomunicaciones en el interior de edificios o conjunto de edificaciones de su propiedad.

c) Las entidades que conforman la administración local cuando se trate de edificios o edificaciones que se localicen en su respectivo ámbito territorial.

Tercero.– Bases reguladoras.

Las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a la ejecución de diversas actuaciones de mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios sujetos al régimen de propiedad horizontal, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU., han sido aprobadas mediante Orden MTD/885/2024, de 11 de septiembre.

Cuarto.– Cuantía.

Las subvenciones reguladas en la presente convocatoria se otorgarán hasta la cuantía global máxima de 3.986.400,00 €, en el ejercicio 2024.

Para determinar la cuantía de la ayuda ha de tenerse en cuenta que la intensidad máxima de la ayuda será del 100% de los costes subvencionables que consten en las facturas, con los límites que se señalen para cada tipo de actuación. Por tanto, la ayuda máxima que se podrá solicitar por proyecto no podrá superar ni la intensidad máxima de la ayuda, ni las cuantías máximas siguientes. La cantidad restante hasta el coste total de la actuación será asumida por el beneficiario de las ayudas.

La cuantía máxima de la ayuda para cada una de las actuaciones subvencionadas y para cada destinatario, con un máximo subvencionable de hasta 35 viviendas, entendidas como unidades inmobiliarias del edificio o conjunto de edificaciones, es la siguiente:

A) Infraestructura de telecomunicaciones adaptada para radiodifusión sonora, televisión digital y banda ancha ultrarrápida (instalación completa):

i. Importe máximo de la ayuda: 23.800,00 €.

ii. La fórmula de cálculo aplicable es: (680,00 € de coste unitario *35 viviendas) * máximo 100 por ciento de intensidad de la ayuda.

B) Infraestructura de telecomunicaciones adaptada para radiodifusión sonora, televisión digital y banda ancha ultrarrápida (instalación parcial, al no incluir para radiodifusión sonora y televisión digital ni los elementos de captación –antenas– ni de adaptación –equipamiento de cabecera–):

i. Importe máximo de la ayuda: 21.000,00 €.

ii. La fórmula de cálculo aplicable es: (600,00 € de coste unitario *35 viviendas) * máximo 100 por ciento de intensidad de la ayuda.

C) Infraestructura de telecomunicaciones adaptada, exclusivamente, para banda ancha ultrarrápida:

i. Importe máximo de la ayuda: 16.975,00 €.

ii. La fórmula de cálculo aplicable es: (485,00 € de coste unitario *35 viviendas) * máximo 100 por ciento de intensidad de la ayuda.

Quinto.– Plazo de presentación.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes y empezará a contar el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León del presente extracto de la convocatoria.

Valladolid, 11 de septiembre de 2024.

El Consejero de Movilidad y Transformación Digital,

Fdo.: José Luis Sanz Merino

Ayudas para la mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios.

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