Ayudas a los titulares de explotaciones ganaderas que realicen pruebas diagnósti...erinario habilitado.
Subvenciones
Ayudas a los titulares de...abilitado.

Última revisión
10/05/2024

Ayudas a los titulares de explotaciones ganaderas que realicen pruebas diagnósticas, vacunaciones y/o medidas sanitarias en el marco de los programas de sanidad animal de prevención, control y erradicación con un veterinario habilitado.

Tiempo de lectura: 5 min

Tiempo de lectura: 5 min

Relacionados:

Extracto de la Resolución del consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación, de 30 de abril de 2024, por la que se convocan las ayudas a los titulares de explotaciones ganaderas que realicen pruebas diagnósticas, vacunaciones y/o medidas sanitarias en el marco de los programas de sanidad animal de prevención, control y erradicación con un veterinario habilitado. - Boletín Oficial de Cantabria de 10/05/2024

Plazo de la solicitud:ABIERTO, 13/05/2024 hasta 20/07/2024

Beneficiarios: Empresas y autónomos

Tipo: Convocatorias

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria

Cuantía: La cuantía total máxima de las ayudas que se convocan asciende a 620.000 euros para el año 2024

BDNS (Indetif.): 758622

Categorías: Ganadería, Servicios Sociales, Agricultura, Desarrollo Local y Rural, Caza y pesca

Finalidad:
Ayudas para los titulares de explotaciones ganaderas que realicen las pruebas diagnósticas y/o vacunación obligatoria de los programas de sanidad animal de vigilancia, control y/o erradicación obligatoria.
Requisitos:
Podrán obtener la condición de beneficiario de las ayudas que se convocan los titulares de explotación que hayan realizado la campaña de saneamiento ganadero con un veterinario habilitado al amparo de la Orden DES/02/2024, de 10 de enero, por la que se regula la habilitación de veterinarios/as para realizar actuaciones en el marco de los programas de prevención y control en relación con enfermedades de la lista o enfermedades emergentes y por la que se modifca el capítulo III de la Orden MED 25/2021, de 22 de noviembre, por la que se regula la Campaña de Saneamiento Ganadero en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Resumen:
Ayudas para los titulares de explotaciones ganaderas que realicen las pruebas diagnósticas y/o vacunación obligatoria de los programas de sanidad animal de vigilancia, control y/o erradicación obligatoria.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/758622).


Primero. Beneficiarios.

1. Podrán obtener la condición de beneficiario de las ayudas que se convocan los titulares de explotación que hayan realizado la campaña de saneamiento ganadero con un veterinario habilitado al amparo de la Orden DES/02/2024, de 10 de enero, por la que se regula la habilitación de veterinarios/as para realizar actuaciones en el marco de los programas de prevención y control en relación con enfermedades de la lista o enfermedades emergentes y por la que se modifica el capítulo III de la Orden MED 25/2021, de 22 de noviembre, por la que se regula la Campaña de Saneamiento Ganadero en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

2. Asimismo, podrán obtener la condición de beneficiario de las ayudas que se convocan los titulares de explotación que hayan vacunado frente a la lengua azul acorde con lo establecido en la Resolución de 13 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria, por la que se modifican los Anexos I y II de la Orden APA/1251/2020, de 21 de diciembre, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul.

Segundo. Objeto.

Convocar para el año 2024, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas para los titulares de explotaciones ganaderas que realicen las pruebas diagnósticas y/o vacunación obligatoria de los programas de sanidad animal de vigilancia, control y/o erradicación obligatoria.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden DES/07/2024, de 6 de marzo, por la que se regulan las bases de un régimen de ayudas a los titulares de explotaciones ganaderas que realicen pruebas diagnósticas, vacunaciones y/o medidas sanitarias en el marco de los programas de sanidad animal de prevención, control y erradicación con un veterinario habilitado, publicada en el Boletín Oficial de Cantabria nº 53 el 14 de marzo de 2024.

Cuarto. Cuantía.

La cuantía total máxima de las ayudas que se convocan asciende a 620.000 euros para el año 2024, que se financiará con cargo a la partida presupuestaría 05.04.412A.773 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el 2024.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General competente en materia de Ganadería suscritas por el solicitante correspondiente o, en su caso, por el representante legal. Se presentarán en el Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria o en cualquier otro registro o lugar de los previstos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Las solicitudes de subvención se ajustarán al modelo que figura como anexo I de la Orden DES/7/2024, de 6 de marzo, y se presentarán en los siguientes plazos:

Primero: Para las actuaciones realizadas desde el 1 de julio de 2023 hasta el día de la publicación del extracto de la presente convocatoria, el plazo de presentación será de treinta y cinco días hábiles desde la publicación del referido extracto.

Segundo: Para las actuaciones realizadas desde el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria hasta el 30 de junio de 2024, el plazo de presentación de solicitudes será de treinta y cinco días hábiles a partir del día siguiente de la última actuación sanitaria realizada, entendida ésta como la realización de la campaña de saneamiento ganadero o la vacunación de lengua azul en su caso. Se entiende por fin de la campaña el que se hayan realizado las pruebas previstas en el artículo 6 de la Orden MED 25/2021, de 22 de noviembre, por la que se regula la Campaña de Saneamiento Ganadero en la Comunidad Autónoma de Cantabria, y que estas pruebas se realicen conforme al artículo 2 de la mencionada Orden. En caso de la vacunación de lengua azul se pueden dar dos situaciones:

Primovacunación de lengua azul: consiste en la aplicación de dos dosis espaciadas los días que correspondan según las indicaciones de uso establecidas en la ficha técnica de la vacuna.

Revacunación de lengua azul: consiste en la aplicación de una única dosis porque el animal ya ha sido vacunado el año anterior.

En consecuencia, hasta que no se realice la pauta completa de vacunación conforme a lo especifcado anteriormente, no se dará por finalizada la actuación sanitaria.

3. En el caso de que las actuaciones sanitarias finalicen en fecha posterior al 30 de junio de 2024, todas las actuaciones serán subvencionadas en la próxima convocatoria.

Santander, 30 de abril de 2024.

El consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación, Pablo Palencia Garrido-Lestache.

Ayudas a los titulares de explotaciones ganaderas que realicen pruebas diagnósticas, vacunaciones y/o medidas sanitarias en el marco de los programas de sanidad animal de prevención, control y erradicación con un veterinario habilitado.

Ver el documento "Ayudas a los titulares de explotaciones ganaderas que realicen pruebas diagnósticas, vacunaciones y/o medidas sanitarias en el marco de los programas de sanidad animal de prevención, control y erradicación con un veterinario habilitado."

Acceda bajo demanda

Accede a más de 4.000.000 de documentos

Localiza la información que necesitas