Ayudas por los servicios de ajuste personal y social a través de las unidades de...speciales de empleo.
Subvenciones
Ayudas por los servicios ...de empleo.

Última revisión
18/06/2024

Ayudas por los servicios de ajuste personal y social a través de las unidades de apoyo en los centros especiales de empleo.

Tiempo de lectura: 4 min

Tiempo de lectura: 4 min

Relacionados:

Resolución de 12/06/2024, de la Dirección General de Empleo, por la que se publican los créditos disponibles en el ejercicio 2024, para la concesión de subvenciones por los servicios de ajuste personal y social a través de las unidades de apoyo (línea 4), previstas en el Decreto 85/2022, de 19 de julio, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones incluidas en el Programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido de Castilla-La Mancha. Extracto BDNS (Identif.): 767635. [2024/4787] - Diario Oficial de Castilla La-Mancha de 18/06/2024

Plazo de la solicitud:ABIERTO, 19/06/2024 hasta 18/07/2024

Beneficiarios: Administraciones públicas, Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos

Tipo: Convocatorias

Boletín: Diario Oficial de Castilla La-Mancha

Cuantía: El crédito presupuestario disponible para la convocatoria de 2024 asciende a 1.000.000 euros,

BDNS (Indetif.): 767635

Categorías: Empleo y contratación, Servicios Sociales, Empresa

Finalidad:
Aprobar y efectuar para el ejercicio 2024, la convocatoria de las ayudas por los servicios de ajuste personal y social a través de las unidades de apoyo en los centros especiales de empleo.
Requisitos:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones, los centros especiales de empleo cuando tengan personalidad jurídica propia y figuren inscritos como tales en el Registro de Centros Especiales de Castilla-La Mancha, o bien las entidades titulares de dichos centros, siempre que se ajusten a lo dispuesto en el artículo 43.2 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.



Resumen:
Ayudas por los servicios de ajuste personal y social a través de las unidades de apoyo en los centros especiales de empleo.

Extracto de la Resolución de 12/06/2024, por la que se publican los créditos disponibles en el ejercicio 2024, para la concesión de subvenciones por los servicios de ajuste personal y social a través de las unidades de apoyo (Línea 4), previstas en el Decreto 85/2022, de 19 de julio.

BDNS (Identif.): 767635

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/767635)

Primero. Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones, los centros especiales de empleo cuando tengan personalidad jurídica propia y figuren inscritos como tales en el Registro de Centros Especiales de Castilla-La Mancha, o bien las entidades titulares de dichos centros, siempre que se ajusten a lo dispuesto en el artículo 43.2 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.

Segundo. Objeto y gasto subvencionable.

1. Aprobar y efectuar para el ejercicio 2024, la convocatoria de las ayudas por los servicios de ajuste personal y social a través de las unidades de apoyo en los centros especiales de empleo.

2. Serán subvencionables los costes laborales y de la Seguridad Social a cargo de la empresa, de las personas trabajadoras con contrato indefinido que formen parte de las unidades de apoyo a la actividad profesional en los centros especiales de empleo, en el periodo comprendido entre 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023.

Tercero. Bases reguladoras.

Decreto 85/2022, de 19 de julio, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones incluidas en el Programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido de Castilla-La Mancha.

Cuarto. Importe y cuantía.

El crédito presupuestario disponible para la convocatoria de 2024 asciende a 1.000.000 euros, financiados con la distribución territorializada de los fondos finalistas realizada por el Servicio Público de Empleo Estatal, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo.

La cuantía de la subvención es de un importe fijo anual de 1.440 euros por cada persona trabajadora a tiempo completo con el tipo y grado de discapacidad recogido en el artículo 42.1 del Decreto 85/2022, de 19 de julio, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones incluidas en el Programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido de Castilla-La Mancha, con un contrato indefinido o temporal superior a seis meses.

El importe se reducirá proporcionalmente a la duración del contrato, así como a la jornada, en el caso que sea a tiempo parcial.

Quinto. Forma y Plazo de presentación de solicitudes.

1. Las solicitudes se presentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es). Al presentarse de esta forma, los documentos originales podrán ser digitalizados y presentados junto a la solicitud como archivos anexos a la misma. No se admitirán a trámite, las solicitudes presentadas por medios distintos al anteriormente señalado.

2. Las solicitudes se presentarán en el plazo de 1 mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, y se dirigirán a la persona titular de la Dirección General de Programas de Empleo, en el modelo que figura en el anexo X «Solicitud y justificación de las ayudas por ajuste personal y social», al que se acompañarán los anexos X-A y X-B, debidamente cumplimentados.

Sexto. Otros datos.

Forma de pago:

El pago de la subvención se realizará junto con la resolución de concesión, previa comprobación de la documentación justificativa.

Justificación de la subvención:

La justificación por las personas beneficiarias del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos se realizará en el momento de la presentación de la solicitud, conforme a lo indicado en el artículo 10, y de acuerdo al modelo contenido en el anexo X «Solicitud y justificación de las ayudas por ajuste personal y social».

Toledo, 12 de junio de 2024

La Directora General de Empleo

MARÍA ELENA GARCÍA ZALVE

TEXTO COMPLETO DE LA RESOLUCIÓN DE 12 DE JUNIO DE 2024

(VER PDF)

Ayudas por los servicios de ajuste personal y social a través de las unidades de apoyo en los centros especiales de empleo.

Ver el documento "Ayudas por los servicios de ajuste personal y social a través de las unidades de apoyo en los centros especiales de empleo."

Acceda bajo demanda

Accede a más de 4.000.000 de documentos

Localiza la información que necesitas