Ayudas a inversiones en t...mentarios.

Última revisión
06/09/2024

Ayudas a inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios.

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Extracto de la Resolución de 2 de septiembre de 2024, del director de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria, por el que se convocan las ayudas a inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios, en el marco del Plan estratégico de la PAC en la Comunitat Valenciana para el periodo 2023-2027 - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de 06/09/2024

Plazo de la solicitud:ABIERTO, 07/09/2024 hasta 15/10/2024

Beneficiarios: Empresas y autónomos

Tipo: Convocatorias

Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana

Cuantía: Presupuesto total de la convocatoria 32.100.000,00 Euros

BDNS (Indetif.): 783462

Categorías: Agricultura, Ganadería, Comercio y marketing, Caza y pesca, Desarrollo Local y Rural, Medio Ambiente, Industria

Finalidad:
Convocar para el ejercicio 2024 las ayudas reguladas en la Orden 8/2024, de 5 de julio, de la Conselleria de Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se convocan las ayudas a inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios, en el marco del Plan estratégico de la PAC en la Comunitat Valenciana para el periodo 2023-2027.


Requisitos:
 Podrán ser beneficiarias de esta ayuda las recogidas en el artículo 5 de la Orden 8/24, de 5 de julio.



Resumen:
Ayudas a inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones:

 https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/783462

 Primero. Objeto

 Convocar para el ejercicio 2024 las ayudas reguladas en la Orden 8/2024, de 5 de julio, de la Conselleria de Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se convocan las ayudas a inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios, en el marco del Plan estratégico de la PAC en la Comunitat Valenciana para el periodo 2023-2027.

 Segundo. Beneficiarios

 Podrán ser beneficiarias de esta ayuda las recogidas en el artículo 5 de la Orden 8/24, de 5 de julio.

Tercero. Bases reguladoras

Las bases se recogen en la Orden 8/2024, de 5 de julio, de la Conselleria de Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se convocan las ayudas a inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios, en el marco del Plan estratégico de la PAC en la Comunitat Valenciana para el periodo 2023-2027.

Cuarto. Plazo de presentación de las solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes en el ejercicio 2024 para las ayudas de la presente convocatoria permanecerá abierto desde el día siguiente de la publicación del presente extracto de resolución en Diari Oficial de la Generalitat Valenciana hasta el 15 de octubre de 2024 incluido.

 Quinto. Importe

1. Las ayudas reguladas en el presente extracto se financian con cargo al Plan Estratégico de la Política Agraria Común (PEPAC) para la Comunitat Valenciana. En particular, se nutren con fondos procedentes del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) (60 %), y por las aportaciones que en los términos previstos en el PEPAC realice la Generalitat Valenciana (23,76 %) y la Administración general del Estado, a través del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (16,24 %), destinados a las siguientes intervenciones:

– Intervención 6842.1, «Ayudas a inversiones con objetivos ambientales en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios».

– Intervención 6842.2, «Ayudas a inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios».

 2. La dotación presupuestaria se hará con cargo al capítulo VII, transferencias de capital, de la clasificación económica del estado de gastos de la sección G112, entidad 082, programa 714E00, Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria, línea presupuestaria S1435, hasta un importe global máximo distribuido en los siguientes ejercicios financieros FEADER:

– Intervención 6842.1. Un importe global máximo de 8 millones de euros, de los cuales, 10.000 euros ejercicio 2024, 4 millones en el ejercicio financiero 2025, y 3.990.000 euros en el ejercicio financiero 2026.

– Intervención 6842.2. Un importe global máximo de 22 millones de euros, de los cuales, 10.000 euros en el ejercicio 2024, 16 millones en el ejercicio financiero 2025 y 5.990.000 en el ejercicio financiero 2026.

Esta distribución de anualidades podrá modificarse antes de la resolución prevista en el apartado sexto, apartado primero, para lo cual se deberá justificar mediante informe de la dirección general de la Industria y Cadena Agroalimentaria.

3. Las cuantías en euros citadas en los apartados anteriores quedan supeditadas a la existencia de crédito suficiente en los presupuestos de cada anualidad.

4. Las ayudas que se convocan tendrán carácter plurianual, de acuerdo con el artículo 40 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones.

Sexto. Otros datos

 1. Las solicitudes y la documentación que las acompaña se presentarán preferentemente de forma telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat en la dirección de internet sede.gva.es/es/proc547, y se pueden presentar también en los registros de los órganos administrativos a los que se dirijan y en cualquiera de los registros previstos en la legislación reguladora del procedimiento administrativo común, mediante el correspondiente modelo normalizado disponible a través de la sede electrónica de la Generalitat, en la dirección de internet: sede.gva.es/es/proc547.

2. Las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, así como las personas solicitantes que, no estando obligadas a ello, opten por esta vía, presentarán las solicitudes telemáticamente a través de la sede electrónica de la Generalitat en la dirección de internet sede.gva.es/es/proc547.

3. La documentación a aportar es la prevista en la Orden 8/2024, de 5 de julio, de las bases reguladoras y en la convocatoria.

València, 2 de septiembre de 2024

Vicente Tejedo Tormo

Director Agencia Valenciana Fomento y Garantía Agraria

Ayudas a inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios.

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