Ayudas a inversiones productivas en empresas dedicadas a la acuicultura.
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Ayudas a inversiones prod...uicultura.

Última revisión
11/06/2024

Ayudas a inversiones productivas en empresas dedicadas a la acuicultura.

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RESOLUCIÓN 135E/2024, de 7 de mayo, del director general de Desarrollo Rural, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a inversiones productivas en empresas dedicadas a la acuicultura en el marco del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura FEMPA 2021-2027. Identificación BDNS: 759278. - Boletín Oficial de Navarra de 11/06/2024

Plazo de la solicitud:ABIERTO, 12/06/2024 hasta 11/07/2024

Beneficiarios: Empresas y autónomos

Tipo: Convocatorias

Boletín: Boletín Oficial de Navarra

Cuantía: Presupuesto 1.100.000,00 euros

BDNS (Indetif.): 759278

Categorías: Caza y pesca, Empresa, Medio Ambiente, Desarrollo Local y Rural, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Seguridad, Comercio y marketing

Finalidad:
Ayudas a inversiones productivas en empresas dedicadas a la acuicultura
Requisitos:
Podrán tener la condición de beneficiarias de estas ayudas las empresas titulares de explotaciones acuícolas que estén válidamente constituidas, tengan personalidad jurídica y estén ubicadas en la Comunidad Foral de Navarra.
Resumen:
Ayudas a inversiones productivas en empresas dedicadas a la acuicultura

El Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, establece las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura.

Actualmente, el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA) es el nuevo fondo de las políticas marítima, pesquera y acuícola de la UE para el periodo 2021-2027, en sustitución del anterior Fondo Europeo de Pesca. Está regulado por el Reglamento (UE) número 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de julio de 2021.

El artículo 3 del reglamento del FEMPA, recoge las cuatro prioridades de Unión orientadas al desarrollo sostenible de la pesca, la acuicultura y otras actividades relacionadas y se subdividen a su vez en objetivos específicos.

Visto el Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2021, por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, y en particular su artículo 8, mediante Decisión de Ejecución de la Comisión de 29 de noviembre de 2022, se aprobó el programa «Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura: programa para España» para recibir ayuda del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura en España.

La prioridad 2 está orientada a fomentar las actividades sostenibles de Acuicultura, así como la transformación y comercialización de los productos de la pesca y la acuicultura, contribuyendo así a la seguridad alimentaria de la Unión. Entre sus objetivos específicos contempla promover actividades acuícolas sostenibles, especialmente reforzando la competitividad de la producción acuícola y garantizando, al mismo tiempo, que las actividades sean medioambientalmente sostenibles a largo plazo.

En el marco de este objetivo específico se contempla la intervención dirigida a promover las inversiones productivas y la creación de empresas en la acuicultura, dirigidas a la consecución de una acuicultura económicamente viable, competitiva y atractiva, la mejora y construcción de las infraestructuras dependientes y asociadas a las explotaciones acuícolas, la protección de las instalaciones de adversidades climáticas, alteraciones del entorno y agua, escapes y depredadores, etc., así como fomentar la creación de empresas acuícolas.

Conforme a esta intervención procede aprobar en 2024 una convocatoria de ayuda a inversiones productivas para una acuicultura viable, competitiva, así como a la mejora y construcción de infraestructuras dependientes y/o asociadas a las explotaciones acuícolas.

Mediante Acuerdo del Gobierno de Navarra, de 13 de septiembre de 2023, se autoriza al director general de Desarrollo Rural a comprometer un gasto plurianual por un importe de 1.100.000 euros en el ejercicio 2025, para la concesión de ayudas a inversiones en acuicultura, correspondiente a la convocatoria de 2024, en el marco del FEMPA 2023-2027.

Los importes previstos en esta autorización se cargarán contra la partida equivalente a la partida, "720004-72200-7700-412111: PO FEMPA 2021-2027. Inversiones en explotaciones acuícolas del presupuesto de gastos de 2024, que a los efectos se habilite en el ejercicio 2025", condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente. El gasto previsto está cofinanciado con el 70% por el FEMPA, hasta un límite de aportación por parte de este fondo de 716.981,13 euros.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Institucional Foral, y el Decreto 255/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Aprobar las bases reguladoras de las ayudas a inversiones productivas en empresas acuícolas, en el marco del Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de julio de 2021 por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, en la forma que figura en los anexos I y II de la presente resolución.

2.º Aprobar la convocatoria de ayudas sujeta a las bases reguladoras y a las condiciones establecidas en el punto anterior.

3.º Para atender los gastos que origina la presente convocatoria, se autoriza un gasto de 1.100.000 euros en el ejercicio 2025 con cargo a la partida equivalente a la 720004-72200-7700-412111: PO FEMPA 2021-2027. Inversiones en explotaciones acuícolas del presupuesto de 2024, que a los efectos se habilite en el ejercicio 2025, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente.

4.º El plazo de presentación de solicitudes, en la presente convocatoria, será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

5.º Las personas beneficiarias de las ayudas deberán cumplimentar el modelo de declaración de transparencia y tramitarlo conforme a lo recogido en la base 19 del anexo I.

6.º Registrar en la Base de Datos del Gobierno de Navarra de Subvenciones las presentes bases reguladoras y su correspondiente convocatoria.

7.º Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

8.º Contra estas bases reguladoras y la convocatoria, se podrá interponer recurso de alzada ante el consejero del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 7 de mayo de 2024.–El director general de Desarrollo Rural, Rubén Goñi Urroz.

ANEXO I.–BASES REGULADORAS DE AYUDAS A INVERSIONES PRODUCTIVAS EN EMPRESAS DEDICADAS A LA ACUICULTURA EN EL MARCO DEL FONDO EUROPEO MARÍTIMO, DE PESCA Y DE ACUICULTURA FEMPA 2021-2027

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