Ayudas a la inclusión de productos de calidad diferenciada de la Comunitat Valen...entos de hostelería.
Subvenciones
Ayudas a la inclusión de ...ostelería.

Última revisión
21/06/2024

Ayudas a la inclusión de productos de calidad diferenciada de la Comunitat Valenciana en la oferta de los establecimientos de hostelería.

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Extracto de la Resolución de 14 de junio de 2024, de la Conselleria de Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se convocan, para el ejercicio 2024, las ayudas a la inclusión de productos de calidad diferenciada de la Comunitat Valenciana en la oferta de los establecimientos de hostelería de la Comunitat Valenciana. [2024/6038] - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de 21/06/2024

Plazo de la solicitud:ABIERTO, 25/06/2024 hasta 17/07/2024

Beneficiarios: Empresas y autónomos

Tipo: Convocatorias

Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana

Cuantía: -

BDNS (Indetif.): 768956

Categorías: Hostelería y hoteles, Agricultura, Desarrollo Local y Rural, Medio Ambiente, Ganadería, Caza y pesca

Finalidad:
El objeto de las ayudas previstas en el presente extracto es el de subvencionar a aquellos establecimientos de hostelería que incluyan en su carta un porcentaje significativo de productos amparados por las figuras de calidad agroalimentaria de la Comunitat Valenciana.


Requisitos:
Podrán recibir estas ayudas las personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos y actividades de hostelería y restauración en el territorio de la Comunitat Valenciana que en el momento de presentar la solicitud estén inscritas en el Registro Sanitario de Establecimientos Alimentarios Menores, regulado por el Decreto 134/2018, de 7 de septiembre, del Consell, por el que se regula el Registro sanitario de establecimientos alimentarios menores y el procedimiento de autorización de determinados establecimientos, y que desarrollen alguna de las siguientes categorías: Restaurante. Cafetería. Café, bar y salón-lounge, Caterings y Servicio de comida a domicilio. Salones de banquetes. Locales destinados a conciertos o espectáculos que dispongan de instalaciones de restaurante o cafetería. Establecimientos hoteleros que dispongan de instalaciones de restaurante o cafetería.


Resumen:
El objeto de las ayudas previstas en el presente extracto es el de subvencionar a aquellos establecimientos de hostelería que incluyan en su carta un porcentaje significativo de productos amparados por las figuras de calidad agroalimentaria de la Comunitat Valenciana.



De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones: (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/768956)

Primero. Personas beneficiarias

Podrán recibir estas ayudas las personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos y actividades de hostelería y restauración en el territorio de la Comunitat Valenciana que en el momento de presentar la solicitud estén inscritas en el Registro Sanitario de Establecimientos Alimentarios Menores, regulado por el Decreto 134/2018, de 7 de septiembre, del Consell, por el que se regula el Registro sanitario de establecimientos alimentarios menores y el procedimiento de autorización de determinados establecimientos, y que desarrollen alguna de las siguientes categorías:

Restaurante.

Cafetería.

Café, bar y salón-lounge

Caterings y Servicio de comida a domicilio.

Salones de banquetes.

Locales destinados a conciertos o espectáculos que dispongan de instalaciones de restaurante o cafetería.

Establecimientos hoteleros que dispongan de instalaciones de restaurante o cafetería.

Segundo. Objeto

El objeto de las ayudas previstas en el presente extracto es el de subvencionar a aquellos establecimientos de hostelería que incluyan en su carta un porcentaje significativo de productos amparados por las figuras de calidad agroalimentaria de la Comunitat Valenciana.

Tercero. Bases reguladoras

Orden 13/2023, de la consellera de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la inclusión de productos de calidad diferenciada de la Comunitat Valenciana en la oferta de los establecimientos de hostelería de la Comunitat Valenciana. (DOGV 9605, 29.05.2023).

Cuarto. Cuantía

Importe 147.500,00 Euros

Dicho importe podrá verse incrementado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 77/2019, de 7 de junio, del Consell, de regulación del procedimiento de gestión del presupuesto de la Generalitat (DOGV 8592, 16.07.2019), sin necesidad de publicar una nueva convocatoria, hasta un importe máximo de 200.000 €, con cargo a la línea S10920000.

Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes de las ayudas será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación del extracto de la resolución de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

València, 14 de junio de 2024.-El conseller de Agricultura, Ganadería y Pesca: José Luis Aguirre Larráuri.

Ayudas a la inclusión de productos de calidad diferenciada de la Comunitat Valenciana en la oferta de los establecimientos de hostelería.

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