Ayudas para incentivar la consolidación investigadora.
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Ayudas para incentivar la...stigadora.

Última revisión
28/06/2024

Ayudas para incentivar la consolidación investigadora.

Tiempo de lectura: 3 min

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Extracto de la Resolución de 26 de junio de 2024 de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación, por la que se aprueba la convocatoria del año 2024 de las ayudas para incentivar la consolidación investigadora. - Boletín Oficial del Estado de 28/06/2024

Plazo de la solicitud:ABIERTO, 03/07/2024 hasta 23/07/2024

Beneficiarios: Administraciones públicas, Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos

Tipo: Convocatorias

Boletín: Boletín Oficial del Estado

Cuantía: -

BDNS (Indetif.): 763349

Categorías: Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Educación y ciencia

Finalidad:
El objeto de la convocatoria es fomentar la consolidación de la carrera profesional de personas investigadoras, nacionales y extranjeras, para que puedan desarrollar su carrera profesional dentro del Sistema Español de Ciencia, Tecnología y de Innovación, incentivando la creación de plazas de carácter permanente en las instituciones de adscripción y facilitando el inicio o el afianzamiento de una línea de investigación mediante la financiación de un proyecto propio de I+D+i así como la adecuación y renovación de los espacios y laboratorios y la mejora del equipamiento, necesarios para su ejecución.


Requisitos:
Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la convocatoria, los organismos públicos de investigación, las universidades públicas y sus institutos universitarios, las universidades privadas, las entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, los Institutos de investigación sanitaria acreditados, los Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica, y otros centros de I+D+i, públicos y privados sin ánimo de lucro.



Resumen:
Ayudas para incentivar la consolidación investigadora.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/763349)

Primero. Entidades beneficiarias.

Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la convocatoria, los organismos públicos de investigación, las universidades públicas y sus institutos universitarios, las universidades privadas, las entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, los Institutos de investigación sanitaria acreditados, los Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica, y otros centros de I+D+i, públicos y privados sin ánimo de lucro.

Segundo. Objeto.

El objeto de la convocatoria es fomentar la consolidación de la carrera profesional de personas investigadoras, nacionales y extranjeras, para que puedan desarrollar su carrera profesional dentro del Sistema Español de Ciencia, Tecnología y de Innovación, incentivando la creación de plazas de carácter permanente en las instituciones de adscripción y facilitando el inicio o el afianzamiento de una línea de investigación mediante la financiación de un proyecto propio de I+D+i así como la adecuación y renovación de los espacios y laboratorios y la mejora del equipamiento, necesarios para su ejecución.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden CIN/1025/2022, de 27 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas correspondientes a varios programas y subprogramas del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, cuya gestión corresponda a la Agencia Estatal de Investigación.

Cuarto. Cuantía.

La cuantía máxima destinada a financiar esta convocatoria es de 50.000.000 €, que se imputará a las aplicaciones presupuestarias equivalentes, en el ejercicio 2025, a la actual 28.303.463B.750 de los Presupuestos Generales del Estado, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

Quinto. Forma y plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 3 de julio y finalizará el día 23 de julio de 2024 a las 14:00 horas (hora peninsular española).

Las solicitudes serán presentadas de conformidad con el procedimiento que se describe en el artículo 12 de la convocatoria.

La cumplimentación y presentación telemática de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

Sexto. Criterios de evaluación.

Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Novedad, calidad y viabilidad de la propuesta.

b) Trayectoria científico-técnica del/de la investigador/a principal.

La descripción de los criterios y subcriterios, así como su valoración y umbrales, se determinan en el Anexo I de la convocatoria.

Madrid, 26 de junio de 2024.- El Presidente de la Agencia Estatal de Investigación, Juan Cruz Cigudosa García.

Ayudas para incentivar la consolidación investigadora.

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