Ayudas para el fomento, m...30-06-2022

Última revisión
30/06/2022

Ayudas para el fomento, modernización y digitalización de las salas de cine en Extremadura. - Diario Oficial de Extremadura de 30-06-2022

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Plazo de la solicitud:Ver Detalles, 30/06/2022 hasta ----

Beneficiarios: Empresas y autónomos, Particulares

Tipo: Convocatorias

Boletín: Diario Oficial de Extremadura

Categorías: Comunicación pública, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Sector Financiero/Bancario, Medio Ambiente, Cultura e idiomas, Consumo

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(Páginas 162-164)


EXTRACTO del Decreto 80/2022, de 22 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para el fomento, modernización y digitalización de las salas de cine en Extremadura en el marco del Plan de Recuperación,Transformación y Resilencia, y se aprueba la única convocatoria.

BDNS(Identif.): 636430

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16. q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.

Primero. Objeto.

Las ayudas están destinadas a la financiación de proyectos de inversión para el fomento, modernización y digitalización de las salas de cine en Extremadura, para sufragar inversiones en proyectos de innovación, funcionamiento digitalizado y sostenible, creación y fidelización de públicos y adaptación a los nuevos hábitos de consumo audiovisual. Las ayudas tienen por objeto la financiación de proyectos de inversión, cubriendo en particular los relativos a la transición verde y transformación de los espacios, y que impulsen un crecimiento inteligente y sostenible en su gestión.

Las ayudas tendrán las siguientes finalidades:

Digitalización y aplicación de nuevas tecnologías a la actividad de las salas de exhibición

Adopción de medidas de desarrollo sostenible e impacto medioambiental positivo

Fidelización y captación de públicos

Innovación en la programación y circulación de producciones europeas y en lenguas oficiales de España.

Segundo. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas privadas titulares de la explotación de salas de exhibición cinematográfica o de complejos cinematográficos, de acuerdo con la definición que de dichos conceptos establecen los incisos l) y m) del artículo 4 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, respectivamente.

Tercero. Bases reguladoras.

Decreto 80/2022, de 22 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras para el fomento, modernización y digitalización de las salas de cine en Extremadura en el marco del plan de recuperación, transformación y resiliencia, y se aprueba la única convocatoria

Cuarto. Cuantía total de la convocatoria.

Las ayudas reguladas en el presente Decreto están financiadas por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea, establecido por el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, y regulado según Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021. Dicha financiación queda legalmente vinculada a la realización de las actuaciones subvencionadas, medidas integradas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, y se imputarán con cargo a los créditos autorizados en los proyectos de gasto destinados a tal fin, previstos en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

La cuantía total de la convocatoria de ayudas asciende a 295.077,00 euros, que se imputarán con cargo al presupuesto del ejercicio 2022. El coste de las acciones previstas será imputado a las partidas presupuestarias contenidas en el Programa 273B Teatro, Música y Cine , centro gestor 150020000, código de proyecto de gasto 20220224 denominado Ayudas a salas de cine en la siguiente partida presupuestaria e importe:

ANUALIDAD

POSICIÓN PRESUPUESTARIA

IMPORTE

2022

150020000 G/273B/77000 MR09C25I01 20220224

295.077,00 ¬

El importe de estas ayudas no podrá, en ningún caso, ser de tal cuantía que supere el 80% del coste total del proyecto ni la cantidad máxima de 100.000 euros por proyecto y beneficiario.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de las solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria y el extracto de la misma en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.

Mérida, 27 de junio de 2022.

El Secretario General,

PEDRO ALVARADO RODRIGUEZ

Ayudas para el fomento, modernización y digitalización de las salas de cine en Extremadura. - Diario Oficial de Extremadura de 30-06-2022

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