Ayudas para el establecim...ras, 2024.

Última revisión
11/09/2024

Ayudas para el establecimiento de jóvenes y nuevos agricultores y agricultoras, 2024.

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Extracto de la Resolución del consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación, de 4 de septiembre de 2024, por la que se convocan las ayudas para el establecimiento de jóvenes y nuevos agricultores y agricultoras en Cantabria en el año 2024. - Boletín Oficial de Cantabria de 11/09/2024

Plazo de la solicitud:ABIERTO, 12/09/2024 hasta 15/10/2024

Beneficiarios: Empresas y autónomos

Tipo: Convocatorias

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria

Cuantía: La cuantía de las ayudas que se convocan asciende a 3.722.235,05 euros.

BDNS (Indetif.): 783888

Categorías: Agricultura, Desarrollo Local y Rural, Empleo y contratación, Empresa, Infancia y juventud, Ganadería, Servicios Sociales, Caza y pesca

Finalidad:
Ayudas al establecimiento de jóvenes agricultores y al establecimiento de nuevos agricultores en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Requisitos:
Podrán ser benefciarias de las ayudas contempladas en esta convocatoria las personas que pretendan instalarse por primera vez en una explotación agraria como persona física o bajo la forma de persona jurídica, u otras formas sin personalidad jurídica, como titularidad compartida o cotitularidad, que presenten un plan empresarial conforme lo establecido en el artículo 8, además de los restantes requisitos establecidos en el artículo 4 de la orden DES/23/2024 de 10 de julio, reguladora de las bases de esta ayuda, y con las limitaciones contempladas en el mismo artículo.
Acción subvencionable:
La convocatoria comprende las siguientes líneas de ayuda: a) Ayudas al establecimiento de jóvenes agricultores en la Comunidad Autónoma de Cantabria. b) Ayudas al establecimiento de nuevos agricultores en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Resumen:
Convocar para el año 2024, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas al establecimiento de jóvenes agricultores en la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como de las ayudas al establecimiento de nuevos agricultores en la Comunidad Autónoma de Cantabria conforme a la Orden DES/23/2024 de 10 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el establecimiento de jóvenes y nuevos agricultores y agricultoras en Cantabria (BOC de 18 de julio de 2024) y Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, todo ello dentro del marco establecido en el PEPAC para el período 2023-2027.

BDNS (Identif.): 783888.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/783888).

Primero. Beneficiarios.

1. Podrán ser beneficiarias de las ayudas contempladas en esta convocatoria las personas que pretendan instalarse por primera vez en una explotación agraria como persona física o bajo la forma de persona jurídica, u otras formas sin personalidad jurídica, como titularidad compartida o cotitularidad, que presenten un plan empresarial conforme lo establecido en el artículo 8, además de los restantes requisitos establecidos en el artículo 4 de la orden DES/23/2024 de 10 de julio, reguladora de las bases de esta ayuda, y con las limitaciones contempladas en el mismo artículo.

2. Se considerará un mismo solicitante, cuando el joven o nuevo agricultor se instala en la

persona jurídica beneficiaria de las ayudas.

3. Las explotaciones beneficiarias se ajustarán a la definición de microempresa y pequeña empresa.

Segundo. Objeto.

1. Convocar para el año 2024, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas al establecimiento de jóvenes agricultores en la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como de las ayudas al establecimiento de nuevos agricultores en la Comunidad Autónoma de Cantabria conforme a la Orden DES/23/2024 de 10 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el establecimiento de jóvenes y nuevos agricultores y agricultoras en Cantabria (BOC de 18 de julio de 2024) y Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, todo ello dentro del marco establecido en el PEPAC para el período 2023-2027.

2. Las ayudas tienen por finalidad contribuir a la mejora de vida y trabajo de los agricultores, al rejuvenecimiento del sector agrario, el relevo generacional y a la fijación de población en las zonas rurales. Además, se pretende contribuir a facilitar el desarrollo empresarial, promover el empleo, el crecimiento, la inclusión social y el desarrollo local en las zonas rurales.

3. La convocatoria comprende las siguientes líneas de ayuda:

a) Ayudas al establecimiento de jóvenes agricultores en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

b) Ayudas al establecimiento de nuevos agricultores en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden DES/23/2024 de 10 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el establecimiento de jóvenes y nuevos agricultores y agricultoras en Cantabria (BOC de 18 de julio de 2024).

Cuarto. Cuantía.

La cuantía de las ayudas que se convocan asciende a 3.722.235,05 euros que serán cofinanciadas, según lo previsto en el artículo 91 del Reglamento (UE) nº 2021/2115, de la siguiente manera:

a) Ayudas al establecimiento de jóvenes agricultores en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

El importe total del gasto público previsto para esta medida es de 2.882.125,05 euros, cofinanciados del siguiente modo:

1.149.313,74 euros a través del FEADER con las anualidades y cuantías siguientes: 919.450,99 euros para el año 2024 y 229.862,75 euros para el año 2027.

454.379,85 euros a través del MAPA con las anualidades y cuantías siguientes: 363.503,88 euros para el año 2024 y 90.875,97 euros para el año 2027

1.069.129,06 euros por parte de la comunidad Autónoma de Cantabria con cargo a la aplicación presupuestaria 05.03.414A.771 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma, con las anualidades y cuantías siguientes: 855.303,25 euros para el año 2024 y 213.825,81 euros para el año 2027.

209.302,40 euros de financiación adicional del Gobierno de Cantabria con cargo a la aplicación presupuestaria 05.03.414A.771 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma, con las anualidades y cuantías siguientes: 167.441,92 euros para el año 2024 y 41.860,48 euros para el año 2027.

(CUADRO OMITIDO. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)

b) Ayudas al establecimiento de nuevos agricultores en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

El importe total del gasto público previsto para esta medida es de 840.110,00 euros, cofinanciados del siguiente modo:

300.000,00 euros a través del FEADER con las anualidades y cuantías siguientes: 240.000,00 euros para el año 2024 y 60.000,00 euros para el año 2027.

118.604,65 euros a través del MAPA con las anualidades y cuantías siguientes: 94.883,72 euros para el año 2024 y 23.720,93 euros para el año 2027

279.069,75 euros por parte de la comunidad Autónoma de Cantabria con cargo a la aplicación presupuestaria 05.03.414A.771 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma, con las anualidades y cuantías siguientes: 223.255,80 euros para el año 2024 y 55.813,95 euros para el año 2027.

142.435,60 euros de financiación adicional del Gobierno de Cantabria con cargo a la aplicación presupuestaria 05.03.414A.771 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma, con las anualidades y cuantías siguientes: 113.948,48 euros para el año 2024 y 28.487,12 euros para el año 2027.

(CUADRO OMITIDO. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN BOC 11/09/2024)

2. Cualquier sobrante presupuestario en cualquiera de las dos líneas de ayuda podrá ser reutilizado en aquella otra cuyo presupuesto resulte deficitario.

3. La financiación de estas ayudas se tramitará de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional séptima en su punto 3, de la Ley de Cantabria 2/2023, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de Cantabria para 2024.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

1. Las solicitudes de ayuda, dirigidas al Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, y Alimentación, se presentarán en la aplicación de Gestión de Ayudas de Modernización (en adelante GAMO) de manera telemática, firmada electrónicamente, junto con la documentación solicitada conforme al modelo de solicitud según los Anexos I a IV de la Convocatoria.

2. El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria, siendo como máximo de dos meses, no pudiendo superar la fecha límite de 15 de octubre de 2024.

Santander, 4 de septiembre de 2024.

El consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación,

Pablo Palencia Garrido-Lestache.

Ayudas para el establecimiento de jóvenes y nuevos agricultores y agricultoras, 2024.

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