Ayudas para ejecutar obras declaradas de interés general para la mejora de la ef...dad en los regadíos.
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Ayudas para ejecutar obra... regadíos.

Última revisión
14/06/2024

Ayudas para ejecutar obras declaradas de interés general para la mejora de la eficiencia y sostenibilidad en los regadíos.

Tiempo de lectura: 7 min

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RESOLUCIÓN ACC/2130/2024, de 7 de junio, por la que se convocan las ayudas a las comunidades de regantes que hayan suscrito convenios durante los años 2023 y 2024 con la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, SA (SEIASA), para ejecutar obras declaradas de interés general para la mejora de la eficiencia y sostenibilidad en los regadíos con el fin de contribuir a pagar parte de los costes que deben asumir estas comunidades de regantes en virtud de los convenios mencionados (ref. BDNS 766722). - Diario Oficial de Cataluña de 14/06/2024

Plazo de la solicitud:ABIERTO, 15/06/2024 hasta 14/08/2024

Beneficiarios: Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos

Tipo: Convocatorias

Boletín: Diario Oficial de Cataluña

Cuantía: Importe total de 28.070.000 euros.

BDNS (Indetif.): 766722

Categorías: Agricultura, Vivienda e hipotecas, Construcción y obras, Caza y pesca, Desarrollo Local y Rural, Justicia

Finalidad:
Ayudas destinadas a las comunidades de regantes que hayan suscrito convenios durante los años 2023 y 2024 con la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, SA (SEIASA), para la mejora y modernización de las redes de regadíos con el fin de contribuir a pagar parte de los costes que deben asumir estas comunidades de regantes en virtud de los convenios mencionados.
Requisitos:
Las beneficiarias serán las comunidades de regantes que hayan suscrito convenios durante los años 2023 y 2024 con la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, SA (SEIASA).
Acción subvencionable:
Ver Orden ACC/86/2024, de 23 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a las comunidades de regantes que hayan suscrito convenios durante los años 2023 y 2024 con la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, SA (SEIASA), para ejecutar obras declaradas de interés general para la mejora de la eficiencia y sostenibilidad en los regadíos (DOGC núm. 9151, de 26.4.2024).
Resumen:
Convocar las ayudas destinadas a las comunidades de regantes para la mejora y modernización de las redes de regadíos, de acuerdo con las bases reguladoras aprobadas en la Orden ACC/86/2024, de 23 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a las comunidades de regantes que hayan suscrito convenios durante los años 2023 y 2024 con la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, SA (SEIASA), para ejecutar obras declaradas de interés general para la mejora de la eficiencia y sostenibilidad en los regadíos (DOGC núm. 9151, de 26.4.2024).

La Orden ACC/86/2024, de 23 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a las comunidades de regantes que hayan suscrito convenios durante los años 2023 y 2024 con la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, SA (SEIASA), para ejecutar obras declaradas de interés general para la mejora de la eficiencia y sostenibilidad en los regadíos, se establece en el escenario de crisis climática y de sequía actual que está comportando graves afectaciones y perjuicios económicos al sector agroalimentario, teniendo en cuenta las presiones en la cuenca del Ter para favorecer la ejecución de las obras de mejora y modernización de los regadíos impulsadas por el Ministerio que complementan la financiación a las comunidades de regantes que han suscrito convenios con la SEIASA.

Estas ayudas tienen por objeto contribuir a pagar parte de los costes que deben asumir las comunidades de regantes que hayan suscrito convenios con SEIASA durante los años 2023 y 2024 para ejecutar obras declaradas de interés general para la mejora de la eficiencia y sostenibilidad en las instalaciones de las redes colectivas de riego de las comunidades de regantes y programadas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación dentro del Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos que forma parte del Plan de recuperación, transformación y resiliencia impulsado por la Unión Europea en alguna de las fases I, II o III, y que estas comunidades hayan sido afectadas por un plan de sequía del órgano de cuenca correspondiente durante la campaña 2023.

El Decreto 184/2022, de 10 de octubre, de denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos en que se organiza el Gobierno y la Administración de la Generalitat de Catalunya, atribuye en su artículo 3.8 al Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural el ejercicio de la competencia en materia de políticas de desarrollo del mundo rural.

El Decreto 14/2024, de 16 de enero, de reestructuración del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural, establece en su artículo 129.2 d) que la Secretaría de Agenda Rural tiene como uno de sus órganos la Subdirección General de Infraestructuras, la cual, de acuerdo con el artículo 162.1 c) de dicho Decreto, tiene entre una de sus competencias gestionar medidas de fomento en materia de regadíos.

Por consiguiente, valorada la conveniencia de apoyar a las comunidades de regantes que han suscrito convenios con SEIASA mediante la concesión de ayudas económicas, de acuerdo con los artículos 92 y 93 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, a propuesta de la Secretaría de Agenda Rural y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Resuelvo:

1. Convocar las ayudas destinadas a las comunidades de regantes para la mejora y modernización de las redes de regadíos, de acuerdo con las bases reguladoras aprobadas en la Orden ACC/86/2024, de 23 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a las comunidades de regantes que hayan suscrito convenios durante los años 2023 y 2024 con la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, SA (SEIASA), para ejecutar obras declaradas de interés general para la mejora de la eficiencia y sostenibilidad en los regadíos (DOGC núm. 9151, de 26.4.2024).

2. El plazo de presentación de solicitudes es de dos meses, que computan desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC).

3. Las ayudas que prevé esta Resolución, por un importe total de 28.070.000 euros con naturaleza de crédito plurianual, van a cargo de la partida presupuestaria D/770000600/5620/0000 de los presupuestos del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural y se distribuyen de la forma siguiente: 1.020.000 euros en el ejercicio 2025, 4.650.000 euros en el ejercicio 2026, 9.300.000 euros en el ejercicio 2027 y 13.100.000 euros en el ejercicio 2028.

Estas ayudas quedan condicionadas a la disponibilidad efectiva del crédito en el momento anterior a la resolución de concesión de la subvención.

El importe de esta convocatoria es ampliable según disponibilidades presupuestarias, previa aprobación del Gobierno del gasto plurianual que incremente su importe, con cargo a los presupuestos del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural. La aplicación de esta ampliación está condicionada a la disponibilidad efectiva del crédito en el momento anterior a la resolución de concesión de la subvención.

4. El órgano instructor de los expedientes de ayuda es la Subdirección General de Infraestructuras Rurales y los órganos de tramitación son los servicios de gestión territorial correspondientes.

5. El órgano competente para emitir la resolución sobre las solicitudes es la persona titular de la Secretaría de Agenda Rural.

6. El plazo máximo para emitir la resolución y notificarla telemáticamente a la persona solicitante, de acuerdo con el apartado 13.3 del anexo 1 de las bases reguladoras, será de seis meses a contar desde la fecha en que finaliza el plazo de presentación de solicitudes. En defecto de resolución expresa, la solicitud se considerará desestimada por silencio administrativo.

7. La aprobación de este acto implica la autorización a las unidades administrativas para la contabilización de la disposición de crédito a favor de las personas beneficiarias en el sistema corporativo de la contabilidad GECAT y la autorización para la contabilización del reconocimiento de las obligaciones económicas derivadas que deberá efectuarse una vez que la unidad administrativa competente haya verificado el cumplimiento de la finalidad del objeto de la subvención y la cuenta justificativa de los gastos elegibles presentados por la persona beneficiaria.

8. Contra la resolución de la persona titular de la Secretaría de Agenda Rural, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución, sin perjuicio que se pueda interponer cualquier otro que se considere adecuado.

En caso de silencio administrativo, el recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural podrá interponerse en cualquier momento a partir del día siguiente al día en que se agote el plazo para resolver y notificar, tal y como establece el apartado anterior.

9. Las ayudas concedidas se harán públicas en la Sede electrónica de la Generalitat de Catalunya http://seu.gencat.cat y en el web http://agricultura.gencat.cat/beneficiarisajuts, haciendo uso de los medios electrónicos establecidos.

10. Los datos personales de las personas beneficiarias podrán ser tratados por organismos nacionales y de la Unión Europea a efectos del cumplimiento de sus obligaciones de gestión y control y de seguimiento y evaluación, de acuerdo con la normativa reguladora de las ayudas al desarrollo rural. A tal efecto, les asisten los derechos contenidos en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas respecto al tratamiento de datos personales y la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), y la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses a contar desde su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y, potestativamente, recurso de reposición ante la persona titular del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural en el plazo de un mes.

Barcelona, 7 de junio de 2024

David Mascort Subiranas

Consejero de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural

Ayudas para ejecutar obras declaradas de interés general para la mejora de la eficiencia y sostenibilidad en los regadíos.

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