Última revisión
26/05/2022
Ayudas dirigidas a empresas para la realización de proyectos colaborativos de desarrollo experimental e innovación que resuelvan retos en La Rioja.
Relacionados:
Resolucion 1485/2022, de 24 de mayo, de la Consejeria de Desarrollo Autonomico, de modificacion de la Resolucion 2779/2021, de 24 de noviembre, de la Consejeria de Desarrollo Autonomico, por la que se convocan las subvenciones reguladas en la Orden DEA/47/2021, de 26 de julio, de la Consejeria de Desarrollo Autonomico, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesion, en regimen de concurrencia competitiva, de las ayudas dirigidas a empresas para la realizacion de proyectos colaborativos de desarrollo experimental e innovacion que resuelvan retos en el ambito de la Comunidad Autonoma de La Rioja (extracto) - Boletín Oficial de La Rioja de 26/05/2022
Plazo de la solicitud:Ver Detalles, 27/05/2022 hasta ----
Beneficiarios: Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos, Particulares
Tipo: Modificacion de subvenciones
Boletín: Boletín Oficial de La Rioja
Cuantía: -
Categorías: Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empresa, Industria, Justicia
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en la presente norma las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, las personas físicas o las entidades privadas sin ánimo de lucro que ejerzan una actividad económica, que reúnan los requisitos y condiciones establecidos en la presente Orden, siempre que el centro de trabajo para el que se realice la actividad objeto de subvención, se encuentre en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
(Páginas 1-124)
Fundamentos de Derecho:
Primero.- Orden DEA/47/2021, de 26 de julio, de la Consejería de Desarrollo Autonómico, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas dirigidas a empresas para la realización de proyectos colaborativos de desarrollo experimental e innovación que resuelvan retos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Segundo.- Resolución 2779/2021, de 24 de noviembre, por la que se convocan las subvenciones reguladas en la Orden DEA/47/2021, de 26 de julio.
Tercero.- Informe-Propuesta de la Dirección General de Reindustrialización, Innovación e Internacionalización, de 23 de mayo de 2022, argumentando la necesidad de modificar el punto 3 del apartado decimoquinto de la Resolución número 2779/2021, de 24 de noviembre, al objeto de ampliar el plazo de presentación del aval exigido a los beneficiarios.
Por todo lo anterior, el Consejero de Desarrollo Autonómico, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 8.1.1 g) del Decreto 46/2020, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Autonómico y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de La Comunidad Autónoma de La Rioja, y de conformidad con lo previsto en el artículo 10 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, previa propuesta de la Dirección General de Reindustrialización, Innovación e Internacionalización,
RESUELVE
Primero. Modificar el punto 3 del apartado decimoquinto de la Resolución número 2779/2021, de 24 de noviembre, por la que se convocan las subvenciones reguladas en la Orden DEA/47/2021, de 26 de julio, de la Consejería de Desarrollo Autonómico, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas dirigidas a empresas para la realización de proyectos colaborativos de desarrollo experimental e innovación que resuelvan retos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, quedando redactado del siguiente modo:
'Estarán obligados a presentar aval, en un plazo de 10 días hábiles a contar desde la notificación de la resolución de concesión, por el importe que se anticipará, aquellas entidades no exoneradas por el artículo 21.2 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, salvo que la cuantía acumulada de las subvenciones no supere, por perceptor y año, la cantidad de 3.000 euros.'
Segundo. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de La Rioja.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja, la presente Resolución pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo Órgano que la dicta, en el plazo de un mes, o, vía jurisdiccional, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, en el plazo de dos meses, ambos plazos, contados a partir del día siguiente al de notificación de esta Resolución, a tenor de lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y en concordancia con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Logroño a 24 de mayo de 2022.- El Consejero de Desarrollo Autonómico, José Ángel Lacalzada Esquivel.