Ayudas destinadas a la cr...26-04-2022

Última revisión
26/04/2022

Ayudas destinadas a la creación de empleo autónomo en Ceuta. - Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta de 26-04-2022

Tiempo de lectura: 5 min

Tiempo de lectura: 5 min

Relacionados:

Ayudas destinadas a la creacion de empleo autonomo en Ceuta. - Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta de 26/04/2022

Plazo de la solicitud:Ver Detalles, 26/04/2022 hasta ----

Beneficiarios: Empresas y autónomos

Tipo: Convocatorias

Boletín: Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta

Categorías: Empleo y contratación, Empresa, Servicios Sociales

(Páginas 3-4)


307.- TituloES: 2ª Convocatoria de ayudas públicas destinadas a la creación de empleo autónomo con cargo al POFSE para Ceuta 2014-2020

TextoES: BDNS(Identif.):621961

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/621961)

PRIMEROS: BENEFICIARIOS

Tendrá la consideración de beneficiario de subvenciones, el destinatario final de la ayuda pública, que podrá ser cualquier persona física, que haya de realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentre en la situación que legitima su concesión, es decir, que comiencen una actividad empresarial o profesional mediante autoempleo.

En todo caso, debe ser desempleada y reunir los condicionantes para ser incluidos en los colectivos desfavorecidos, muy desfavorecidos o discapacitados.

SEGUNDO: FINALIDAD

Las subvenciones públicas, objeto de esta convocatoria y reguladas en las citadas bases, cumplen la finalidad de incentivar la generación de empleo autónomo o autoempleo de personas desfavorecidas en Ceuta.

TERCERO: BASES REGULADORAS

En las bases reguladoras de aplicación se aprobaron mediante Resolución de la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Ceuta, de 10 de septiembre de 2015, se estableció el marco regulador para la concesión de las ayudas y subvenciones públicas relativas al fomento de la contratación indefinida, en régimen de concurrencia competitiva, publicada en el BOCCE 5.504 de 15 de septiembre de 2015, modificado mediante Resolución de la Consejería de Economía, Hacienda, Administración Pública y Empleo de la Ciudad Autónoma de Ceuta de fecha 10 de febrero de 2017 publicada en el BOCCE nº5.652 de fecha 14 de febrero de 2017, y modificada posteriormente mediante Resolución de la Consejería de Economía, Hacienda, Administración Pública y Empleo de 22 de febrero de 2017, publicado en BOCCE 5.660, de 14 de marzo de 2017. Se ha realizado una nueva modificación de bases, mediante Resolución de la Consejería de Economía, Hacienda, Administración Pública y Empleo de 17 de enero de 2018, publicado en BOCCE 5.750, de 23 de enero de 2018. La última modificación de las bases reguladoras específicas publicada en el BOCCE 6.014 de fecha 4 de agosto de 2020.

Dado el nivel de compromiso en las actuaciones señaladas anteriormente cofinanciadas mediante el Programa Operativo para Ceuta del Fondo Social Europeo 2014-2020, se hace preciso cofinanciar algunas actuaciones a través del fondo REACT-EU, el cual forma parte de un paquete de ayudas europeo más amplio aprobado por la Comisión Europea en julio de 2020, denominado Next Generation EU, que alcanza una cifra total de 750.000 millones de euros para el conjunto de Estados Miembros, que contribuirá a reparar los daños económicos y sociales inmediatos causados por la pandemia de coronavirus.

La mayor parte de esos recursos se enmarcan en el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, con una asignación estimada para España de 140.000 millones.

El REACT-EU cuenta con una asignación de unos 12.436 millones de euros para España, 10.000 de ellos repartidos entre las Comunidades Autónomas, 8.000 en el año 2021 y 2.000 en el año 2022. La iniciativa REACT-EU se contempla para ayudar a los territorios a fortalecer el Estado del Bienestar, blindar los servicios públicos y reactivar la economía tras el impacto de la pandemia provocada por la COVID-19.

CUARTO: IMPORTE DE LA AYUDA

El importe de los créditos disponibles para atender las ayudas y subvenciones relativas al autoempleo, en las distintas convocatorias indicadas en el apartado anterior será de DOSCIENTOS MIL EUROS (200.000,00 Euros), para atender las ayudas a la creación de empleo autónomo, integradas en la Prioridad de Inversión 8.3.5. del Programa Operativo FSE.

Estos créditos disponibles serán imputados con cargo al Programa Operativo FSE 2014- 2020 y con cargo al Estado de Gastos e Ingresos de la Sociedad Pública de Desarrollo PROCESA, denominada Ayudas FSE .

No podrán otorgarse subvenciones por cuantía superior a la determinada en las distintas convocatorias.

Ayudas por autoempleo, el presupuesto total asciende a DOSCIENTOS MIL EUROS (200.000 euros) queda asignado a la convocatoria siguiente:

1º. - Desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOCCE hasta el día 30 de junio de 2022, el importe asignado al autoempleo asciende a DOSCIENTOS MIL EUROS (200.000,00 euros).

Las ayudas contempladas en estas bases revestirán la forma de subvención. Para la determinación de la subvención para los proyectos destinados al autoempleo, se procederá a la asignación de una cantidad mediante la aplicación de baremos estándar de costes unitarios calculado mediante un método justo, equitativo y verificable, basado en información objetiva, de conformidad con lo establecido en el art. 67.1, b) y 67.5. a). i) del Reglamento General 1303/2013. Las subvenciones recibidas por el beneficiario final constituyen un ingreso computable a efectos fiscales, en el correspondiente impuesto de sociedades (art.15 LIS) o en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (art. 33 LIRPF). La intensidad máxima de ayuda se establece en el 35% de los costes subvencionables para las empresas pequeñas y del 25% de los mismos para la mediana, en términos de equivalente de subvención. El importe concedido, que deberá ser fijado en la resolución de concesión, no podrá ser rebasado por desviaciones en la ejecución.

QUINTO: PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES De acuerdo con las bases citadas se establece un régimen de convocatorias abiertas, mediante el siguiente periodo de presentación de solicitudes:

1º. - Desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOCCE hasta el día 30 de junio de 2022. Lugar de la Firma:

Ceuta Fecha de la Firma: 2022-04-21 Firmante: Rodolfo Croce Clavero. P.O.F. Secretaria Gral.

Ayudas destinadas a la creación de empleo autónomo en Ceuta. - Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta de 26-04-2022

Ver el documento "Ayudas destinadas a la creación de empleo autónomo en Ceuta. - Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta de 26-04-2022"

Acceda bajo demanda

Accede a más de 4.000.000 de documentos

Localiza la información que necesitas