Ayudas para la adquisición e implantación de sistemas de nuevas tecnologías y de...ajeras por carretera
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Ayudas para la adquisició... carretera

Última revisión
29/05/2024

Ayudas para la adquisición e implantación de sistemas de nuevas tecnologías y de seguridad en el sector del transporte público de mercancías y personas viajeras por carretera

Tiempo de lectura: 3 min

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ORDEN de 16 de mayo de 2024, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, por la que se convoca y regula un programa de ayudas para la adquisición e implantación de sistemas de nuevas tecnologías y de seguridad en el sector del transporte público de mercancías y personas viajeras por carretera de la Comunidad Autónoma del País Vasco. - Boletín Oficial del Pais Vasco de 29/05/2024

Plazo de la solicitud:ABIERTO, 30/05/2024 hasta 29/07/2024

Beneficiarios: Empresas y autónomos

Tipo: Convocatorias

Boletín: Boletín Oficial del Pais Vasco

Cuantía: -

Categorías: Transporte y vehículos, Seguridad, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Vivienda e hipotecas, Educación y ciencia, Empresa, Comercio y marketing

Finalidad:
Programa de ayudas para la adquisición e implantación de sistemas de nuevas tecnologías y de seguridad en el sector del transporte público de mercancías y personas viajeras por carretera de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Requisitos:
Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en la presente Orden las personas, físicas o jurídicas, que cumplan los siguientes requisitos:


a) Estar domiciliadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

b) Operar en el sector del transporte, tráfico y movimiento de mercancías y personas viajeras por carretera.

c) En el supuesto de la letra a) del apartado 1 del artículo 1, para las personas físicas, sociedades o cooperativas de trabajo asociado, ser titulares en nombre propio de, al menos, una autorización con un mínimo de tres copias o vehículos adscritos, para el transporte público de mercancías para vehículos pesados o de personas viajeras en vehículos para más de 9 plazas, incluida la persona conductora. Para las sociedades de comercialización o cooperativas de transportistas, sus socios o cooperativistas habrán de ser titulares de un mínimo de tres autorizaciones del tipo señalado.

d) En el supuesto de las letras b), c) y d) del apartado 1 del artículo 1, ser titulares de al menos una autorización de transporte público de mercancías para vehículos pesados o de una autorización de transporte público de personas viajeras en vehículos para más de 9 plazas, incluido el conductor o conductora.

Asimismo, en el supuesto de la letra c) del apartado 1 del artículo 1, además de las estipuladas en el párrafo anterior, también podrán ser beneficiarias las titulares de una autorización de operador de transporte.

e) En el supuesto de la letra e) del apartado 1 del artículo 1, ser titulares de al menos una autorización de transporte público regular de personas viajeras de uso especial, para la realización de servicios de transporte escolar o de menores, conforme dispone el artículo 2 del RD 443/2001, de 27 de abril, sobre condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores.







ORDEN de 16 de mayo de 2024, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, por la que se convoca y regula un programa de ayudas para la adquisición e implantación de sistemas de nuevas tecnologías y de seguridad en el sector del transporte público de mercancías y personas viajeras por carretera de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

La implantación de sistemas de nuevas tecnologías, tales como sistemas de localización y gestión de flotas, conectados a un centro de control y gestión, y de elementos de seguridad tanto en los vehículos destinados al transporte público de mercancías y personas viajeras como en carretillas elevadoras automotoras en los centros de logística y almacenaje pertenecientes al sector del transporte, así como la instalación de cinturones de seguridad y de dispositivos de retención en los vehículos destinados a la prestación de servicios de transporte escolar y de menores, tiene por objeto lograr una mayor seguridad, calidad, transparencia y agilidad en la prestación del servicio; por un lado es positivo para la empresa transportista, que moderniza el servicio con prestaciones de última generación y por otro lado es beneficioso cara a la persona usuaria que obtiene un servicio superior en calidad, transparencia y seguridad.

Los actuales avances tecnológicos permiten un incremento de los niveles de calidad y seguridad, ya que existen en el mercado sistemas de gestión, localización, control, comunicaciones y de seguridad de última tecnología, que permiten una mayor eficacia tanto en la gestión de flotas como en la seguridad.

Este programa de apoyos está contemplado en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes 2021-2024, aprobado por Orden del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes de 2 de junio de 2021, y que puede ser consultado en la sede electrónica https://www.euskadi.eus. Por lo tanto, es una actuación que se enmarca dentro de los objetivos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco de avanzar hacia un Transporte Sostenible, potenciar la modernización del sector del transporte público de mercancías y personas viajeras, mediante la mejora en la calidad del servicio que se presta a las personas usuarias. Asimismo, se pretende la mejora de los sistemas de gestión y comercialización en el sector que favorezcan la transparencia en la prestación del servicio.

Según los créditos autorizados por la Ley 21/2023, de 22 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2024, la presente convocatoria de ayudas cuenta con suficiente cobertura presupuestaria.

Estas ayudas están sujetas al Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la UE a las ayudas de minimis (DOUE-L-2023-81820, de 15-12-2023), vigente desde el pasado 1 de enero de 2024.

En su virtud y en ejercicio de la competencia que me atribuye el artículo 4.1 del Decreto 11/2021, de 19 de enero, de estructura orgánica y funcional del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, puesto en relación con lo dispuesto en la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones y sus disposiciones de desarrollo y en las restante normas de derecho administrativo, sin perjuicio de las disposiciones de carácter básico que resulten de aplicación, así como con las demás disposiciones aplicables a las ayudas y subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi,

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Ayudas para la adquisición e implantación de sistemas de nuevas tecnologías y de seguridad en el sector del transporte público de mercancías y personas viajeras por carretera

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